Iglesia y divorcio
Adem¨¢s de oportunista, la carta del cardenal primado se podr¨ªa calificar de indignante e hiriente para la sensibilidad e ideolog¨ªa de las personas que no compartimos ni la .soberbia gnoseol¨®gica ni los puntos de vista del cardenal, y, por otra parte, es toda una aportaci¨®n a la confusi¨®n entre la esfera civil y la esfera religiosa en la sociedad.Dice el cardenal que la conciencia de muchos cat¨®licos se ve ?turbada por la confusi¨®n reinante?, aduciendo a continuaci¨®n las, seg¨²n ¨¦l, causas de esta confusi¨®n. Sobre este punto no merece la pena decir otra cosa que tanto la ?turbaci¨®n?, por confusi¨®n, de esos muchos cat¨®licos, como las causas de esta confusi¨®n, son simples ?presunciones? o ?hip¨®tesis? del citado cardenal, bastando alegar, a contrario sensu, que hay quien cree que no existe tal turbaci¨®n en la conciencia de ?muchos cat¨®licos?, que quiz¨¢s s¨®lo sea en la de ?algunos? cat¨®licos, y que, si no se anda alerta, casi seguro que habr¨¢ otro nuevo factor de confusi¨®n que har¨¢ languidecer a los dem¨¢s: su perturbadora carta.
Respecto a lo que dice de que el magisterio de la Iglesia puede proclamar la ilicitud e invalidez de toda ley de divorcio, no s¨®lo ante sus propios fieles, ?sino ante la propia sociedad?, el tema, si no fuera por sus connotaciones ?pintorescas? y por su poca consistencia. te¨®rica, ser¨ªa m¨¢s grave. Pero m¨¢s vale reducirlo a sus justos t¨¦rminos y considerarlo como lo que es: un simple deseo, y por tanto en esto queda, del cardenal primado.
Adem¨¢s, se?or cardenal, seg¨²n el art¨ªculo 1.2 de nuestra Constituci¨®n, ?la soberan¨ªa nacional reside en el pueblo espa?ol, del que emanan todos los poderes del Estado?, y, de acuerdo con el 66.1 del mismo texto, ?las Cortes generales representan al pueblo espa?ol? y no el magisterio de la Iglesia, por lo que dicho ?magisterio? no puede pro clamar la ?ilicitud? e ?invalidez de toda ley de divorcio, y, si eso pretendiera, habr¨ªa que considerarlo inconstitucional.
Cuando el cardenal primado di ce que un debate p¨²blico sobre e tema no ser¨ªa honesto, adem¨¢s de quedar patente el talante ?democr¨¢tico? del citado cardenal hay que decir tambi¨¦n que lo que s¨ª que no es honesto es decir, como se dice en su carta, que ?la autoridad del Estado no puede introducir el divorcio en la legislaci¨®n civil, puesto que ha de legislar atendiendo al bien com¨²n, y ¨¦l divorcio es siempre el mal mayor?. El cardenal primado no es qui¨¦n, ni tiene derecho a privar del divorcio a quien voluntariamente quiera ejercitarlo./
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