Detenci¨®n ilegal
Soy de nacionalidad estadounidense y desde el d¨ªa 6 de octubre de 1977 me encuentro en prisi¨®n, ahora en el Centro Penitenciario de Detenci¨®n de Hombres de Alcal¨¢ de Henares, por supuesto delito contra la salud p¨²blica, en virtud de las causas n¨²meros 64/77, del Juzgado 21 de Madrid, y 95/75, del Juzgado 15 de Madrid, igualmente. En dichas causas he obtenido, por decisi¨®n de los respectivos jueces, la libertad bajo fianza, sin que ¨¦sta se haya podido llevar a efecto por encontrarme sometido al expediente de expulsi¨®n n¨²mero 12.348, y, en definitiva, a disposici¨®n de la Direcci¨®n General de Seguridad, quien desde el d¨ªa 2 de septiembre de este a?o no ha contestado al requerimiento efectuado por la direcci¨®n del centro donde me encuentro en el sentido de que notificase s¨ª deb¨ªa ser puesto en libertad o no.Y yo me pregunto: ?c¨®mo es posible que un pa¨ªs est¨¦ adecuando su proceder dentro de las normas que rigen en el mundo, con aplicaci¨®n estricta del esp¨ªritu democr¨¢tico y que tiene tipificado en su C¨®digo Penal que persona alguna podr¨¢ permanecer en prisi¨®n sin orden competente de autoridad judicial, se pueda mantener a un individuo en prisi¨®n indebida desde hace m¨¢s de un mes? ?C¨®mo se puede admitir que se vulnere la decisi¨®n de unos jueces que ordenan su libertad, cuando ellos solos deben decidir, ya que sin los sumarios por ellos incoados y en los que ahora se ordena la suelta del preso, sin conocerse a¨²n si es culpable o inocente, la Direcci¨®n General de Seguridad no tendr¨ªa motivo alguno de actuaci¨®n? Y, finalmente, ?en virtud de que raz¨®n se pueden despreciar al m¨¢ximo los derechos fundamentales de la persona, empleando un mes m¨¢s lo que a¨²n pueda faltar para resolver un expediente, por ende cuando la resoluci¨®n no puede ser otra que ordenar su puesta en libertad, ya que mientras permanezca en situaci¨®n de libertad provisional, es decir, con responsabilidades penales pendientes, no se puede expulsar del territorio, sino m¨¢s bien, en todo caso, impedirse la salida.
Este es el problema denunciado. En s¨ªntesis, que mientras un juez ordena que una persona sea puesta en libertad, la polic¨ªa o el ministro del Interior, a trav¨¦s del mecanismo del desprecio y la ignorancia, ordena y decide se quede en prisi¨®n: y se queda...
Centro Penitenciario de Alcal¨¢ de Henares
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