Se regula el papel de las delegaciones de Sanidad y Seguridad Social
Las delegaciones territoriales del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social tendr¨¢n ¨¢mbito provisional, y, al frente de cada una figurar¨¢ un delegado, del que depender¨¢n todos los servicios, organismos y centros del departamento. As¨ª se dispone en el real decreto sobre r¨¦gimen org¨¢nico y funcional de las delegaciones territoriales del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social publicado ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado.Los delegados de Sanidad y Seguridad Social ser¨¢n la autoridad superior en materia de seguridad social y salud. Sus competencias, de car¨¢cter general, ser¨¢n la aplicaci¨®n de la actuaci¨®n del Ministerio, la vigilancia del cumplimiento de disposiciones legales, la representaci¨®n del, Ministerio, la presidencia de los consejos, asambleas y dem¨¢s ¨®rganos, la disposici¨®n de que las inspecciones de Trabajo y de Sanidad y Salud realicen sus competencias, la sanci¨®n de infracciones, con multas m¨¢ximas de 100.000 pesetas, la clausura de establecimientos que supongan u
peligro para la salud p¨²blica, el ejercicio de una acci¨®n protectora en su ¨¢mbito, respecto a la entidad asistencial p¨²blica, Cruz Roja, etc¨¦tera.
En materia de sanidad y salud, deber¨¢n tambi¨¦n estar al frente del estudio, vigilancia y an¨¢lisis epidemiol¨®gicos de todos los procesos, coordinaci¨®n de asistencia sanitaria, incluyendo medicina preventiva, curativa y rehabilitadora y, en consecuencia, el control de las entidades de asistencia y centros sanitarios p¨²blicos y privados, hospitalarios y no hospitalarios, y de la medicina primaria urbana y rural.
En materia de servicios sociales, corresponde al delegado de Sanidad y Seguridad Social la fiscalizaci¨®n del funcionamiento de los servicios sociales y asistenciales, el ejercicio de la competencia atribuida a gobiernos civiles y juntas provinciales de asistencia social y la acci¨®n protectora respecto a la Organizaci¨®n Nacional de Ciegos y Asociaci¨®n Nacional de Inv¨¢lidos Civiles.
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