Dos grandes asociaciones profesionales se perfilan en el seno de la magistratura
Con la entrada en vigor, el pasado d¨ªa 1, de la ley org¨¢nica del Consejo General del Poder Judicial, que abre el proceso electoral para la constituci¨®n del nuevo ¨®rgano de gobierno de la Magistratura espa?ola, comienzan a perfilarse las distintas opciones asociativas de car¨¢cter profesional que propugnan los jueces y magistrados espa?oles.
El objetivo inmediato del movimiento asociativo en marcha es participar en la batalla electoral que ha de llevar a doce representantes de la Magistratura (tres magistrados del Tribunal Supremo, cinco magistrados, un juez de primera instancia e instrucci¨®n, un magistrado de Trabajo y dos jueces de distrito) al primer Consejo General del Poder Judicial. Con vistas a la elecci¨®n de este ¨®rgano, que se prev¨¦ para mediados de mayo pr¨®ximo, el presidente del Tribunal Supremo deber¨¢ convocar, antes del pr¨®ximo d¨ªa 15 del actual, a la junta electoral, que ha de poner en marcha el proceso electoral. Al mismo tiempo, en estos d¨ªas deber¨¢n hacerse p¨²blicas las normas electorales que han de regular dichas elecciones.Por otra parte, el Congreso y el Senado deber¨¢n proponer pr¨®ximamente sus ocho candidatos no judiciales, cuatro y cuatro, respectivamente, elegidos entre abogados y juristas de reconocida competencia, para completar el n¨²mero de veinte vocales que integrar¨¢n el Consejo General del Poder Judicial. Los partidos parlamentarios, fundamentalmente UCD y PSOE, comienzan ya a barajar los nombres de sus candidatos para llegar finalmente a la confecci¨®n de una lista proporcionalmente muy parecida a la establecida por ambos partidos respecto a los candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional.
El mismo d¨ªa 1 de febrero, en que entraba en vigor la ley org¨¢nica del Consejo General del Poder Judicial, se pon¨ªa legalmente en marcha, con la presentaci¨®n de sus estatutos ante la autoridad competente, la primera asociaci¨®n profesional de los jueces y magistrados espa?oles, con el nombre de Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura. Dicha Asociaci¨®n, adem¨¢s de la defensa de los intereses y derechos profesionales de todos sus miembros, tiene como uno de sus fines m¨¢s importantes ?la defensa y promoci¨®n de los principios, derechos y libertades consagrados en la Constituci¨®n?. Hasta el momento se han adherido a dicha Asociaci¨®n m¨¢s de quinientos jueces y magistrados, de los 2.000 en total que componen el escalaf¨®n en Espa?a.
En Madrid est¨¢ prevista para el pr¨®ximo d¨ªa 6 una asamblea constituyente de la secci¨®n territorial de dicha asociaci¨®n, cuya comisi¨®n promotora ha estado formada por los jueces y magistrados, de conocida trayectoria liberal y progresista, Carlos de la Vega y Adolfo Carretero, magistrados del Tribunal Supremo; Fernando Ledesma, magistrado de la Audiencia Nacional; Juan Antonio Rossignoli, magistrado de la Audiencia Territorial; Juan Antonio Linares, magistrado de Trabajo, y V¨ªctor Sierra, juez de distrito.
La comisi¨®n permanente de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, cuyos estatutos ponen especial cuidado en evitar la existencia de ¨®rganos centralizados y en dar, por el contrario, peso espec¨ªfico a los distintos territorios judiciales, estar¨¢ formada, como vocales natos, por los presidentes de las distintas secciones territoriales. aparte de los vocales elegidos cada dos a?os por el congreso. La preocupaci¨®n descentralizadora de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, cuyo congreso constituyente est¨¢ previsto para el pr¨®ximo d¨ªa 7 de marzo, se pone de manifiesto en el sistema establecido en sus estatutos para la elecci¨®n de los candidatos al Consejo General del Poder Judicial.
Los tres candidatos pertenecientes a la categor¨ªa de magistrado del Tribunal Supremo ser¨¢n elegidos por el sistema mayoritario, mientras que los nueve restantes y sus suplentes (cinco magistrados, un juez de instrucci¨®n y primera instancia, un magistrado de Trabajo y dos jueces de distrito) ser¨¢n elegidos de tal modo que ning¨²n territorio judicial pueda obtener m¨¢s de dos puestos de vocales y uno de suplente.
Adem¨¢s de su af¨¢n descentralizador, los promotores de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura en los distintos territorios judiciales donde aqu¨¦llas se han constituido o est¨¢ a punto de constituirse han puesto especial inter¨¦s en que en los estatutos no aparezca la estructura jer¨¢rquica propia del poder judicial, sino que todos sus miembros tengan, sea cual sea su categor¨ªa, las mismas posibilidades para acceder a sus ¨®rganos directivos. En la carta dirigida por los promotores de la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, junto con una copia del proyecto de los estatutos. a sus compa?eros jueces y magistrados, se dice lo siguiente: ?De los propios estatutos puedes deducir su verdadera y sustancial naturaleza. De un lado, se afirma su independencia de los poderes p¨²blicos, de los partidos pol¨ªticos y de los sindicatos, y de otro, se propugna la defensa de los superiores valores de la justicia y de nuestros intereses. ?
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