Los jesuitas establecen su propio "estatuto de centros docentes"
La Compa?¨ªa de Jesus ha redactado un estatuto para todos sus centros docentes, publicado en el ¨²ltimo n¨²mero del Bolet¨ªn de la FERE (Federaci¨®n Espa?ola de Religiosos de la Ense?anza), a fin de que pueda ser ¨²til a todos los miembros de la federaci¨®n ?antes de que se discuta en el Parlamento la ley del Estatuto de Centros Docentes no Universitarios?.
Aunque en el mismo pre¨¢mbulo se declara expresamente que el estatuto es un documento claramente distinto de un ideario, a lo largo de su articulado se hacen varias referencias a la importancia del mismo. As¨ª, entre las obligaciones del profesorado se se?ala la de realizar ?el libre ejercicio de la docencia en el ¨¢mbito de los contenidos del ideario?. Por otra parte, se establece como causa de despido ?doctrina o actitud expuesta disconforme con los principios del ideario ?.Dos de las cuatro disposiciones adicionales del estatuto, que consta de 99 art¨ªculos, destacan asimismo la importancia del ideario. En la primera se establece que el contrato de trabajo suscrito por los profesores y, en general, por el personal del centro, con posterioridad a la entrada en vigor del presente estatuto, ?presupondr¨¢ e implicar¨¢, adem¨¢s del conocimiento y libre aceptaci¨®n del ideario del centro, el compromiso de una positiva colaboraci¨®n a la realizaci¨®n del proyecto educativo de ¨¦ste, en conformi dad con los principios b¨¢sicos del ideario?. La segunda de estas disposiciones adicionales insiste en que ?ser¨¢ exigible en todo caso a cuantos integran la comunidad educativa una actitud de respeto a los principios del ideario, obser vada en la forma de expresarse y actuar en el centro?.
El estatuto atribuye las m¨¢ximas competencias al director del centro, uno de los seis ¨®rganos unipersonales del mismo, que ser¨¢ designado libremente por la entidad titular. Los otros cinco ¨®rganos unipersonales -el coordinador general de formaci¨®n, el coordinador general de pastoral, el jefe de estudios, el secretario general y el administrador general-, ser¨¢n designados por el director.
Estos seis ¨®rganos unipersonales son miembros natos del consejo del centro, que se define como ¨®rgano consultivo del director, en el cual figuran unos miembros electivos en representaci¨®n del profesorado, del personal no docente, de los alumnos, de los antiguos alumnos y del ?entorno social?, sin que en ning¨²n momento se se?ale expl¨ªcitamente c¨®mo ser¨¢n elegidos ni en qu¨¦ proporci¨®n estar¨¢n presentes en el citado consejo. Si se establece, en cuanto a la representaci¨®n del ?entorno social?, que ¨¦sta ser¨¢ ?a trav¨¦s de personas interesadas en la vida del centro, designadas por el director entre miembros pertenecientes a entidades culturales o deportivas, a la comunidad local o a la comunidad eclesial?.
No se hace ninguna referencia expresa a la acci¨®n sindical en el cap¨ªtulo que habla de los derechos del profesorado.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.