Reflexiones a partir del refer¨¦ndum andaluz
Es obvio que los resultados del refer¨¦ndum de Andaluc¨ªa, constitucionalmente definitorios, deben ser objeto de una profunda y serena reflexi¨®n pol¨ªtica, por encima de toda consideraci¨®n partidista.El tema -el tema real- no es tanto Andaluc¨ªa como el Estado mismo, porque la constituci¨®n de cada comunidad aut¨®noma es un jal¨®n en el proceso de transformaci¨®n de la estructura estatal. No creo por ello que sea buen camino aislar en cada momento el acceso a la autonom¨ªa de una u otra comunidad, prescindiendo del enfoque global del proceso auton¨®mico entendido justamente como proceso de distribuci¨®n territorial del poder estatal.
El problema no es, desde luego, nuevo en la Historia de Espa?a. Por el contrario, est¨¢ en la base de la formaci¨®n de nuestra propia unidad nacional y resurge con intensidad a la superficie, recurrentemente, cada vez que en nuestro pa¨ªs se abre un per¨ªodo de crisis profunda o se inicia una etapa de libertades p¨²blicas constituidas. Nuestra unidad nacional -es preciso reconocerlo as¨ª- tiene ciertas fisuras, siempre insuficientemente soldadas, y para las que, en el marco de la unidad de Espa?a y de la viabilidad del Estado espa?ol, nunca se ha encontrado un cauce pol¨ªtico e institucional plenamente aceptado y respetado como definitivo por todas las partes interesadas.
En la elaboraci¨®n de la vigente Constituci¨®n la consecuci¨®n de un compromiso sobre tan dif¨ªcil y complejo problema abri¨® una puerta a la esperanza, a pesar del abandono final de los nacionalistas vascos, porque los propios preceptos constitucionales dejaban un amplio margen a la configuraci¨®n de unos estatutos de autonom¨ªa generosos y razonables que, sin embargo, no pusiesen en riesgo la funcionalidad del Estado y la unidad de decisi¨®n en todo lo que es esencial a la existencia de un Estado moderno. Pero no se trataba, no pod¨ªa tratarse, s¨®lo de resolver la ?cuesti¨®n vasca? o la ?cuesti¨®n catalana?, aun cuando fuesen problemas pol¨ªticamente m¨¢s acuciantes, por virtud de unos resultados electorales que eran, en buena medida, el reflejo de una situaci¨®n sociohist¨®rica preexistente con dimensiones o singularidades ciertamente nuevas. En esta ocasi¨®n, la experiencia vivida por nuestro pa¨ªs durante la II Rep¨²blica, la necesidad de descentralizar pol¨ªtica y administrativamente un Estado antifuncional, r¨ªgida y fuertemente centralizado que hab¨ªa ahogado todo tipo de vida local y la exigencia de evitar en la Constituci¨®n la consagraci¨®n de agravios comparativos susceptibles de engendrar un sentimiento antivasco o anticatal¨¢n, aconsejaron introducir en el texto constitucional la posibilidad de regionalizar plenamente Espa?a mediante la vertebraci¨®n de un Estado de autonom¨ªas.
Se abr¨ªa as¨ª un camino, necesariamente largo, para transformar en profundidad la naturaleza, la estructura y el funcionamiento de la instituci¨®n estatal, al tiempo que se pretend¨ªa devolver a las provincias y a los municipios un ¨¢mbito real de actuaci¨®n propia que sirviese de base para revitalizar progresivamente la vida c¨ªvica en las colectividades peque?as y medianas.
