Lagunas de una campa?a por la vivienda / y 3
Arquitectos. Miembros del equipo LURLa Federaci¨®n, en su campa?a de vivienda 1978, no recoge, despu¨¦s de todo este proceso de crisis, este derecho manifestado multitudinariamente. Tampoco plantea una alternativa central a la pol¨ªtica de UCD, ni critica los intereses a los que beneficia: es muy poco, despu¨¦s de su silencio durante los dos a?os del Plan de Viviendas Sociales. Entrando en los puntos concretos de la campa?a, puntualizamos por nuestra parte:
En el plan para resolver los problemas m¨¢s urgentes no menciona c¨®mo va a ser financiado. Sobre la desaparici¨®n definitiva del chabolismo no se hace ninguna cr¨ªtica¨¢ que el Gobierno considera inviable su desaparici¨®n a cierto plazo, o a que no existan, recogidos en ning¨²n texto legal, los derechos de los barrios deprimidos. Cr¨¦ditos oficiales para la mejora de la vivienda de los propietarios modestos, a largo plazo y sin inter¨¦s.
La elaboraci¨®n de una pol¨ªtica de alquileres referida a la localizaci¨®n de la vivienda y condiciones de servicios de la misma darla lugar a que las familias con menos recursos tendr¨ªan que abandonar los barrios m¨¢s c¨¦ntricos. Lo que m¨¢s precisa el d¨¦bil movimiento de barrios es el apoyo de los sindicatos en sus luchas y que ¨¦stos recojan en sus programas reivindicativos los temas planteados por los trabajadores en sus barrios.
Traspaso a los ayuntamientos de decisiones secundarias para crear una ficci¨®n de participaci¨®n, sin posibilidad en ellos de tomar acuerdos ejecutivos que comprometan a otros organismos. El reconocimiento de la participaci¨®n de los ciudadanos lo concretar¨ªamos en el derecho a todo tipo de informaci¨®n sobre planes que afecten a los vecinos o el derecho a controlar la ejecuci¨®n de las obras por comisiones de afectados.
En conclusi¨®n, la Federaci¨®n no recoge en su campa?a el derecho a una vivienda a cambio para 100.000 familias que ya la tienen pero que pueden perderla a corto plazo por expropiaci¨®n o declaraci¨®n de ruina. La Central del Movimiento de Barrios recorta este derecho haciendo inquilinos de propietarios realojados en viviendas m¨¢s peque?as que las que hoy tienen (56 m.2 para familia de cuatro miembros).
La promoci¨®n estatal directa como via de "vivienda por vivienda"
Unicamente es posible abordar aqu¨ª una orientaci¨®n general que podr¨ªa servir, a lo sumo de punto de partida para definir las condiciones de realojamiento de cada caso concreto. Reconocimiento de los derechos, valoraci¨®n actualiza da de los bienes creados y gesti¨®n p¨²blica de la permuta son tres puntos capitales que no cuentan con ninguna apoyatura en la legislaci¨®n al uso. Como bases de discusi¨®n propondr¨ªamos:
- La aprobaci¨®n de medidas legales, como decreto-ley, para garantizar el derecho de realojamiento de los vecinos en sus barrios. Ni los pactos de la Moncloa ni el programa de la Federaci¨®n de Asociaciones recogen soluciones concretas.
- Un presupuesto p¨²blico acorde con los d¨¦ficit y los plazos de tiempo para subsanarlos. No vamos a decir al Estado de d¨®nde tiene que sacar el dinero, pero ser¨ªa bien visto por todos que se cortaran los continuos reclamos publicitarios, en promociones de lujo, de exenciones fiscales, desgravaci¨®n en las transmisiones o protecci¨®n oficial. Dentro de una pol¨ªtica fiscal se deber¨ªa incluir:
- Imposici¨®n a las viviendas libres y protegidas de lujo.
- Cupos obligatorios de financiaci¨®n de viviendas oficiales baratas por cajas de ahorro o bancos de cr¨¦dito a la construcci¨®n; en definitiva, dinero del Estado y sociedades p¨²blicas de cr¨¦dito.
- Partidas en los Presupuestos del Estado destinadas a subvenciones a fondo perdido a la vivienda barata, con el fin de que las deducciones de los salarios no supongan la hipoteca de la vida de la familia.
- Concesi¨®n de cr¨¦ditos baratos a largo plazo y sin inter¨¦s, con la aplicaci¨®n de f¨®rmulas de devoluci¨®n en base a amortizaciones constantes, de modo que resulte una carga cada vez menos pesada.
- Aprobaci¨®n de condiciones especiales para jubilados, pensionistas, incapacitados, parados, etc¨¦tera. El decreto de promoci¨®n directa del 18 de julio pone un tope m¨ªnimo a los alquileres del 2% del precio de venta de la vivienda, con lo que se excluyen as¨ª los casos m¨¢s dram¨¢ticos.
- Constituci¨®n de patrimonios de suelo p¨²blico mediante expropiaci¨®n de solares libres retenidos por m¨¢s de dos a?os, con indemnizaciones de acuerdo con las tasas tributadas desde su adquisici¨®n, pero no por las plusval¨ªas acumuladas sobre los mismos, que corresponden a la colectividad.
- Promoci¨®n estatal directa de viviendas a precios iguales al coste de la construcci¨®n, tendi¨¦ndose a la creaci¨®n de empresas municipales o estatales para la absorci¨®n del paro en cada localidad. Fomento de empresas peque?as o artesanales para las obras de reparaci¨®n o mejora de las viviendas de los cascos antiguos.
- Valoraci¨®n, actualizada de los bienes o derechos adquiridos, que se dejan por ruina o remodelaci¨®n, descont¨¢ndose del valor de la nueva vivienda.
- Indemnizaciones por las p¨¦rdidas ocasionadas a peque?os propietarios e inquilinos (como caso concreto de esta permuta, tenemos el Poblado Dirigido de Orcasitas).
- Realojamiento en el mismo barrio.
- Subvenci¨®n del Estado del 30% a fondo perdido.
- Cr¨¦ditos sin inter¨¦s a treinta a?os con amortizaci¨®n constante.
- Descuento de la vivienda que se deja con una valoraci¨®n actualizada.
- Precio al coste de construcci¨®n.
- Dedicaci¨®n de fondos p¨²blicos para la construcci¨®n de cerca de 1.200 viviendas.
En este caso singular, han sido necesarios tres decretos, una orden ministerial y la aprobaci¨®n en Consejo de Ministros de un presupuesto extraordinario, ya que las reivindicaciones de los vecinos no encajan en la actual legislaci¨®n.
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