Revisi¨®n de las tarifas postales y telegr¨¢ficas
Acaba de ser publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado un decreto sobre ordenaci¨®n y racionalizaci¨®n de determinados servicios postales y telegr¨¢ficos y sus correspondientes tarifas, que incluye los impresos, libros y peri¨®dicos, paquetes postales, derechos de giro postal, derechos de apartados y telegramas, radiotelegramas y servicios complementarios.
Para los impresos publicitarios y de propaganda de productos y servicios se aplicar¨¢n tarifas de dos pesetas para los que pesen veinte gramos y se distribuyan en el ¨¢rea de una misma ciudad. Cuando el servicio sea interurbano, la tarifa, para el mismo peso, ser¨¢ de tres pesetas. La escala se sit¨²a luego en cantidades superiores, hasta llegar a los impresos de m¨¢s de mil gramos de peso, cuyo franqueo costar¨¢ en un caso 38 pesetas y en otro cincuenta.Las empresas dedicadas a la actividad se?alada m¨¢s arriba y que sean consideradas como grandes usuarias de Correos les ser¨¢n aplicadas tarifas reducidas. As¨ª, el impreso de hasta veintid¨®s gramos de peso se franquear¨¢ con dos pesetas, tanto en los casos en que el servicio sea interurbano como cuando se realice dentro de una misma ciudad. Los impresos que excedan de mil gramos costar¨¢n veinticinco pesetas para el servicio urbano y 38 para el interurbano.
Libros y peri¨®dicos, igual
A los impresos remitidos por empresas editoras, ditribuidoras y librer¨ªas, cuya finalidad sea la difusi¨®n de la cultura, se aplicar¨¢n ¨ªntegramente las tarifas vigentes para los impresos en general. Esas mismas tarifas se aplicar¨¢n a las partituras musicales, mapas, figurines y cat¨¢logos de libros, con la ¨²nica excepci¨®n de mantenerse la tarifa de dos pesetas cuando el peso del env¨ªo no exceda de cincuenta gramos.Seguir¨¢n vigentes las mismas tarifas que en la actualidad para el franqueo de libros y peri¨®dicos. Por lo que se refiere a los paquetes postales, se implanta el servicio de los mismos por v¨ªa de superficie en el interior de la Pen¨ªnsula, con los l¨ªmites de peso, dimensiones y normas que regulan, en la actualidad, el mencionado servicio en los cambios entre la Pen¨ªnsula, Islas Baleares y Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra. Se suprime la categor¨ªa de paquetes reducidos. La tarifa a satisfacer ser¨¢ la de veinticinco pesetas por cada mil gramos o fracci¨®n de peso.
Giro postal
En cuanto a los derechos de giro postal, los giros a abonar en cuenta corriente postal, ser¨¢n del 0,5% de la cantidad girada. Giros a abonar mediante cheques postales, el 0,5 % de la cantidad girada m¨¢s una tasa fija equivalente a dos veces el importe de la primera fracci¨®n de una carta normalizada. Para los telegramas ordinarios, una peseta por cada palabra m¨¢s la percepci¨®n fija de quince pesetas. Para los telegramas de entrega inmediata, una peseta por cada palabra, m¨¢s la percepci¨®n fija de noventa pesetas. Telegramas por tel¨¦fono devengar¨¢n una sobretasa de veintid¨®s pesetas. En cuanto al giro telegr¨¢fico premio, el 1% de la cantidad girada. Los giros telegr¨¢ficos domiciliados en cuenta corriente de la Caja Postal de Ahorros quedan exentos de la tasa telegr¨¢fica.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.