Los servicios de inteligencia militar ampl¨ªan su ¨¢mbito de actuaci¨®n
El ¨¢mbito de actuaci¨®n y las competencias atribuidas al Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa (CESID) ha sido ampliado, se?al¨¢ndole responsabilidades espec¨ªficas ?en cuanto interese al cumplimiento de las misiones que a las Fuerzas Armadas encomienda el art¨ªculo octavo de la Constituci¨®n?, seg¨²n el texto de un real-decreto publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado del mi¨¦rcoles. El pre¨¢mbulo de la citada disposici¨®n -que modifica el art¨ªculo veintiuno de otro real-decreto, el 2723/1977, de 2 de noviembre, por el que se estructuraba org¨¢nica y funcionalmente el Ministerio de Defensa- aduce ?que la experiencia acumulada desde esa fecha aconseja introducir determinadas modificaciones en su texto, por lo que se refiere al CESID.Bajo ese eufemismo de ?la experiencia acumulada?, los expertos estiman que se esconden razones m¨¢s graves: el fracaso de los servicios de informaci¨®n, que tan palmariamente puso de manifiesto el frustrado golpe de Estado del 23 de febrero ¨²ltimo.
La nueva redacci¨®n del texto legal que ampara la existencia del CESID aporta pocas modificaciones. La m¨¢s se?alada es la extensi¨®n de su ¨¢mbito de actuaci¨®n ?a cuanto interese al cumplimiento de las misiones que a las Fuerzas Armadas encomienda el art¨ªculo octavo de la Constituci¨®n?. A tenor de este precepto de nuestra ley de leyes: ?Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ej¨¦rcito de Tierra , la Armada y el Ej¨¦rcito del Aire , tienen como misi¨®n garantizar la soberan¨ªa e independencia de Espa?a, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional?.
Cambio del texto
Quienes conoc¨ªan la decidida determinaci¨®n del anterior titular del departamento de Defensa, Agust¨ªn Rodr¨ªguez Sahag¨²n, de posibilitar el nombramiento de un civil para la direcci¨®n del CESID, dentro de un prop¨®sito m¨¢s amplio que inclu¨ªa tambi¨¦n la presencia de otros civiles al frente, por ejemplo, de la oficina de Prensa, juzgan que la exigencia mantenida en ¨¦l nuevo texto de que el puesto sea ocupado por un oficial general supone un claro y preocupante retroceso.El primer director del CESID fue el general Jos¨¦ Mar¨ªa Bourg¨®n L¨®pez-D¨®riga, nombrado en noviembre de 1977 y cesado en junio de 1979. Su sustituto fue el general Gerardo Mari?as Romero, que ocup¨® el puesto desde agosto de 1979 hasta agosto de 1980. Desde entonces hay un segundo jefe en funciones, el coronel de Infanter¨ªa de Marina Narciso Carreras Masa.
La estricta relaci¨®n de fechas pone de manifiesto la escasa permanencia en el puesto de sus dos primeros titulares, cuya gesti¨®n fue en ocasiones cuestionada desde la opini¨®n p¨²blica, por estimar que propend¨ªa al entrometimiento en la vida de personalidades de plena solvencia democr¨¢tica, mientras desatend¨ªan otros comportamientos abiertamente involutivos. Al mismo tiempo, la indecisi¨®n para nombrar al nuevo jefe, pendiente desde hace casi un a?o, revela la desatenci¨®n en que se encuentran cuestiones capitales de informaci¨®n e inteligencia por las que luego se paga el precio de las galaxias y las tejeradas, en opini¨®n de los analistas.
El primitivo texto legal base del CESID le asignaba la asunci¨®n de aquellas competencias que, siendo propias de la defensa, ven¨ªan siendo ejercidas por el Servicio de Documentaci¨®n de la Presidencia del Gobierno (Seced), que entonces se extingui¨®. La creaci¨®n del Seced fue obra del almirante Carrero, que lo puso bajo la direcci¨®n. del entonces comandante Jos¨¦ Ignacio San Mart¨ªn, ahora procesado por su participaci¨®n en el 23-F como jefe de Estado Mayor de la Divisi¨®n Acorazada Brunete.'
La ampliaci¨®n del ¨¢mbito y de las competencias del CESID recibe sanci¨®n legal en el punto quinto de la disposici¨®n modificada, donde se a?ade que: ?El CESID mantendr¨¢ una colaboraci¨®n rec¨ªproca y actuar¨¢ en coordinaci¨®n con los ¨®rganos de informaci¨®n de la Junta de Jefes de Estado Mayor y con los restantes de la cadena de mando militar de los ej¨¦rcitos, en lo que afecta a las misiones que a las Fuerzas Armadas asigna' la Constituci¨®n?.
M¨¢s competencias
Al producirse esta modificaci¨®n del CESID, que ampl¨ªa su ¨¢mbito y competencias, se ha recordado que desde el 17 de marzo pasado est¨¢ pendiente el compromiso del ministro de Defensa, Oliart, ante el Pleno del Congreso de los Diputados, de reestructurar los servicios de informaci¨®n y determinar las responsabilidades en que pudieran resultar incursos ante el frustrado golpe del 23 de febrero.Hasta la fecha no se tienen noticias de cambios en las segundas secciones del Estado Mayor Conjunto (Emacon), que apoya a la Junta de Jefes, ni en las de cada uno de los estados mayores de los respectivos ej¨¦rcitos, ni en la del Estado Mayor de la Guardia Civil,cuyos efectivos nutrieron las filas sediciosas de Tejero, que tiene graduaci¨®n de jefe en el citado instituto. A estas segundas secciones corresponde buena parte de la responsabilidad, de no haber detectado los preparativos del golpe abortado y, en todo caso, de no haber transmitido informaci¨®n alguna, si llegaron a obtenerla.
La pasividad gubernamental en este campo se juzga con indisimulada dureza por parte de los mandos de la c¨²pula militar que apostaron en las horas inciertas del 23 y 24 de febrero por la defensa de la Constituci¨®n.
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