Los colegios universitarios, entre el sucursalismo y la penuria econ¨®mica
Podr¨ªa establecerse cierto paralelismo, tanto por sus or¨ªgenes como por las dificultades en que se ha desarrollado hasta ahora su existencia, entre los colegios universitarios y la Universidad Nacional de Educaci¨®n a Distancia, dos instituciones nacidas al principio de los a?os setenta para intentar paliar la creciente masificaci¨®n de la Universidad espa?ola, as¨ª como para contrarrestar las graves consecuencias de su caracter¨ªstico centralismo.Pasado el tiempo, tal y como denunciaba recientemente su actual rector desde estas mismas p¨¢ginas, la Universidad Nacional de Educaci¨®n a Distancia, con una matr¨ªcula de 60.000 alumnos, sigue sin disponer de edificio propio y apenas puede comprenderse c¨®mo logra sobrevivir desde la m¨¢s absoluta precariedad. Una instituci¨®n que pudo y a¨²n puede ser la gran soluci¨®n para acercar los estudios universitarios a quienes no tienen la posibilidad de acudir diariamente a las aulas por la distancia geogr¨¢fica o por razones de trabajo se encuentra a merced de la capacidad econ¨®mica y aun de la voluntariedad de los patronatos que rigen los correspondientes centros asociados debido a la desatenci¨®n de la Administraci¨®n.
De modo semejante, los colegios universitarios, nacidos para aproximar la ense?anza superior a las entidades de poblaci¨®n alejadas de las tradicionales cabezas de distrito universitario, han vivido desde su creaci¨®n entre el sucursalismo, la penuria econ¨®mica y la amenaza de su privatizaci¨®n.
Ambig¨¹edad jur¨ªdica
A estas caracter¨ªsticas habr¨ªa que a?adir la de la ambig¨¹edad, porque ambiguo es en gran medida el decreto-ley de 21 de julio de 1972, que define y regula el funcionamiento de estas instituciones.Pese a que en dicho decreto se tipifican los colegios llamados ?integrados? como dependencias de la Universidad correspondiente, desplazadas geogr¨¢ficamente, en la pr¨¢ctica resulta muy dif¨ªcil discernir cu¨¢ndo un colegio tiene esa condici¨®n o la de ?adscrito?, que es la otra modalidad existente de colegios universitarios.
Por lo que a estos ¨²ltimos respecta, la ausencia de una pol¨ªtica clara por parte del desaparecido Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia conduce a que en ellos exista una duplicidad manifiesta. Por una parte, funcionan, en lo econ¨®mico, como empresas privadas, puesto que dependen exclusivamente de la gesti¨®n de un patronato. Por otra, los organismos que componen estos patronatos, cuyo funcionamiento jur¨ªdico es an¨¢logo al de una empresa, son, en realidad, entidades de car¨¢cter p¨²blico (diputaciones, ayuntamientos, cajas de ahorro... ), aunque algunos est¨¢n virtualmente controlados por empresas estrictamente privadas.
Finalmente, en el aspecto acad¨¦mico, es obvia la relaci¨®n con la Universidad correspondiente. No obstante, las universidades se han ido desinteresando cada vez m¨¢s por sus respectivos colegios, lo que ha determinado un aislamiento progresivo, que repercute en el deterioro de la calidad de ense?anza y, sobre todo, en la ausencia casi absoluta de investigaci¨®n.
Tambi¨¦n es cierto que este deterioro nunca podr¨¢ ser mayor que el existente en las propias universidades, puesto que el reducido n¨²mero de alumnos por aula es un factor esencial para la calidad y en este aspecto los colegios gozan de un privilegio que para s¨ª quisieran todas las facultades del pa¨ªs.
Se da la circunstancia de que es precisamente en este hecho en el que se basa la principal objeci¨®n que suele hacerse a la conveniencia de mantener estos centros, a partir de la tradicional tendencia a medir con criterios de estricta rentabilidad econ¨®mica el inter¨¦s de las instituciones educativas. Ciertamente, si en la mayor¨ªa de las universidades del pa¨ªs cada catedr¨¢tico es responsable de la formaci¨®n de unos 250 alumnos, el hecho de que los 15.000 alumnos que aproximadamente componen la actual matr¨ªcula de los colegios universitarios dispongan de unos mil profesores parece dar la raz¨®n a quienes consideran a estos centros como ?la instituci¨®n educativa m¨¢s cara y menos rentable de todo el pa¨ªs?.
