El juez del sumario de Almer¨ªa condiciona los procesamientos a las pruebas
El juez que instruye el sumario sobre la muerte de tres j¨®venes por la Guardia Civil de Almer¨ªa ha comunicado a las partes interesadas en el mismo que la petici¨®n de la acusaci¨®n particular para que se procese a tres de los miembros de la Benem¨¦rita que participaron en los sucesos que originaron dichas muertes, ?se tiene deducida en forma? y en su momento, y por el curso establecido en la ley, ?una vez consten incorporadas al sumario determinadas diligencias de prueba pendientes de cumplimiento, se acordar¨¢ lo procedente?.
La traducci¨®n popular de este lenguaje jur¨ªdico contenido en la providencia del juez especial del sumario por los sucesos de Almer¨ªa, magistrado Tortosa Pozuelo, supone que la petici¨®n de procesamientos presentada por la acusaci¨®n particular contra el teniente coronel jefe de la comandancia de la Guardia Civil de Almer¨ªa, que mandaba la expedici¨®n que conduc¨ªa detenidas hacia Madrid a las v¨ªctimas, su teniente ayudante y un guardia conductor -los tres por asesinatos-, no ha sido rechazada por haber sido presentada de acuerdo con la ley, lo que alberga su viabilidad.En opini¨®n del titular de la acusaci¨®n particular, el letrado Dar¨ªo Fern¨¢ndez Alvarez, la providencia del juez, dictada inmediatamente de presentada la solicitud de procesamientos por asesinatos el pasado d¨ªa 12, ?evidencia que el juez pretenda facilitarle a la sala un material instructorio suficiente, en cuyo caso las diligencias pendientes a las que alude pudieran dejarle alg¨²n aspecto inconcreto a la sala?.
El procedimiento judicial establece que la solicitud de procesamientos presentada por la acusaci¨®n particular al juez debe ser admitida por ¨¦ste para su elevaci¨®n por el magistrado a la sala, es decir, la Audiencia Provincial de Almer¨ªa, instancia a la que corresponde el definitivo pronunciamiento sobre los procesamientos solicitadol, que si son acordados supondr¨ªan la inmediata privaci¨®n de libertad de los afectados por los mismos.
Indicios de criminalidad
La petici¨®n, de procesamiento por asesinatos hecha por la acusaci¨®n particular se basa en la estimaci¨®n de que por ?las prolijas actuaciones que contienen las diligencias sumariales? realizadas hasta la fecha en que fueron presentadas dichas solicitudes, el pasado d¨ªa 12, ?existen suficientes indicios de criminalidad, cuyo presupuesto para su procesamiento se?ala el art¨ªculo 384 de la ley de Enjuiciamiento Criminal contra don Carlos Castillo Quero, don Manuel G¨®mez Torres y don Manuel Fern¨¢ndez Llamas, y sin perjuicio de cualesquiera otra petici¨®n frente a cuantas otras personas pudieran resultar implicadas en los hechos del sumario?.La colicitud de procesamientos se ajusta al texto de la ley de Polic¨ªa por la identidad de los afectados, e incluye la adopc¨ª¨®n de las medidas inherentes de los aludidos miembros del Cuerpo de la Guardia Civil como presuntos autores de delitos de asesinato, del art¨ªculo 406, p¨¢rrafo quinto del C¨®digo Penal, entre otras posibles circunstancias ?.
Razones de la acusaci¨®n
El texto presentado por la acusaci¨®n particular razona su petici¨®n en ?las declaraciones efectuadas en el d¨ªa de ayer (11 de los corrientes) por cinco testilos presentes al tiempo del incendio del veh¨ªculo Ford Fiesta de autos, en cuyo habit¨¢culo se cremaban las v¨ªctimas Luis Montero Garc¨ªa, Luis Cobo Bier y Juan Ma?as Morales, y que aquellos deponentes, Juan L¨®pez Almecija, Francisco de Casas Peinado, Jos¨¦ Linares Hern¨¢ndez, Enrique Guisado Troncoso y Anton¨ªo Esteban Ruiz, tras ofertar el primero a un miembro de la Guardia Civil su extintor para tratar de sofocar el fuego, que sobrepasaba la carretera, y rehusada tal ayuda id¨®nea, fueron apremiados para seguir su ruta en el veh¨ªculo en que viajaban, tras participarles el interlocutor de la brigadiua que los heridos hab¨ªan sido evacuados, cuando este y otro compa?ero contemplaban el espantoso suceso?.Sobre la posibilidad de que entre las diligencias de prueba que el juez considera pendientes, raz¨®n por la que no habr¨ªa trasladado a la Audiencia Provincial en este momento la solicitud de procesamientos, figuren a¨²n algunos aspectos forenses que pudieran esclarecer nuevos aspectos sobre c¨®mo ocurrieron los sucesos, el letrado de la acusaci¨®n particular rehus¨® hacer cualquier juicio de valor sobre lo que entiende decisi¨®n de exclusiva competencia del magistrado.
Exhumaci¨®n de los cad¨¢veres
No obstante, interrogado sobre la posibilidad de que finalmente se proceda a la exhumaci¨®n de los cad¨¢veres y su consecuente tras lado a Madrid para su estudio por el Instituto Anat¨®mico Forense, tal como en los ¨²ltimos d¨ªas se hab¨ªa especulado, el letrado Dar¨ªo Fern¨¢ndez Alvarez reiter¨® su creencia de que esta prueba podr¨ªa contribuir a dotar a la sala de datos m¨¢s concluyentes, y ase gur¨® que en su momento articu lar¨¢ formalmente la petici¨®n de que se proceda a la referida ex humaci¨®n.?Estoy convencido?, dijo a EL PAIS, ?de que los forenses, por no disponer de determinado material t¨¦cnico, especialmente radiol¨®gico, no est¨¢n en posici¨®n de emitir determinadas conclusiones sobre aspectos que no puedo revelar exteriormente y que ser¨¢n expuestos de manera formal en la petici¨®n que en este sentido elevar¨¦ al juez instructor en breve?.
La petici¨®n de exhumaci¨®n de los cad¨¢veres, que supondr¨ªa de ser aceptado el traslado a Madrid de los mismos para su estudio por el Instituto Anat¨®mico Forense, ser¨¢ presentada, al parecer, por la acusaci¨®n particular ma?ana mismo, extremo este que el letrado no ha querido especificar a este per¨ª¨®d¨ªco.
En relaci¨®n con este extremo del sumario, EL PAIS ha podido saber en medios de absoluta solvencia que los aspectos sumariales que podr¨ªan quedar esclarecidos de manera definitiva, contradiciendo notablemente la versi¨®n oficial de los hechos, mediante la pr¨¢ctica de nuevas pruebas forenses, hacen referencia a la sospecha de determinada pr¨¢ctica de tortura, fomentada por la aportaci¨®n de restos humanos.
Esta prueba se complementar¨ªa con la verificaci¨®n de proyectiles, armas y sus autores. No obstante, estos extremos no han podido ni siquiera ser comentados con la acusaci¨®n particular, que en todo momento se muestra contraria a revelar aspectos sumariales.
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