Apreciada la urgencia de los decretos-ley sobre preautonom¨ªa del Pa¨ªs Vasco
La comisi¨®n de urgencia legislativa reunida ayer tarde en el Congreso apreci¨® por unanimidad de sus miembros la urgencia de los proyectos de reales decretos sobre preautonom¨ªa para el Pa¨ªs Vasco y sobre el r¨¦gimen especial sobre una posible incorporaci¨®n de Navarra. Asimismo, por mayor¨ªa -con dos abstenciones- inform¨® favorablemente la urgencia de un proyecto de real decreto-ley sobre limitaci¨®n de determinadas rentas, concretamente las que se refieren a alquileres de viviendas y locales de negocios y sobre distribuciones de participaci¨®n de beneficios de las empresas en los consejos de administraci¨®n.El real decreto-ley sobre limitaci¨®n de determinadas rentas se?al¨® que establece que el l¨ªmite m¨¢ximo de la subida de las rentas de viviendas y locales de negocios es el ¨ªndice de alquileres, dentro de los ¨ªndices de precios al consumo elaborados por el Instituto Nacional de Estad¨ªstica. El per¨ªodo de vigencia de este real decreto ser¨¢ desde el 1 de enero del presente a?o hasta el 31 de diciembre.
Por el ¨²ltimo de los reales decretos-ley se establece la limitaci¨®n de determinadas rentas, concretamente las procedentes de los arrendamientos urbanos en situaci¨®n de pr¨®rroga legal.
La limitaci¨®n viene dada por el m¨®dulo regulador constituido por el ¨ªndice nacional de subgrupos ?enseres? seg¨²n los datos del Instituto Nacional de Estad¨ªstica. El per¨ªodo de vigencia de la norma comprende todo el a?o 1978. La segunda renta que se delimita es la distribuci¨®n de beneficios en favor de los consejos de administraci¨®n.
Esta urgencia ha sido aprobada por mayor¨ªa con la abstenci¨®n de dos de sus miembros
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