Reducci¨®n de las incompatibilidades para los m¨¦dicos y gradualismo en su entrada en vigor
Los m¨¦dicos y el personal sanitario de la Administraci¨®n podr¨¢n compatibilizar dos puestos de trabajo, uno hospitalario y otro extrahospitalario, o dos extrahospitalarios, siempre que no lo impidan los horarios o las dem¨¢s circunstancias objetivas, seg¨²n una enmienda al art¨ªculo del proyecto de ley de presupuestos generales del Estado sobre incompatibilidades del personal sanitario.Esta enmienda, que fue dada a conocer ayer por fuentes del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, supone no s¨®lo una ampliaci¨®n de las compatibilidades, sino tambi¨¦n un gradualismo en la entrada en vigor de las disposiciones. La enmienda estima en tres a?os el per¨ªodo necesario de transitoriedad para evitar que la aplicaci¨®n de las incompatibilidades produzca un vac¨ªo de asistencia sanitaria. Las vacantes a que diera lugar la aplicaci¨®n de la nueva ley se cubrir¨¢n obligatoriamente en un 20% de las mismas el primer a?o; en un 30%, el segundo, y en un 50%, el tercero.
Cuando la compatibilidad prevista por la enmienda se refiera a dos puestos de car¨¢cter no hospitalario, ¨¦stos deber¨¢n corresponder a centros dependientes de distintas administraciones p¨²blicas, Seguridad Social, empresas estatales u otras del sector p¨²blico, incluy¨¦ndose en este apartado los centros asistenciales concertados.
La remuneraci¨®n por desempe?o del segundo puesto de trabajo consistir¨¢ en una cantidad equivalente a un porcentaje del 75% del sueldo base o inicial, a percibir en concepto de gratificaci¨®n, sin devengo de pagas extraordinarias y ning¨²n otro concepto retributivo, a excepci¨®n del grado correspondiente a dicho puesto de trabajo, en el caso de que existiera. La enmienda, seg¨²n fuentes de Sanidad, s¨®lo pretende racionalizar la aplicacion del principio de incompatibilidades.
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