Retirados varios votos particulares en la tercera lectura del borrador constitucional
La ponencia del Congreso de los Diputados encargada de la elaboraci¨®n de un proyecto de Constituci¨®n estudi¨® ayer, en tercera lectura, m¨¢s de la mitad del borrador del texto citado. Hoy es posible que finalice su trabajo y a principio de la semana pr¨®xima podr¨ªa entregar a la mesa del Congreso el proyecto de Constituci¨®n y los votos particulares al mismo. El portavoz, ayer, de la ponencia, Jos¨¦ Pedro P¨¦rez Llorca (UCD), destac¨® el gran consenso que se est¨¢ obteniendo en la tercera lectura del borrador constitucional, durante la cual han sido retirados varios votos particulares.
El trabajo de los ponentes ayer -en la sesi¨®n de la tarde estuvo -ausente el diputado catal¨¢n Miguel Roca- consisti¨®, durante las casi diez horas de reuni¨®n, en la reordenaci¨®n, sistematizaci¨®n y mejoramiento de los tres primeros t¨ªtulos del borrador constitucional y parte del cuarto, hasta el art¨ªculo ochenta.El t¨ªtulo primero se refiere a los principios generales; el t¨ªtulo segundo, sobre derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, se dividi¨® en cinco cap¨ªtulos, relativos a la nacionalidad espa?ola, libertades p¨²blicas, principios rectores, econ¨®micos y sociales, garant¨ªas de los derechos y posibilidad de suspensi¨®n de los mismos; el t¨ªtulo tercero se refiere a la Corona, y el cuarto, a las Cortes Generales.
A preguntas de los informadores declar¨® que el n¨²mero de votos particulares, que no pod¨ªa precisar exactamente, es muy peque?o, y que en el t¨ªtulo relativo a la Corona no ha habido nuevos votos particulares, mientras que los formulados al t¨ªtulo segundo fueron retirados.
A solicitud de algunos informadores, el se?or P¨¦rez Llorca ley¨® textualmente el nuevo art¨ªculo diecisiete, relativo a la libertad y la confesionalidad, cuyo contenido fundamental public¨® EL PAIS los pasados s¨¢bado y domingo: ?Primero. Se garantiza la libertad religiosa y de cultos de los individuos y de las comunidades, as¨ª como la de profesi¨®n filos¨®fica e ideol¨®gica, con la ¨²nica limitaci¨®n del orden p¨²blico protegido por las leyes.
Segundo. Nadie podr¨¢ ser obligado a declarar sobre sus creencias religiosas.
Tercero. Ninguna confesi¨®n tendr¨¢ car¨¢cter estatal. Los poderes p¨²blicos tendr¨¢n en cuenta las creencias religiosas de la sociedad espa?ola y mantendr¨¢n las consiguientes relaciones de cooperaci¨®n.?
Este texto fue aprobado por unanimidad. En cambio, en lo que se refiere a la regulaci¨®n de la ense?anza, se ha producido un consenso general y un disenso, al parecer del grupo comunista, sobre dos de los diez puntos que integran el art¨ªculo.
Por ¨²ltimo, el se?or P¨¦rez Llorca dio cuenta del prop¨®sito de la ponencia de tomar contacto con la mesa del Congreso sobre la ulterior tramitaci¨®n del proyecto. El deseo de la ponencia, seg¨²n dijo, es que el plazo de veinte d¨ªas que tendr¨¢n los diputados y grupos parlamentarios para formular enmiendas, no coincida, a ser posible, con las fiestas navide?as, a fin de no dificultar la formulaci¨®n de tales enmiendas.
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