Seguridad Social para los emigrantes retornados
El ministro de Sanidad, Alberto Oliart, ha dictado una orden, que publica el Bolet¨ªn Oficial del Estado, por la que se establece convenio en materia de asistencia sanitaria en el r¨¦gimen general de la Seguridad Social en favor de los espa?oles emigrantes que retornan al territorio nacional. La medida entrar¨¢ en vigor el 1 de abril.La orden establece que los trabajadores espa?oles que despu¨¦s de haber desarrollado sus actividades laborales en el extranjero no tuvieran derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria en el territorio nacional de acuerdo con las disposiciones de la legislaci¨®n de la Seguridad Social espa?ola, de la del pa¨ªs de procedencia o de los convenios que pudieran estar establecidos al efecto, podr¨¢n beneficiarse de dichas prestaciones para s¨ª y para sus familiares, siempre que re¨²nan las siguientes condiciones:
a) Ser o haber sido beneficiarios de prestaciones derivadas de un seguro de pensiones, de rentas o de cantidades a tanto alzado sustitutivas de las anteriores en el pa¨ªs que desarrollaron su actividad laboral.
b) Suscribir el oportuno convenio con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con abono, con cargo al interesado, de la cantidad que para cada ejercicio fije el Ministerio de Sanidad.
Esta, medida podr¨¢ extenderse en favor de los familiares de los trabajadores que al tiempo del fallecimiento de los mismos estuviesen a sus expensas y no tuviesen derecho por otro t¨ªtulo a las prestaciones de asistencia sanitaria.
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