UCD se opuso a la supresi¨®n de los tribunales de honor y a la amnist¨ªa a los militares de la UMD
La Comisi¨®n de Justicia del Congreso concluy¨® ayer el dictamen de la reforma del C¨®digo de Justicia Militar. Los socialistas intentaron, sin ¨¦xito, suprimir los tribunales de honor en el ¨¢mbito castrense y que prosperasen dos enmiendas a las disposiciones transitorias, en las que trataban de introducir una cl¨¢usula de amnistia o, en su defecto, de revisi¨®n de los procesos para los condenados como miembros de la Uni¨®n Militar Democr¨¢tica (UMD).
El primer tema trascendente que se plante¨® en la sesi¨®n de ayer fue la supresi¨®n de los tribunales de honor a trav¨¦s de dos enmiendas defendidas por los socialistas Joaqu¨ªn Navarro y Julio Busquets. Luis Vega Escand¨®n, en nombre de UCD, se opuso argumentando que no era el momento de discutir el tema, por tratarse de una reforma parcial del c¨®digo.Navarro replic¨® que se trataba de un tema de decisiva importancia para el conjunto de la reforma parcial del c¨®digo castrense, y explic¨® todos los riesgos que comportan los tribunales de honor, sin ning¨²n tipo de garant¨ªas jur¨ªdicas, sin seguridad para los encausados y con posibilidad de decidir incluso la separaci¨®n definitiva del servicio. El diputado socialista asegur¨® que a su grupo la permanencia de estos tribunales de honor le parec¨ªa ?una ofensa a las Fuerzas Armadas y a los tribunales militares?. La enmienda no prosper¨®, por dieciocho votos en contra y trece a favor.
A t¨ªtulo m¨¢s anecd¨®tico, aunque significativo en cuanto a algunas directrices que subsisten en el C¨®digo de Justicia Militar, hay que citar la enmienda socialista, aprobada por unanimidad y que suprimi¨® el p¨¢rrafo segundo del art¨ªculo 296 del c¨®digo castrense, que se?alaba, al tipificar como delito posibles gritos pronunciados en actos militares, que ?cuando en el acto no se descubra al que d¨¦ la voz sufrir¨¢n la pena de reclusi¨®n militar?, dec¨ªa el c¨®digo, ?seis individuos que los jefes all¨ª presentes concept¨²en m¨¢s pr¨®ximos al sitio de donde hubiese salido aqu¨¦lla, de cuya pena quedar¨¢n exentos si averiguare cu¨¢l sea el verdadero culpable?. Esto, que alg¨²n diputado centrista calific¨®, en privado, como la ?pena ac¨²stica? qued¨® ayer abolido.
Tambi¨¦n hubo acuerdo total sobre las disposiciones transitorias sexta y s¨¦ptima, que se?alan la necesidad de que ?el Consejo Supremo de Justicia Militar y las autoridades militares de los Ej¨¦rcitos, por propia iniciativa, a instancias del fiscal o a petici¨®n del procesado o su defensor, se inhibir¨¢n de inmediato a favor de los tribunales y juzgados de la jurisdicci¨®n ordinaria de los procedimientos en que no hubiera reca¨ªdo sentencia y de los que se hallaren conociendo por hechos que hayan dejado de ser de su competencia, con arreglo a las modificaciones introducidas en el C¨®digo de Justicia Militar por la presente ley?.
Esta disposici¨®n supone una salvaguardia total respecto de los procesamientos de civiles por tribunales militares, que en la actualidad est¨¢n en tr¨¢mite.
La disposici¨®n transitoria s¨¦ptima establece, por su parte, que ?se aplicar¨¢ de oficio, o a instancia de parte interesada, la suspensi¨®n de condena a los penados que estuviesen cumpliendo las que le fueron impuestas con arreglo a la legislaci¨®n anterior, y que puedan ser objeto de tal beneficio conforme a la nueva redacci¨®n del art¨ªculo 245 del C¨®digo de Justicia Militar.
Por fin cabe se?alar que el socialista Joaqu¨ªn Navarro pretendi¨® introducir una disposici¨®n transitoria en la que se estableciese que ?las penas accesorias impuestas a militares profesionales en consejo de guerra celebrado para sancionar hechos incruentos, y de intencionalidad pol¨ªtica cometidos antes de la proclamaci¨®n del Rey y que no hubieran sido amnistiados hasta el presente, quedar¨¢n sin efecto?.
Navarro explic¨® que se refer¨ªa espec¨ªficamente a los militares de la Uni¨®n Militar Democr¨¢tica (UMD), sancionados con la separaci¨®n del Ej¨¦rcito, porque en la actualidad sus conductas pod¨ªan enjuiciarse como perfectamente democr¨¢ticas, y a?adi¨® que no ped¨ªa la amnist¨ªa, sino que quedasen sin efecto las penas accesorias de separaci¨®n del servicio.
Garc¨ªa Romanillos, en nombre de UCD, se opuso a esta pretensi¨®n, asegurando que no era procedente, desde el punto de vista formal, incluir una disposici¨®n de amnist¨ªa en la reforma de una ley como el C¨®digo de Justicia Militar. Navarro replic¨® que lamentaba la posici¨®n de los centristas al ?quitarse de encima un problema con la trascendencia de ¨¦ste, por razones puramente formales?.
Garc¨ªa Romanillos replic¨® que el derecho tambi¨¦n es un problema de forma, que existen otros procedimientos para dar cauce a la pretensi¨®n socialista, pero sin incluirla en la reforma del c¨®digo castrense. La enmienda fue rechazada por once votos a favor, y diecisiete en contra, y Gregorio Peces-Barba, en turno de explicaci¨®n de voto, lament¨® la ?falta de sensibilidad del partido del Gobierno? ante el problema.
Posteriormente, tambi¨¦n sin ¨¦xito, el socialista Busquets defendi¨® la posibilidad de que los condenados por hechos incruentos y de intencionalidad pol¨ªtica pudieran acudir a la v¨ªa del recurso de revisi¨®n. Se opuso de nuevo Garc¨ªa Romanillos, asegurando que es un principio inamovible la irretroactividad de las leyes procesales.
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