Los antiguos colonos de Guinea pueden llevar al Estado espa?ol ante los tribunales
El principal grupo de espa?oles damnificados por la dictadura de Francisco Mac¨ªas acord¨®, en el curso de tres recientes juntas de la entidad que les agrupa, negociar con el Gobierno espa?ol una f¨®rmula que les permita resarcirse del da?o causado por la falta de protecci¨®n diplom¨¢tica. De no hallarse una f¨®rmula de resarcimiento antes de final de a?o, los afectados recurrir¨ªan judicialmente en contra del Estado espa?ol. La cantidad total en litigio se situar¨ªa entre los cinco y seis mil millones de pesetas.
El principal grupo de antiguos colonos espa?oles en Guinea Ecuatorial se agrupa en la sociedad civil Comunidad de Espa?oles con Intereses en Africa (CEIA), creada en 1971. La integran 431 personas, f¨ªsicas o jur¨ªdicas. En su mayor¨ªa son antiguos empresarios agr¨ªcolas, profesionales y altos cargos de empresas privadas.Las cantidades reclamadas por este grupo se sit¨²an por encima de los cinco mil millones de pesetas, a las que deber¨ªan agregarse los derechos de personas no integradas en la sociedad e igualmente lesionadas por el proceso descolonizador de Guinea Ecuatorial y la dictadura de Mac¨ªas.
La fijaci¨®n de estas cantidades se ha establecido de forma muy aproximativa, o haciendo una comparaci¨®n, con otros procesos descolonizadores. Se basa en el valor de las propiedades perdidas en el momento en que fue causado el da?o y no tiene en cuenta el lucro cesante.
Representantes de la sociedad CEIA mantuvieron en los ¨²ltimos meses tres reuniones con el director general de Coordinaci¨®n Administrativa, en la presidencia del Gobierno, y otra con Pedro Aguirrebengoa, director general de Asuntos para Africa del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Las f¨®rmulas de resarcimiento propuestas son varias: indemnizaci¨®n en met¨¢lico, compensaci¨®n con entrega de t¨ªtulos liberados, concesi¨®n a t¨ªtulo gratuito de tierras y constituci¨®n de sociedades mixtas para el comercio entre Guinea Ecuatorial y Espa?a. En cualquier caso, los damnificados espa?oles requieren la responsabilidad del Estado espa?ol, el cual deber¨ªa intervenir directamente en la soluci¨®n. Queda, pues, excluida, por parte de CEIA, la negociaci¨®n directa y sin presencia del Estado espa?ol con los nuevos dirigentes ecuatoguineanos, por considerar que, por parte espa?ola, se incurri¨®, en su d¨ªa, en responsabilidad, al carecer los empresarios espa?oles de la necesaria protecci¨®n diplom¨¢tica.
Propietarios e industriales
La mayor¨ªa de los afectados son antiguos grandes propietarios agr¨ªcolas. Pose¨ªan en propiedad plena explotaciones de cacao y caf¨¦. Figuran tambi¨¦n algunos empresarios madereros, quienes, no obstante, no eran propietarios, sino s¨®lo concesionarios, de las fincas, si bien resultaron perjudicados, en cuanto que perdieron los nstrumentos de producci¨®n y toda una compleja infraestructura de almacenes y carreteras.Las propiedades agr¨ªcolas de los colonos espa?oles hab¨ªan sido adquiridas al propio Estado espa?ol. La Administraci¨®n espa?ola subastaba los terrenos, que eran adquiridos por el mejor postor, quien entregaba el montante de la puja al Tesoro. Transcurridos cinco a?os, y despu¨¦s de que la Administraci¨®n comprobase que aquel terreno era, efectivamente, explotado, la propiedad quedaba definitivamente en manos del comprador. Tras la subasta, el t¨ªtulo de propiedad era provisionalmente inscrito en el Registro de la Propiedad y, despu¨¦s de pasados los cinco a?os, la inscripci¨®n se convert¨ªa en definitiva. Curiosamente, el registro de la propiedad de Guinea Ecuatorial se salv¨® en los desmanes de Mac¨ªas, y todo ello puede ser perfectamente acreditado (en cualquier caso tambi¨¦n acreditar¨ªan la propiedad las correspondientes escrituras de venta).
La conversi¨®n de la actual Guinea Ecuatorial en dos provincias espa?olas, por ley de 30 de julio de 1959 y decretos de 31 de marzo y 7 de abril de 1960, estimul¨® las inversiones de los colonos espa?oles, onvencidos de que aquella formulaci¨®n implicaba una garant¨ªa real. Pero ocho a?os despu¨¦s -el 12 de octubre de 1968- Espa?a daba la independencia a Guinea Ecuatorial.
Proceso descolonizador
No existi¨® un per¨ªodo transitorio -que ha caracterizado a otros procesos descolonizadores- capaz de haber permitido prever la futura situaci¨®n jur¨ªdica de los espa?oles en el pa¨ªs independizado, as¨ª como sus relaciones con la antigua metr¨®poli. Tampoco hubo ning¨²n tratado internacional que regulase la sucesi¨®n de Estados, explican los antiguos colonos, sino que se produjeron ¨²nicamente actos unilaterales del Estado espa?ol.Los males se iniciaron, seg¨²n los afectados, con los acontecimientos de marzo de 1969, que llevaron a la dictadura de Mac¨ªas, al tiempo que invalidaban la presencia efectiva de Espa?a en Guinea Ecuatorial. Desde aquella fecha la inseguridad de los espa?oles en Guinea Ecuatorial fue absoluta. Ello implic¨® una r¨¢pida huida de todos los colonos, con el correspondiente abandono de todas las propiedades, que desde entonces han estado abandonadas por completo.
En la conferencia constitucional destinada a establecer la independencia de Guinea, reunida en Madrid en 1968, no hubo ninguna referencia clara a los derechos de los extranjeros residentes en Guinea, seg¨²n los afectados, condici¨®n que con la independencia adquir¨ªan los colonos espa?oles.
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