El Gobierno estudia la nueva reglamentaci¨®n de las sociedades de inversi¨®n colectiva
El Ministerio de Econom¨ªa ultima un proyecto de ley sobre sociedades de inversi¨®n colectiva, que reemplazar¨¢ definitivamente a la que en estos momentos se encuentra en vigor, seg¨²n ha podido saber EL PAIS en medios pr¨®ximos al sector. Entre los principales aspectos que recoge el nuevo ordenamiento, figura la prohibici¨®n de que estas sociedades tengan en su cartera acciones o participaciones emitidas por otras entidades de inversi¨®n colectiva, mantener m¨¢s de un 10% de su inversi¨®n en valores emitidos por sus propias sociedades gestoras o depositarias, as¨ª como poseer acciones u obligaciones de una misma sociedad en una proporci¨®n que supere el 20% del capital de ¨¦sta.
Otro punto contemplado en la nueva ley ser¨¢ el ordenamiento de los fondos de pensiones, que constituyen la gran esperanza del mercado de capitales, sobre todo en el campo de las emisiones de renta fija.El origen de la nueva reglamentaci¨®n sobre las sociedades de inversi¨®n colectiva lo sit¨²an fuentes pr¨®ximas a estas sociedades en un pacto entre UCD y el PSOE, en el que se pretend¨ªa dar por zanjado el tratamiento fiscal al que ser¨ªan sometidas estas sociedades. Este acuerdo, asumido a toda prisa, presentaba dos l¨ªneas generales que fueron consideradas como inaceptables, en su d¨ªa, por representantes del sector. Estos dos puntos se refer¨ªan, principalmente, a que las sociedades de inversi¨®n colectiva quedar¨ªan sometidas plenamente al impuesto general sobre sociedades, recibiendo a cambio la posibilidad de desgravar el 100% de los dividendos percibidos, frente al 50% que establece el r¨¦gimen ordinario como desgravaci¨®n m¨¢xima para cualquier tipo de compa?¨ªa.
Este r¨¦gimen fue rechazado por la mayor parte de las sociedades del sector, por cuanto la normativa espec¨ªfica para el sector comportaba una serie de obligaciones (topes m¨¢ximos a la inversi¨®n en valores y a la participaci¨®n en sociedades, imposibilidad de distribuir m¨¢s que una parte muy reducida de sus beneficios y sometimiento a un control mensual por parte del Ministerio de Econom¨ªa), y a cambio s¨®lo proporcionaba la exenci¨®n superior en un 50% al r¨¦gimen general, en el impuesto sobre sociedades, en cuanto a los dividendos percibidos por sus participaciones accionariales.
Entonces, y cediendo a las presiones recibidas -no hay que olvidar que las sociedades de inversi¨®n colectiva son una de las piezas angulares en los mercados de capitales-, el Gobierno asumi¨® el compromiso de regular una normativa para el sector antes de que finalizase el a?o 1979.
Desde entonces se han venido sucediendo distintos proyectos y alternativas, unos elaborados por los representantes del sector y otros por la Administraci¨®n.
El aspecto fiscal
En el proyecto que actualmente se discute, y seg¨²n ha podido saber EL PAIS, se mantienen los criterios iniciales de la Administraci¨®n en cuanto al funcionamiento y operatividad de estas sociedades, mientras que en el aspecto fiscal se han aproximado los criterios a los inicialmente planteados por el sector.En este ¨²ltimo aspecto, el fiscal, que ha sido el aut¨¦ntico caballo de batalla de todas las negociaciones y el punto que ha mantenido en vilo a todo el sector, las sociedades de inversi¨®n colectiva sometidas al r¨¦gimen de transparencia fiscal continuar¨¢n observando el r¨¦gimen com¨²n, es decir, sus socios estar¨¢n sometidos a imposici¨®n directa. Las sociedades que no hayan asumido la transparencia fiscal y que coticen en Bolsa estar¨¢n exentas del impuesto sobre sociedades, y compensar¨¢n con Hacienda tanto las retenciones que se les practiquen en la percepci¨®n de dividendos como en las que ellos a su vez les realicen a sus socios.
Novedades del proyecto
Las principales novedades que se pretende introducir con la nueva ley ser¨¢n b¨¢sicamente la constituci¨®n de una comisi¨®n de control de la gesti¨®n de los administradores por parte de los socios minoritarios (este punto tambi¨¦n ha sido fuertemente contestado por las sociedades por considerar que se est¨¢ dando entrada a elementos no profesionales a la gesti¨®n de su patrimonio, que pueden acabar perjudicando sus resultados).Las relaciones entre la sociedad y la entidad depositarla tambi¨¦n quedar¨¢n sustancialmente modificadas al atribu¨ªrsele a esta ¨²ltima responsabilidades sobre la gesti¨®n del patrimonio de la sociedad. Adem¨¢s, se establece la posibilidad de crear gestoras para las sociedades de inversi¨®n colectiva, siguiendo el modelo que hasta ahora ven¨ªan utilizando los fondos de inversi¨®n. La posibilidad de adquirir acciones propias hasta el 20% del capital de las sociedades, siempre y cuando su valor liquidativo se encuentre por encima de su precio en Bolsa, es otra de las novedades introducidas.
La remisi¨®n a la ley de Sociedades An¨®nimas es pr¨¢cticamente una constante en el nuevo proyecto, y a ella se remiten aspectos tan fundamentales para estas sociedades como son las regularizaciones de sus activos y la distribuci¨®n de sus dividendos. Pero quiz¨¢ la novedad m¨¢s importante la constituya la regulaci¨®n de los fondos de pensiones, a los que se definir¨¢ como sociedades constituidas para desarrollar planes voluntarios de car¨¢cter privado, complementarios a la actuaci¨®n de la Seguridad Social en aspectos tales como accidentes, invalidez, orfandad o fallecimiento. Para ellos establece el proyecto la obligatoriedad de que sean administrados por una sociedad gestora, que su gesti¨®n sea independiente de la empresa en la que se constituyan y tambi¨¦n aparece una comisi¨®n de gesti¨®n.
Seg¨²n expertos fiscales consultados por este diario, las aportaciones que los trabajadores realicen a estos fondos tendr¨¢n el car¨¢cter de inversi¨®n, mientras que las prestaciones que se perciban estar¨¢n sujetas al impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas.
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