Control sobre la inercia legislativa del Gobierno
El primero de los bloques del articulado de la Constituci¨®n, aprobado ayer en conjunto (art¨ªculos 72 al 80, ambos inclusive), contiene en esa zona importantes precisiones de orden t¨¦cnico que afectan al sistema de fuentes del Derecho administrativo.
Una de las cuestiones capitales del Derecho p¨²blico que se ofrece externamente con caracteres casi exclusivamente t¨¦cnicos, pero que en la pr¨¢ctica tienen gran repercusi¨®n pol¨ªtica y afectan a los derechos de los ciudadanos.Se regulan concretamente en los art¨ªculos 75 al 80 lo relativo a las leyes org¨¢nicas, la llamada legislaci¨®n-delegada, las leyes de base y los decretos-ley. Todo este conjunto de disposiciones, cuya mayor incidencia se ofrece, sin duda, en el campo del Derecho administrativo, ofrece los mayores riesgos en cuanto a la discrecionalidad del ejecutivo y a -las posibilidades de extralimitarse, asumiendo, de hecho, funciones legislativas, reservadas al Parlamento en un Estado de Derecho. El decreto-ley y la ley de bases concretamente han sido los dos grandes instrumentos de inflaci¨®n legislativa padecida en las ¨²ltimas d¨¦cadas, sin control alguno por los ¨®rganos legislativos. Todas las disposiciones aprobadas en este terreno tienden a reforzar esos controles como garant¨ªa de elaboraci¨®n democr¨¢tica y de barrera a la inercia legislativa de los gobiernos.
Tambi¨¦n se aprobaron en bloque los art¨ªculos 101 al 105 primeros del T¨ªtulo V, dedicado a las relaciones entre el Gobierno y las Cortes generales.
Tratan estos preceptos de establecer la responsabilidad colectiva e individual de los miembros. del Gobierno ante las Cortes, y regulan ¨¦l debate anual sobre orientaci¨®n pol¨ªtica, que ha de producirse, como m¨ªnimo con esa periodicidad, la presencia de los ministros a requerimiento de las C¨¢maras para informar sobre su gesti¨®n, la obligaci¨®n de responder a interpelaciones y preguntas y, por fin,, la debatida ?cuesti¨®n de confianza?. que puede proponer el presidente del Gobierno al Congreso de Diputados, y que se entender¨¢ otorgada -dice el art¨ªculo 105- ?cuando vote a favor de la misma la mayor¨ªa absoluta de los diputados?.
Se relaciona este ¨²ltimo art¨ªculo con el 93, que es el primero de otro gran bloque aprobado ayer conjuntamente (art¨ªculos 93 a 99), dentro del T¨ªtulo IV, con la r¨²brica ?Del Gobierno y de la Administraci¨®n?.
El art¨ªculo 93 mencionado regula cuesti¨®n tan sustancial como el nombramiento de presidente del Gobierno, con la exigencia de que obtenga la confianza del Congreso, y marcando un plazo m¨¢ximo de dos meses, de forma que si en este per¨ªodo el candidato inicialmente propuesto por el Rey, tras consultar con los representantes de los grupos parlamentarios, no obtuviese esta confianza ser¨ªa necesario disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.