El paro y el seguro de desemplo
SI BIEN el ¨²nico remedio contra el paro es el aumento de los puestos de trabajo, lo que presupone un incremento de las inversiones, una adecuada cobertura del seguro de desempleo y una mejor administraci¨®n de sus fondos pueden aliviar los dolorosos efectos de la crisis econ¨®mica sobre el mill¨®n y pico de desocupados que se contabilizan ya en nuestro pa¨ªs. En un comentario anterior indicamos la conveniencia de encomendar a los nuevos ayuntamientos la gesti¨®n de unos fondos ampliados para empleo comunitario y la posibilidad de asociar a las centrales sindicales, cuando la soluci¨®n del conflicto sobre el patrimonio sindical lo permita, a las tareas de control del seguro de desempleo, a fin de evitar los fraudes. Los porcentajes de las prestaciones de nuestro subsidio figuran entre los m¨¢s elevados de Europa, y su plazo de duraci¨®n -dieciocho meses, ampliables en contados casos a otros seis m¨¢s- supera a las 65 semanas de Estados Unidos, los 312 d¨ªas del Reino Unido y los doce meses de la Rep¨²blica Federal de Alemania. Los s¨ªntomas de que est¨¢ surgiendo una picaresca casi institucional en torno al seguro de desempleo son lo suficientemente alarmantes como para que los propios sindicatos tomen cartas en el asunto, entre otras cosas, para evitar que esos abusos se conviertan en elementos disuasorios de una actitud positiva hacia el trabajo.Los pactos de la Moncloa se propusieron extender la cobertura del seguro de desempleo y compensar, al tiempo, los mayores gastos de la Seguridad Social mediante transferencias presupuestarias. La idea era impedir el aumento continuo de las cotizaciones de la Seguridad Social a cargo de las empresas, que encarecen el empleo de trabajadores y desaniman a la hora de ampliar las plantillas. Pero nada ha funcionado de acuerdo con las previsiones. Los ingresos procedentes de las cotizaciones han aumentado m¨¢s de lo esperado y los gastos por prestaciones diversas se han disparado con tal violencia, que el d¨¦ficit de 1978 de la Seguridad Social se aproxim¨® a los 100.000 millones de pesetas, pr¨¢cticamente el doble que las p¨¦rdidas de todas las empresas del INI.
La Administraci¨®n ha intentado tambi¨¦n favorecer la creaci¨®n de nuevos puestos de trabajo mediante una serie de incentivos a la contrataci¨®n temporal, tanto de j¨®venes mayores de diecis¨¦is a?os y menores de veinticuatro, como de beneficiarios del seguro de desempleo. Pero las normas legales siguen rindiendo su tradicional homenaje al m¨¢s ineficaz y trasnochado de los intervencionismos. Hubiera sido demasiado sencillo y econ¨®mico limitarse a bonificar con un porcentaje de la cuota de Seguridad Social a las empresas que realizasen esas contrataciones temporales y establecer que la relaci¨®n laboral se diera por extinguida cuando la empresa dejara de precisar los servicios del trabajador. Pero la burocracia estatal se alimenta de papeleo, goza con la complejidad y disfruta con las colas ante las ventanillas.
As¨ª, los incentivos se conciben m¨¢s como un favor o una d¨¢diva que como un procedimiento para aumentar el empleo. Para ?obtener las bonificaciones? se exige un per¨ªodo m¨ªnimo de contrataci¨®n de sesenta d¨ªas para los parados y de seis meses para los j¨®venes, los cuales, por otra parte, deber¨¢n estar inscritos en las oficinas de empleo al menos quince d¨ªas antes de la firma del contrato. Las empresas ? solicitar¨¢n ?..., el contrato de trabajo se har¨¢ por escrito en impreso normalizado.... el documento se extender¨¢ por triplicado.... la oficina de empleo se tomar¨¢ diez d¨ªas de plazo para oponer reparos a la solicitud: cualquier persona familiarizada con los vericuetos de la burocracia administrativa y los lectores de Forges reconocer¨¢n sin dificultad la genealog¨ªa teratol¨®gica de esa siniestra y abrumadora prosa.
La respuesta de los empresarios ha sido poco entusiasta, entre otras cosas, porque la mec¨¢nica administrativa parece orientada a crear un nuevo puesto de trabajo exclusivamente dedicado a tramitar los expedientes de las contrataciones temporales. Los condicionamientos burocr¨¢ticos y los plazos m¨ªnimos privan a los incentivos de todo atractivo. De esta forma, s¨®lo se ha dado empleo en lo que va de a?o a unos 50.000 trabajadores, cuando en realidad muchas empresas estar¨ªan dispuestas a ampliar sus plantillas si dejaran de gravitar sobre sus costos los continuos aumentos de las cuotas de Seguridad Social y si ese matrimonio can¨®nico sin divorcio que es ahora la relaci¨®n laboral admitiera f¨®rmulas m¨¢s flexibles de resoluci¨®n o de plazo temporal. Porque la rigidez de las relaciones laborales favorece, a la corta, a la poblaci¨®n empleada, pero es uno de los factores m¨¢s poderosos para mantener los actuales niveles de desempleo y, a la larga, un arma de dos filos para con los propios trabajadores ocupados. S¨®lo cuando las centrales sindicales reconozcan la normativa anterior como indisociable, en su concepci¨®n y en su pr¨¢ctica, del verticalismo y del corporativismo de signo fascista podr¨¢n negociar un marco de relaciones laborales congruente con nuestras instituciones democr¨¢ticas y los principios de la libertad de empresa, aceptable para los intereses de la clase trabajadora y adecuado a las necesidades de nuestra desalentada actividad productiva.
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