Las farmacias de guardia de Madrid y provincia inician una huelga de celo indefinida a partir del d¨ªa 1 de enero
A partir de las cero horas del dia 1 de enero, las farmacias de guardia de Madrid y su provincia despachar¨¢n exclusivamente aquellos productos que vayan solicitados con recetas m¨¦dicas de urgencia, seg¨²n acord¨® ayer la junta de gobierno del Colegio Oficial de Farmac¨¦uticos de Madrid. La simple receta m¨¦dica no ser¨¢ suficiente si en ella no se estipula por escrito la urgencia. El acuerdo se tom¨® luego de que el secretario de Estado de Sanidad y Seguridad Social, doctor Varela U?a, comunicase en un escrito oficial que era ilegal y, por tanto, inaplicable la pretensi¨®n de los farmac¨¦uticos de cobrar un suplemento especial de doscientas pesetas por cada producto despachado, sin el requisito citado de la receta m¨¦dica de urgencia en horas de guardia, seg¨²n informaron fuentes farmac¨¦uticas.
En la pr¨¢ctica, la huelga de celo de los farmac¨¦uticos supondr¨¢, adem¨¢s de un grave trastorno para el usuario, un colapso total del aparato de la Seguridad Social de Madrid y su provincia, de llevarse la medida anunciada adelante, porque para la dispensa de cualquier medicamento o producto farmac¨¦utico ser¨¢ necesario que un m¨¦dico de urgencia extienda una receta en la que se especifique que la venta es urgente.Por estar cerradas las farmacias casi quince horas y media de las veinticuatro diarias, la necesidad de adquirir un producto farmac¨¦utico cualquiera fuera de las horas comerciales (desde aspirinas hasta productos para los ni?os) puede convertirse para el usuario en urgencia, lo que en la mayor¨ªa de los casos no ser¨¢ entendido como tal por los m¨¦dicos de guardia (pocos y mal dotados en general), con lo que el contrasentido ser¨¢ moneda corriente entre los consumidores. La medida anunciada por los farmac¨¦uticos afectar¨¢ al siguiente horario: desde las 14.00 a las 16.30 horas y desde las 20.00 a las 9.30 horas del d¨ªa siguiente, adem¨¢s de las jornadas completas de domingos y festivos y los s¨¢bados por la tarde.
En un comunicado emitido anoche por el Colegio Oficial de Farmac¨¦uticos de Madrid se afirmaba que la medida se tomaba por ?la actitud de total incomprensi¨®n por parte de la Administraci¨®n hacia los farmac¨¦uticos?, y que la misma se mantendr¨ªa en tanto no se llegase a un acuerdo entre las dos partes. Los farmac¨¦uticos responsabilizan a la Secretar¨ªa de Estado del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social ?de cuantos perjuicios puedan ocasionar al consumidor al mantener una postura ciega ante planteamientos profesionales que son justas reivindicaciones de un sector sanitario, siempre hostigado y nunca comprendido por ese Ministerio de Sanidad y Seguridad Social?.
La Direcci¨®n General de Farmacia del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social rehus¨® anoche hacer comentario alguno sobre la medida que los farmac¨¦uticos van a comenzar a aplicar a partir de las doce de la noche de ma?ana y se desconocen, por tanto, las posibles reacciones oficiales y las medidas que sin duda habr¨¢n de tomarse para evitar la huelga de celo. Estos, por su parte, manifestaron anoche, a trav¨¦s de un portavoz oficial, que ser¨ªan inflexibles y que s¨®lo el levantamiento de la prohibici¨®n de cobrar el canon de las doscientas pesetas por parte de Sanidad les har¨ªa volver atr¨¢s en su intenci¨®n.
Una larga pol¨¦mica
La radical postura del Colegio de Farmac¨¦uticos es el ¨²ltimo eslab¨®n de una batalla planteada por los farmac¨¦uticos hace ya varios meses. Seg¨²n estad¨ªsticas presentadas por ¨¦stos, m¨¢s del 90% de los productos expendidos en horas de guardia no eran medicamentos, por lo que solicitaban un cobro extra de doscientas pesetas por cada producto despachado en esas horas en concepto de honorarios profesionales.Hace unos d¨ªas (martes 23), el Gobierno Civil de Madrid -a trav¨¦s de la Comisi¨®n Provincial de Precios- se inhibi¨® de la pol¨¦mica, y se?al¨® que las relaciones entre los farmac¨¦uticos y la Administraci¨®n deb¨ªan ser llevadas por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, como est¨¢ establecido en la ley de diciembre de 1978. Posteriormente, el Ministerio de Econom¨ªa y Comercio (jueves 25 de diciembre) se despach¨® con otra nota oficial, en la que se?alaba que el pretendido cobro del canon especial de doscientas pesetas no se ajustaba a la legalidad y, por tanto, no pod¨ªa aplicarse. El Ministerio de Econom¨ªa y Comercio se?alaba que las especialidades farmac¨¦uticas se encontraban dentro del r¨¦gimen de precios autorizados dentro del ¨¢mbito nacional, que la elevaci¨®n de precios deb¨ªa de ser solicitada a la Junta Superior de Precios y que deb¨ªa de ser en todo caso la Comisi¨®n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ¨®micos la que diera el visto bueno a si proced¨ªa el cobro anunciado.
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