Para jugar en categor¨ªa nacional se necesitar¨¢ una residencia de diez a?os
Los veinticinco jugadores que cada club de categor¨ªa nacional puede inscribir o federar han de reunir condiciones generales imprescindibles, seg¨²n establece el borrador elaborado por una comisi¨®n para regular la presencia de jugadores procedentes del exterior. Los clubs de Primera y Segunda Divisi¨®n gozar¨¢n de cierto privilegio al contar con cuatro casos excepcionales sobre las condiciones generales. Este borrador ser¨¢ presentado y tratado, entre otros temas, por la junta directiva de la Federaci¨®n Espa?ola en su reuni¨®n de hoy.
Las condiciones generales imprescindibles que debe contar todo jugador de categor¨ªa nacional son: poseer nacionalidad espa?ola, poder jugar en la selecci¨®n espa?ola por no haber actuado anteriormente con la de otro pa¨ªs y, por ¨²ltimo, haber residido en Espa?a durante diez a?os, alternativa o ininterrumpidamente. Esta ¨²ltima condici¨®n supone una aut¨¦ntica novedad con respecto a las anteriores normas dictadas.Las excepciones de que gozar¨¢n los clubs de Primera y Segunda Divisi¨®n se concretan en las conclusiones acordadas por los presidentes de las dos categor¨ªas en las reuniones que separadamente mantuvieron con el presidente de la Federaci¨®n Espa?ola el pasado mes. Estas reuniones surgieron despu¨¦s de que el Consejo Superior de Deportes diera a conocer p¨²blicamente la ?instrucci¨®n aclaratoria? sobre la presencia de jugadores procedentes del exterior en Espa?a. La comisi¨®n encargada de elaborar estas normas se ha limitado a dar car¨¢cter jur¨ªdico a las conclusiones acordadas.
Estos cuatro casos excepcionales se concretan en la posibilidad que cada club de Primera y Segunda Divisi¨®n tienen de inscribir a dos jugadores no aptos para jugar en el equipo nacional -por ser extranjeros o espa?oles que han jugado en otras selecciones nacionales-, y otros dos jugadores que, pese a tener nacionalidad espa?ola y poder jugar en el equipo nacional, no hayan residido en Espa?a los diez a?os que, alternativa o ininterrumpidamente, exige una de las normas generales. Se trata de los jugadores que se han venido llamando ?oriundos? y que hasta el momento no contaban con limitaci¨®n restrictiva alguna.
Dentro de estos cuatro casos excepcionales se incluye otra ?excepci¨®n?. Si alg¨²n jugador incluido en la ¨²ltima de las dos excepciones llegara a actuar en el equipo espa?ol, adquirir¨¢ los mismos derechos que otro jugador espa?ol. En resumidas cuentas, cada club de Primera y Segunda Divisi¨®n podr¨¢ contar con cuatro jugadores excluidos de las normas generales.
Estas normas, si se llegan a aprobar, podr¨ªan entrar en vigor a partir del pr¨®ximo mes de julio, es decir, desde la pr¨®xima temporada, y derogar¨ªan todas aquellas que sobre el mismo tema fueron dictadas anteriormente por todos aquellos organismos con competencia.
La junta directiva de la Federaci¨®n, en su reuni¨®n de hoy, podr¨ªa modificar los detalles que considere oportunos del borrador elaborado. El Consejo Superior de Deportes no tiene conocimiento del borrador. Se le comunicar¨¢ una vez que sea aprobado su texto definitivo, al igual que los clubs afectados, es decir, los de Primera y Segunda Divisi¨®n. Este asunto no ser¨¢ tratado en la pr¨®xima asamblea extraordinaria de la Federaci¨®n, se?alada para el 23 de este mes.
La reuni¨®n de hoy
En la reuni¨®n de hoy de la junta directiva se tratar¨¢n otros temas como el estatuto del jugador profesional -ayer se reuni¨® la comisi¨®n encargada de este asunto, que cuenta con un nuevo borrador elaborado por el abogado Samper Vidal-, los preparativos de la asamblea extraordinaria y el conflicto colectivo presentado por la AFE en la Direcci¨®n General de Trabajo. La Federaci¨®n no ha recibido a¨²n citaci¨®n oficial alguna por la que se le convoque a la negociaci¨®n previa. Vizca¨ªno Casas seguir¨¢ como abogado de la Federaci¨®n y el lunes comenzar¨¢ a trabajar sobre este tema.
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