Los somatenes permanecer¨¢n como "cuerpo civil no armado"
Los somatenes no ser¨¢n disueltos y permanecer¨¢n como ?cuerpo civil no armado?, al no haber prosperado ayer, en la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Senado, una enmienda socialista que ped¨ªa la supresi¨®n de los mismos en la ley de Polic¨ªa. Dicha comisi¨®n rechaz¨® tambi¨¦n la mayor parte de las modificaciones propuestas por la ponencia respecto al texto de la ley aprobada en su d¨ªa por el Congreso, pero, en cambio, acept¨® otra que abre la posibilidad a cualquier ciudadano de acceder a la Academia de Mandos de la Polic¨ªa Nacional, sin necesidad de ser miembro de este cuerpo.
Entre las modificaciones rechazadas est¨¢ la del p¨¢rrafo primero del art¨ªculo 5.?, que, en el texto del Congreso, finalmente aprobado, establece que la Guardia Civil tendr¨¢ fuero militar, salvo en los delitos que se cometan contra sus miembros en el ejercicio de funciones de orden p¨²blico. La ponencia hab¨ªa propuesto que el sometimiento al fuero militar fuese la excepci¨®n.En favor de la propuesta de la ponencia, el socialista Joaqu¨ªn Navarro argument¨® que la modificaci¨®n respond¨ªa a razones de coherencia jur¨ªdica, ?a no ser -dijo- que est¨¦n presentes temores a ciertos poderes f¨¢cticos de los que no se habla?. En contra, el senador de UCD Carlos Calatayud argument¨® que debe quedar claro que la Guardia Civil es un cuerpo militar, y dijo que no se discut¨ªa de fantasmas de ninguna clase ni segundas intenciones.
Otra modificaci¨®n, la m¨¢s importante seg¨²n el se?or Navarro, era la establecida por la ponencia en el sentido de que los delitos cometidos por la polic¨ªa no ser¨ªan enjuiciados por las audiencias provinciales, como propon¨ªa el texto del proyecto. En favor de la supresi¨®n de este precepto, el se?or Navarro dijo que es muy grave crear privilegios procesales que no son garant¨ªa de la funci¨®n de la polic¨ªa, sino que establecen un principio de recelo y prevenci¨®n.
Por UCD, Carlos Calatayud defendi¨® la competencia de las audiencias provinciales, aduciendo que la funci¨®n policial precisa una garant¨ªa en su ejercicio, porque los agentes de orden p¨²blico tienen una carga de responsabilidad mayor que la de los ciudadanos normales.
En el art¨ªculo 12 se cambi¨® el texto del p¨¢rrafo segundo propuesto por la ponencia, por el primitivo aprobado por el Congreso.
El socialista se?or Navarro afirm¨® que se trataba igualmente de eliminar un sistema procesal especial para la polic¨ªa, a lo que contest¨® el se?or Calatayud afirmando que este sistema especial era necesario por la particular situaci¨®n jur¨ªdica de la polic¨ªa nacional.
El resto del articulado, as¨ª como las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta, fueron aprobados sin variaci¨®n respecto al texto de la ponencia. En cambio fue rechazada la disposici¨®n adicional quinta, introducida como nuevo texto por los ponentes, en la que se establec¨ªa que en un plazo de quince d¨ªas deber¨ªan retirarse todas las documentaciones acreditativas de la pertenencia a somatenes, as¨ª como las armas en poder de estas organizaciones, ?que por la presente ley quedan suprimidas?, seg¨²n establec¨ªa la disposici¨®n.
En defensa de la propuesta, el socialista Garc¨ªa de la Borbolla afirm¨® que se pretend¨ªa reforzar el decreto del Ministerio del Interior sobre disoluci¨®n de somatenes, por no considerar suficiente el decreto aludido. En contra de la enmienda el se?or Calatayud dijo que el Gobierno no quiere disolver los somatenes, por los numerosos servicios que han prestado, y que son necesarios los cuerpos de protecci¨®n civil en los que pueden integrarse sus miembros, seg¨²n el decreto del Gobierno.
Tambi¨¦n fue rechazada la propuesta de una nueva disposici¨®n transitoria s¨¦ptima, por la que pasaban a depender de las comunidades aut¨®nomas los cuerpos armados dependientes actualmente de las diputaciones provinciales. El socialista se?or Borbolla intent¨® retirar la enmienda, previendo el destino que tendr¨ªa, aunque no pudo hacerlo por haberla aceptado como texto la ponencia.
Finalmente fue suprimido de la disposici¨®n final primera, derogatoria de leyes que se oponen o quedan superfluas con esta ley de polic¨ªa, la derogaci¨®n de los decretos referentes a los cuerpos de somatenes.
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