En vigor la nueva tarifa del impuesto sobre la renta
En muy breve plazo estar¨¢n disponibles, en las delegaciones de Hacienda, los impresos para la declaraci¨®n de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 1977. El Ministerio de Hacienda enviar¨¢ a los contribuyentes que ya han declarado en anteriores ocasiones un juego de impresos para que lo hagan en esta ocasi¨®n. Inicialmente el plazo para presentar la declaraci¨®n acaba el 31 de mayo, aunque se espera que Hacienda ampl¨ªe hasta el 30 de junio el per¨ªodo v¨¢lido para presentar la declaraci¨®n del pasado a?o. El Bolet¨ªn Oficial public¨® ayer la ley de reducci¨®n de la tarifa del impuesto general sobre la renta de las personas f¨ªsicas y otras medidas tributar¨ªas que afectan al impuesto de lujo y a los impuestos aplicables sobre las indemnizaciones por despido. La nueva tarifa queda conforme al cuadro adjunto.
La parte sustantiva de la ley es la referente a la nueva tarifa del impuesto sobre la renta, que supone reducir del orden del 20 %al 30 % la cuota del impuesto sobre la renta para la mayor parte de los contribuyentes. La nueva tarifa es la que se pretende establecer en el futuro impuesto sobre la renta que entrar¨¢ en vigor. si las Cortes no lo alteran, en la declaraci¨®n correspondiente al ejercicio 1979 que tendr¨¢ que presentarse en 1980.El criterio de la nueva tarifa responde al hecho de que la anterior una de las m¨¢s elevadas de cualquier sistema fiscal, era en la pr¨¢ctica poco eficaz, ya que la declaraci¨®n de bases imponible era casi siempre mucho m¨¢s baja que la realidad. Para un contribuyente honesto que declarara realmente en pasados a?os, la rebaja de la tarifa que ha entrado en vigor supone una reduci¨®n importante en sus impuestos.
Para una familia media con ingresos exclusivamente, de rendimientos de trabajo personal, el IRTP abonado hasta ingresos de 1.200.000 pesetas a?o compensa la cuota a ingresar por impuesto general sobre la renta y hace negativa la declaraci¨®n.
Para rentas entre dos y cuatro millones el impuesto resulta m¨ªnimamente razonable, aunque poco habitual en tiempos pasados en que lo corriente era evitar todo contacto con el fisco.
L¨ªmites m¨¢ximos
La nueva ley establece limitaciones importantes, por arriba, en los tipos impositivos. En el caso del impuesto general sobre la renta el tipo medio m¨¢ximo queda en el 40 % frente a un 54% en la tarifa anterior para rentas de diez millones de pesetas que pod¨ªa llegar al 60 % en rentas de m¨¢s de veinte millones.
Otra de las novedades de la declaraci¨®n del presente a?o es la puesta en vigor del impuesto sobre el patrimonio. Su declaraci¨®n ser¨¢ conjunta con el impuesto sobre la renta y su liquidaci¨®n, en el caso de resultar positivo (patrimonios superiores a seis millones), se hace junto al impuesto sobre la renta. El impuesto sobre el patrimonio tendr¨¢ reducido efecto recaudador al ser bajo el tipo impositivo aunque afecta al realismo en la declaraci¨®n.
De cualquier forma y seg¨²n la ley publicada ayer la suma del impuesto sobre el patrimonio y la renta no podr¨¢ superar el 50 % de los ingresos por renta de la declaraci¨®n del a?o correspondiente.
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