Una huelga pol¨¦mica
LA HUELGA de oficiales, auxiliares y agentes de la Administraci¨®n de justicia amenaza con colapsar por tiempo indefinido un servicio p¨²blico tan esencial como el funcionamiento de los tribunales. La huelga ofrece adem¨¢s indicios de manipulaci¨®n por grupos de la ultraderecha, siempre deseosos de aprovechar cualquier pretexto para desprestigiar las instituciones democr¨¢ticas. Sin embargo, ni el paro merece las rotundas condenas de ilegalidad expresadas desde medios gubernamentales, ni carece de fuerza y de l¨®gica la plataforma reivindicativa de car¨¢cter econ¨®mico de los funcionarios p¨²blicos que lo han emprendido.El desarrollo de la Constituci¨®n a trav¨¦s de las leyes org¨¢nicas y ordinarias tiene forzosamente que atemperarse a ritmos y a prioridades que pueden retrasar durante muchos meses algunos importantes puntos de, dicho desarrollo. As¨ª ocurre con los art¨ªculos 28 y 103 de la Constituci¨®n, que precisan para su desarrollo la promulgaci¨®n de leyes sobre el derecho de sindicaci¨®n, las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios p¨²blicos, el derecho a la huelga de los trabajadores, las garant¨ªas para que el paro asegure el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad y el estatuto de los funcionarios p¨²blicos. Existe, pues, un vac¨ªo legal que no va a ser colmado de manera inmediata, pero que tampoco permite sentar c¨¢tedra acerca del tratamiento que en el futuro d¨¦ el Congreso en cuestiones tan delicadas como los medios l¨ªcitos que los empleados en la Administraci¨®n p¨²blica pueden utilizar para la defensa de sus intereses.
Por lo dem¨¢s, las reivindicaciones econ¨®micas que han llevado a oficiales, auxiliares y agentes de la Administraci¨®n dejusticia a declararse en huelga son, cuando menos, razonables. El proyecto de ley de retribuciones del poder judicial, enviado por el Gobierno al Congreso a finales de septiembre, s¨®lo incluye a los magistrados, jueces, fiscales, secretarios y m¨¦dicos forenses. La exclusi¨®n del resto de los funcionarios de la Administraci¨®n de justicia resulta tanto m¨¢s sorprendente cuanto que un anterior proyecto de ley, inmediatamente anterior a la disoluci¨®n de las Cortes en diciembre y deca¨ªdo tras las convocatorias de nuevas elecciones, los abarcaba. Por lo dem¨¢s, el car¨¢cter caprichoso y arbitrario del proyecto queda puesto de relieve al comprobar que las fronteras para delimitar el poder judicial han sido mal colocadas. En efecto, al poder judicial, en sentido estricto, s¨®lo pertenecen jueces y magistrados, siendo dudosa la adscripci¨®n de los fiscales -jerarquizados y dependientes de las instrucciones del Gobierno- a esa ¨¢rea, y claramente inadecuada en lo que a los secretarios judiciales y m¨¦dicos forenses se refiere.
La independencia del poder judicial precisa de los medios y recursos presupuestarios que garanticen la posibilidad de su ejercicio no mediatizadoi Nos parece necesario y excelente mejorar el nivel de retribuciones de magistrados y jueces. Pero de poco servir¨¢ esa medida si los funcionarios que les auxilian en sus tareas son mantenidos en una situaci¨®n de precariedad e irritaci¨®n que les conduzca al paro o a las huelgas de celo, les motive para la ineficiencia o les debilite para resistir a las tentaciones de la corrupci¨®n.
La raz¨®n que asiste a los oficiales de la Administraci¨®n de justicia en sus reivindicaciones econ¨®micas, que el Gobierno deber¨ªa satisfacer, no implica que el medio elegido para defenderlas -la huelga indefinida- sea el m¨¢s correcto, y desde luego no se extiende a otros aspectos de su protesta. La pretensi¨®n de conferir un estatuto de derecho a las funciones judiciales que los oficiales realizan de hecho es inaceptable. Es cierto que los oficiales reciben declaraciones, e incluso redactan resoluciones, pero tambi¨¦n es verdad que esa irregularidad-, con-sentida en la pr¨¢ctica y justificada por el malthusianismo aplicado a la carrera judicial, tiene que ser suprimida cuanto antes. Los oficiales, auxiliares y agentes deben ser incluidos en el proyecto de ley de remuneraciones del poder judicial, entre otras cosas, porque no son funcionarios p¨²blicos sin m¨¢s, trasladables a otras ramas del Estado. Pero una ampliaci¨®n sustancial del escalaf¨®n de la carrera judicial y una multiplicaci¨®n del n¨²mero de juzgados es la ¨²nica respuesta v¨¢lida para el desbordante trabajo que amenaza con ahogar en papeles a los tribunales y con llevar a la desesperaci¨®n a litigantes y procesados.
En cuanto a los intentos de algunos sectores del llamado Sindicato Libre e Independiente de los Cuerpos de la Administraci¨®n de Justicia para politizar en sentido antidemocr¨¢tico el conflicto, baste con recordar que una de las escasas manifestaciones p¨²blicas de esa agrupaci¨®n fue solidarizarse con el tristemente c¨¦lebre manifiesto de un grupo de polic¨ªas para declararse ?dolorosamente hartos? de las instituciones democr¨¢ticas. Los representantes del Sindicato Libre e Independiente, que se adhirieron al homenaje al se?or De Miguel, uno de los magistrados que sent¨® lajurisprudencia que ilegaliz¨® y penaliz¨® a Comisiones Obreras en la etapa final del franquismo, deber¨ªan explicar a la opini¨®n c¨®mo conciliar su actual ejercicio del derecho de huelga y su a?oranza por la ¨¦poca en que ese derecho era un delito duramente castigado.
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