Su crecimiento, condicionado por su propia estructura
No se tiene en cuenta, sin embargo, que es la anquilosada estructura con que han nacido la principal causa de su cada d¨ªa m¨¢s exigua matr¨ªcula, pues no puede olvidarse que los colegios se crearon para atender a los alumnos del primero de los tres ciclos en que, seg¨²n las previsiones , de la ley General de Educaci¨®n, habr¨ªan de estar estructurados los estudios universitarios. Consecuentemente, los alumnos acud¨ªan a los colegios, en un primer momento, con la intenci¨®n de cursar en ellos un ciclo completo de la carrera. Al no cumplirse las previsiones de la ley, puesto que el primer ciclo no ha pasado de ser una expresi¨®n te¨®rica, los estudiantes prefieren adelantar su desplazamiento a la correspondiente universidad pensando que es preferible iniciar la carrera en el mismo centro en que se va a terminar, con objeto, sobre todo, de no sufrir en los cursos finales las mismas in comodidades de adaptaci¨®n con que tradicionalmente se encuentran al iniciar sus estudios.As¨ª, pues, el aparente desinter¨¦s actual de los estudiantes y sus familias hacia los colegios universitarios es consecuencia directa de la reducci¨®n de objetivos de los mismos, de su imposibilidad de crecer. La entidad de las poblaciones en que se asientan la mayor¨ªa de los colegios (Vigo, Toledo, Castell¨®n de la Plana, Jerez...) permite pensar en las posibilidades reales de crecimiento de casi todos ellos. La conversi¨®n en facultades de aquellas secciones en las que se ha detectado un inter¨¦s creciente por parte de los estudiantes de la zona supondr¨ªa un paso gigantesco hacia la ansiada desmasificaci¨®n de la universidad.
La Administraci¨®n no duda del importante juego que en este sentido pueden dar todav¨ªa los colegios universitarios, como se desprende del contenido del pre¨¢mbulo del decreto de 20 de febrero pasado, por el que se crea una comisi¨®n interministerial para planificar la integraci¨®n de estos centros en las universidades estatales. En dicho texto se alude a ?la importancia de los colegios universitarios como centros que hacen posible la extensi¨®n horizontal de la ense?anza superior?. Se reconoce tambi¨¦n que ?el tiempo ha acreditado, de una parte, la importancia de su funci¨®n en el orden acad¨¦mico y su influencia en la vida cultural de las ciudades y provincias en que radican, y, en consecuencia, la necesidad de su continuaci¨®n, y de otra han puesto de manifiesto el extraordinario esfuerzo econ¨®mico que representa, especialmente para las entidades p¨²blicas, provinciales y locales, el mantenimiento de estos centros?.
La integraci¨®n, un acto de justicia con las haciendas locales
Tambi¨¦n para el colectivo docente de los colegios universitarios, profesores no numerarios en su inmensa mayor¨ªa, el proceso de integraci¨®n es una medida que ?har¨¢ justicia a las haciendas locales, es decir, al pueblo contribuyente, que con tanto esfuerzo ha levantado estos g¨¦rmenes de universidad?.Estos profesores han expresado p¨²blicamente en varias ocasiones los criterios que deber¨ªan presidir este proceso de integraci¨®n, que entienden ?deber¨ªa estar planificado sobre las necesidades que preven las distintas autonom¨ªas en su aspecto universitario, considerando la rentabilidad social y no estrictamente econ¨®mica de los centros?.
Estos criterios, en su aspecto financiero, incluyen el que las subvenciones del Ministerio a los colegios universitarios tengan car¨¢cter global, as¨ª como que sus aportaciones en el per¨ªodo de transici¨®n se establezcan mediante conciertos con los patronatos de acuerdo con baremos objetivos; que sea el Ministerio quien financie las posibles ampliaciones y que inicie un proceso de homogeneizaci¨®n econ¨®mica y presupuestaria entre los distintos colegios,
Por otra parte, es l¨®gico que tanto los profesores como el personal no docente de los colegios universitarios aspiren a que la integraci¨®n no s¨®lo no suponga un riesgo para su futura estabilidad laboral, sino que, por el contrario contribuya al afianzamiento de sus puestos de trabajo, de tal manera que se ?habiliten los plazos y medios necesarios para que el profesor complete los requisitos acad¨¦micos obligados, previo reconocimiento de los a?os de docencia, y que se posibilite su integraci¨®n en los departamentos de la universidad a todos los efectos?.
La aspiraci¨®n, por ¨²ltimo, a estar presentes de alguna manera en la comisi¨®n interministerial que estudie la regulaci¨®n de la integraci¨®n parece que va a ser tenida en cuenta por las autoridades ministeriales, que, desde que se hicieron cargo del nuevo departamento de Universidades e Investigaci¨®n, han manifestado en reiteradas ocasiones su mejor disposici¨®n para que en todas las reformas estructurales de la universidad sean escuchadas las opiniones de los afectados.
En tal sentido, los profesores tienen puestas sus esperanzas en el contenido del real decreto publicado el pasado martes en el Bolet¨ªn Oficial del Estado por el que se modifica la composici¨®n de la comisi¨®n interministerial para la integraci¨®n, particularmente porque en ¨¦l se contempla la ?posibilidad de que esta comisi¨®n pueda organizar sus trabajos en subcomisiones o ponencias, as¨ª como recabar las colaboraciones, que, con car¨¢cter ocasional o permanente, estime oportunas?.
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