El diputado Sagaseta propone una ley antifascista
Fernando Sagaseta, diputado de Uni¨®n del Pueblo Canario, present¨® ayer a la Mesa del Congreso un proyecto de ley antifascista. Dicho texto, ?lejos de recortar las libertades democr¨¢tico-formales?, dice el autor de la proposici¨®n, ?ser¨¢ un instrumento para mantener las m¨ªnimas condiciones morales, jur¨ªdicas y pol¨ªticas que permitan hacerlas sobrevivir y desarrollar?.El diputado Sagaseta es consciente de que una ley antifascista no ser¨¢ por s¨ª sola suficiente para erradicar por completo las pr¨¢cticas fascistas, y que no impedir¨¢ que sectores residuales de esas organizaciones sigan atentando contra las libertades, pero ?es tambi¨¦n cierto?, a?ade, ?que el estatuto de legalidad del que hoy gozan dejar¨¢ de constituir una protecci¨®n oficial a sus actividades delictivas, y la tolerancia gubernativa que deriva de esa legalidad ya no ser¨¢ en lo sucesivo un factor de est¨ªmulo para sus acciones y su propaganda ideol¨®gica?.
El articulado de la proposici¨®n considera il¨ªcitas las organizaciones y asociaciones pol¨ªticas que en sus estatutos, o en su conducta pol¨ªtica, declaraciones y escritos de sus dirigentes o actividad de sus asociaciones adopten, defiendan o difundan la doctrina fascista, caracterizada por su belicismo, colonialismo, racismo y culto a la vio lencia f¨ªsica, con la intenci¨®n de impedir las libertades y derechos fundamentales de la persona?.
Asimismo, considera incluidas en el apartado anterior a las organizaciones y asociaciones ?que hagan apolog¨ªa de los rasgos represivos, s¨ªmbolos y lemas de los reg¨ªmenes fascistas y sigan propugn¨¢ndolos en la pr¨¢ctica, con la incitaci¨®n al acceso del Ej¨¦rcito al poder pol¨ªtico, mediante un golpe de Estado, para retrotraer a nuestra sociedad a un r¨¦gimen militar similar al franquista?. Asimismo quedar¨ªan prohibidos -seg¨²n esta proposici¨®n- los medios de comunicaci¨®n social que hagan apolog¨ªa de la ideolog¨ªa fascista.
La consecuencia de la declaraci¨®n de ilicitud de dichas organizaciones ser¨ªa su disoluci¨®n por la autoridad judicial competente, as¨ª como la incautaci¨®n de sus bienes y medios por el Estado.
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