Se ampl¨ªa hasta julio el plazo para la concesi¨®n de emisoras de FM
La concesi¨®n de emisoras de frecuencia modulada se ha prorrogado hasta el 25 de julio pr¨®ximo en atenci¨®n de una serie de circunstancias, entre ellas alguna de ¨ªndole documental, seg¨²n ha informado la Secretaria de Estado para la Informaci¨®n.El decreto de 27 de octubre de 1978 y la orden ministerial de 28 de agosto de 1980 regularon la concesi¨®n de 120 emisoras de frecuencia modulada, cuyo plazo de concesi¨®n venci¨® el pasado 25 de febrero. Estas emisoras corresponden a la primera fase (1979-1980) y en la misma se presentaron m¨¢s de seiscientos expedientes solicitando 1.960 emisoras de frecuencia modulada, tanto comerciales como institucionales. Los servicios- administrativos han sido rebasados por ese elevado n¨²mero de expedientes, muchos de los cuales adolec¨ªan de insuficiencias documentales, raz¨®n por la que se concedi¨® a los solicitantes un plazo en diciembre para subsanar las citadas deficiencias.
Ampliaci¨®n de frecuencias
Estas circunstancias,s¨¦g¨²n informa Efe, han aconsejado al Gobierno a dictar un decreto en el que se prorroga la concesi¨®n de las 120 emisoras correspondientes a la primera fase. Simult¨¢neamente se dicta una orden ministerial de la Presidencia del Goblerno abriendo la segunda fase (1981-1982) con 180 nuevas emisoras de frecuencia modulada. La concesi¨®n del total de ellas, trescientas, ha de ser realizada poniendo especial ¨¦nfasis en las caracter¨ªsticas t¨¦cnicas y en la asignaci¨®n de frecuencias y potencias, para circunscribir las emisoras a un ¨¢mbito local delimitado, con evitaci¨®n de posibles interferencias entre emisoras.Ha de resaltarse, seg¨²n la nota emitida por la Secretar¨ªa de Estado para la Informaci¨®n, que en la orden ministerial reguladora de esta segunda fase se contempla la posibilidad de que los peticionarios de la primera fase a quienes no se otorgue concesi¨®n ver¨¢n renovado su derecho de petici¨®n para l¨¢ segunda fase, sin m¨¢s tr¨¢mite que hacerlo constar en la Secretar¨ªa T¨¦cnica de R¨¦gimen Jur¨ªdico de la Radiodifusi¨®n y Televisi¨®n, ¨®rgano que asume las competencias en esta materia, de la antigua Direcci¨®n de Radiodifusi¨®n y Televisi¨®n.
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