Semejante proceso de cambio exig¨ªa -exige- un planteamiento riguroso y estricto del ejercicio del poder en las instituciones de todos estos distintos niveles territoriales. Ni el ayuntamiento, ni la diputaci¨®n provincial, ni los ¨®rganos de autogobierno, definitivos o provisionales, de las comunidades aut¨®nomas pueden ser -y menos a¨²n en pleno proceso de cambio- plataformas de confrontaci¨®n permanente con el poder central, con el Gobierno y el Parlamento entendidos como ¨®rganos constitucionales. Puede haber, y es l¨®gico que haya, roces, tensiones, incluso enfrentamientos coyunturales, como consecuencia de las diferentes posiciones ideol¨®gicas de los partidos que detentan el ejercicio del poder en las instituciones de los distintos niveles territoriales o como derivaci¨®n ineludible de las dificultades y lentitud del propio proceso de cambio. Pero una estrategia de permanente confrontaci¨®n, de creaci¨®n de contrapoderes para neutralizar la capacidad de decisi¨®n del Gobierno constitucional o para suplantar la capacidad legislativa, de debate y de control del Parlamento hace inviable la operaci¨®n de transformaci¨®n del Estado. Y sin embargo, en los ¨²ltimos meses, conscientemente en unos e inconscientemente en otros, ha prevalecido este planteamiento, especialmente en el enfoque e impulso del proceso auton¨®mico. Hab¨ªa que ?arrancar a Madrid? todo y cuanto antes. Con pretendido sentido del humor se ha dicho que el presidente del Gobierno pod¨ªa quedar reducido a presidente de las dos Castillas. Iron¨ªas al margen, y aceptada la broma, la afirmaci¨®n es grave por lo que aflora de un subconsciente o de un inconsciente. Porque es grave en verdad que el presidente del Gobierno constitucional de Espa?a despu¨¦s de unas elecciones generales pueda alg¨²n d¨ªa carecer de las atribuciones necesarias para gobernar el pa¨ªs, como consecuencia de una determinada concepci¨®n de las autonom¨ªas o de los ¨®rganos de gobierno locales y como consecuencia de una correlaci¨®n de fuerzas distinta en las instituciones locales o auton¨®micas.
La distribuci¨®n territorial
La distribuci¨®n territorial del poder del Estado pasa, muy en primer t¨¦rmino, por salvaguardar institucionalmente la capacidad de decisi¨®n del Gobierno, que, en cuanto tal y cualquiera que sea su signo ideol¨®gico, ha de gestionar los intereses estatales b¨¢sicos. Pasa, en segundo lugar, por una distribuci¨®n de competencias racional y n¨ªtida entre el Estado, la comunidad aut¨®noma, la provincia y el municipio. Y pasa, finalmente, por un ejercicio del poder regional y local que se atenga estrictamente a su ¨¢mbito territorial y a las atribuciones y cuestiones que le son espec¨ªficamente propias.
Todo ello exige un nuevo ordenamiento jur¨ªdico, unos nuevos textos legales, que requieren reflexi¨®n y tiempo para su elaboraci¨®n sin apresuramientos ni improvisaciones. Y exige despu¨¦s una aplicaci¨®n gradual que vaya configurando una pr¨¢ctica eficaz en el marco de la legalidad nueva.
Desgraciadamente -y es responsabilidad de todos-, el refer¨¦ndum de Andaluc¨ªa no ha estado presidido por planteamientos de esta ¨ªndole. Ha prevalecido la idea de confrontaci¨®n con ?el Gobierno de Madrid? y el agravio comparativo con Catalu?a y el Pa¨ªs Vasco. Ha primado, en suma, una concepci¨®n m¨¢s sentimental que racional. Y sin olvidar que la movilizaci¨®n de sentimientos es siempre, de una u otra forma, uno de los componentes de la pol¨ªtica, todos debemos hoy hacer un esfuerzo por tener presente el Estado, porque la transformaci¨®n de la instituci¨®n estatal no forma parte de la vida pol¨ªtica ordinaria, sino que es un objetivo singular de nuestro momento pol¨ªtico, en el que est¨¢ en juego el Estado mismo y, con ¨¦l, todas y cada una de las comunidades aut¨®nomas. De ah¨ª que resulte aconsejable un planteamiento global y homog¨¦neo del proceso auton¨®mico en el que el acceso a la autonom¨ªa de cada regi¨®n no se enfoque como un problema pol¨ªtico aislado y no se conciba como un forcejeo con ?Madrid?, porque en cada autonom¨ªa no se decide el porvenir de la regi¨®n de que se trate, sino la configuraci¨®n del nuevo Estado democr¨¢tico y el fortalecimiento de nuestra unidad nacional.
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