La madre de Benayas denuncia al juez de Segovia ante la inspecci¨®n de tribunales
El letrado Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano, en defensa de los intereses de Georgina Manzanares, madre de Jorge Rafael Benayas -quien se suicid¨® el pasado mes de julio en la prisi¨®n de Segovia-, ha presentado denuncia ante la Inspecci¨®n Central de Tribunales contra el juez Jos¨¦ Mar¨ªa G¨®mez Pantoja, titular del juzgado de instrucci¨®n de la citada ciudad, por supuestas deficiencias e irregularidades observadas en la tramitaci¨®n del sumario abierto contra el hijo de su cliente, acusado de supuesta malversaci¨®n de treinta millones de pesetas en la Caja Postal de Ahorros de Segovia. En la denuncia se solicita, tras la oportuna investigaci¨®n de los hechos que denuncia, la imposici¨®n de la correcci¨®n que corresponda al magistrado juez dienunciado.
Al mismo tiempo, el citado letrado ha presentado tambi¨¦n recurso ante la Audiencia Provincial de Segovia contra la resoluci¨®n del juez, que negaba la pr¨¢ctica de la autopsia del cad¨¢ver de Jorge Rafael Benayas, la cual se realiz¨® posteriormente por decisi¨®n de sus familiares y a costa de ¨¦stos, seg¨²n se afirma en el texto del recurso. La representaci¨®n legal de la madre de Jorge Rafael Benayas solicita que se declare la procedencia de la autopsia por ser legalmente obligatoria esta prueba en los casos de muerte en los que pueda sospecharse que ha habido violencia, y se disponga que los gastos de la misma corran por cuenta del Juzgado de Instrucci¨®n de Segovia.La primera supuesta irregularidad que se denuncia en el escrito presentado en la Inspecci¨®n Central de Tribunales es la forma -simple comunicaci¨®n verbal, sin dictar auto, acordando la pr¨¢ctica de la citada prueba- en que el juez solicit¨® de dos m¨¦dicos un informe pericial psiqui¨¢trico sobre el estado de Jorge Rafael Benayas. A pesar de la protesta de la representaci¨®n legal de la interesada, el juez -se dice en el escrito de denuncia- no subsan¨® esta deficiencia y, por tanto, se hurt¨® a la interesada la posibilidad de poder recusar a los peritos nombrados y de utilizar la facultad legal de nombrar a su costa un perito que interviniera.
Tambi¨¦n se denuncia en el escrito la demora de varias pruebas -la mayor parte de ellas de car¨¢cter testifical y de careo que exigen rapidez para no perder eficacia y operatividad- que, si bien no fueron de negadas por el juez, tampoco fueron acordadas, ?sin que se expusiesen las razones que, a su criterio, aconsejaban el retraso de su pr¨¢ctica, contribuyendo a prolongar la investigaci¨®n sumarial en perjuicio de la Administraci¨®n de justicia y de los intereses de la defensa?.
?El caso es?, se dice en el escrito, ?que en el momento del fallecimiento del procesado, siete meses despu¨¦s de instruido el sumarlo y dos meses y medio despu¨¦s de solicitadas las diligancias, ¨¦stas, aunque no hab¨ªan sido denegadas, tampoco hab¨ªa sido acordada su pr¨¢ctica por el juzgado de instrucci¨®n, sin causa fundada o motivada que justificara el retraso?.
Pruebas contradictorias
Una tercera y supuesta irregularidad que se denuncia se refiere a la pr¨¢ctica acordada por el juez de dos pruebas periciales caligr¨¢ficas de resultado contradictorio emitidas, una de ellas, el d¨ªa 29 de enero de 1980 por el Laboratorio de T¨¦cnica Policial de la Comisar¨ªa de Polic¨ªa Judicial, y otra, el 24 de junio siguiente, por la Escuela de Medicina Legal. En la denuncia se manifiesta que, ?a pesar de que el art¨ªculo 484 de la ley de Enjuiciamiento Criminal establece que, si los peritos estuviesen disconformes y su n¨²mero fuera par, nombrar¨¢ el juez otro, el instructor procedi¨® al procesamiento de Jorge Rafael Benayas inmediatamente despu¨¦s de recibido el segundo informe pericial -el de la Escuela de Medicina Legal- sin dar cumplimiento a lo establecido en el art¨ªculo 484 de la ley de Enjuiciamiento Criminal?.
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