La Administraci¨®n firmar¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas un nuevo acuerdo-marco con empresarios y ayuntamientos sobre vivienda
El Gobierno podr¨ªa firmar en los pr¨®ximos d¨ªas, tras el optimismo que ha despertado el ¨²ltimo pacto con sindicatos y patronal sobre pol¨ªtica de empleo, un nuevo acuerdo-marco -esta vez sobre vivienda- con empresarios y ayuntamientos. Este acuerdo, patrocinado fundamentalmente por Obras P¨²blicas y Urbanismo, fue perfilado casi definitivamente en la tarde de ayer en una reuni¨®n con los alcaldes de las grandes ciudades, y pretender¨¢, seg¨²n los textos filtrados, agilizar la concesi¨®n de Licencias de construcci¨®n y el mercado de viviendas, con lo que indirectamente se estar¨ªa atacando el fuerte paro que sufre este importante sector de la econom¨ªa. No obstante, diversas fuentes, a la vista de las l¨ªneas del futuro acuerdo, lo han calificado de documento de buenas intenciones, pero t¨¦cnicamente inconcreto y poco eficaz.
A la reuni¨®n de ayer asistieron los alcaldes de Valladolid, La Coru?a, Murcia, C¨®rdoba, Valencia y Oviedo. El texto del acuerdo-marco qued¨®, como hemos dicho, ultimado ayer, hoy mismo ser¨¢ estudiado por la Comisi¨®n Delegada para Asuntos Econ¨®micos, y el pr¨®ximo d¨ªa 3, en Consejo de Ministros, tendr¨¢ lugar la firma de compromiso con los alcaldes de las veinte ciudades con m¨¢s de 100.000 habitantes. Por parte de los constructores firmar¨¢ alguien relacionado con la patronal, probablemente Ignacio Briones, presidente de la Confederaci¨®n Nacional de la Construcci¨®n.Este acuerdo-marco ha sido definido por algunos sectores cr¨ªticos de la construcci¨®n como un mero cat¨¢logo de buenas intenciones, tales como la agilizaci¨®n de las licencias de la construcci¨®n, la eliminaci¨®n de obst¨¢culos de calificaci¨®n del suelo, etc¨¦tera. ?No contiene un programa espec¨ªfico como lo hac¨ªa el Plan Trienal de Viviendas?, declararon a este peri¨®dico. Sin embargo, el acuerdo-marco necesita de una reglamentaci¨®n adicional, que quedar¨¢ fijada con el decreto-ley de Ordenaci¨®n Urbana, que tambi¨¦n est¨¢ ya perfilado.
Acuerdos en materia de urbanismo y suelo
Los acuerdos concretos en materia de urbanismo y suelo se dividen en los compromisos que adquieren la Administraci¨®n, los ayuntamientos y los promotores constructores, respectivamente.En primer lugar, se recogen los compromisos de la Administraci¨®n del Estado, entre los que se encuentran los siguientes:
- Proponer que se atribuyan a las entidades municipales las competencias para la aprobaci¨®n definitiva de los proyectos de urbanizaci¨®n y del planeamiento urban¨ªstico aprobado.
- Proponer la modificaci¨®n de ley del Suelo, fijando plazos para los distintos actos de aprobaci¨®n municipal del planeamiento y adoptando el planeamiento anterior a la nueva normativa.
- Proponer diversas interpretaciones y aclaraciones legales de la normativa en vigor y una regulaci¨®n clara y precisa de los supuestos y condiciones de las cesiones obligatorias que establece la ley.
- Promover la constituci¨®n del Instituto para la Promoci¨®n P¨²blica de la Vivienda y la Sociedad Estatal de Promoci¨®n y Equipamiento del Suelo (SEPES).
- Continuar e intensificar la constituci¨®n y reactivaci¨®n de las Gestures (sociedades mixtas estatales de creaci¨®n de suelo urbano), colaborando con las administraciones p¨²blicas y las asociaciones de promotores y constructores y unificando las pol¨ªticas de actuaci¨®n.
- Proponer antes del pr¨®ximo d¨ªa 1 de enero la extensi¨®n de los beneficios de la protecci¨®n estatal a la adquisici¨®n y preparaci¨®n de suelo para uso residencial.
- Tener actualizado el inventarlo de suelo urbano, a disposici¨®n de la comisi¨®n de control y negociaci¨®n que se crear¨¢ al efecto.
- Coordinar los planes y programas de ejecuci¨®n de las infraestructuras con los de suelo edificable.
- Proponer las ayudas al planeamiento urban¨ªstico de las corporaciones locales en funci¨®n de las necesidades reales de vivienda.
En segundo lugar, los ayuntamientos se comprometen a los siguientes temas:
- Realizar y aportar a la comisi¨®n inventarios actualizados de suelo edificable de titularidad municipal y no municipal.
- Elaborar programas de actuaci¨®n urban¨ªstica.
- Unificar en un solo tr¨¢mite la actuaci¨®n de los servicios municipales que aprueben los diversos tr¨¢mites legales para construir.
- Hacer uso restringido, por motivos justificados, de la facultad cautelar de licencias de edificaci¨®n.
- Implantar antes del 31 de diciembre de 1981 la c¨¦dula urban¨ªstica que establece la ley.
- Estudiar y proponer a la comisi¨®n antes de tres meses f¨®rmulas flexibles para el pago a los titulares de terrenos de las compensaciones que procedan.
- No proceder a la paralizaci¨®n de obras de edificaci¨®n cuando los defectos en las licencias sean subsanables.
- Regular a implantar antes del 30 de junio de 1982 la fiscalidad municipal sobre solares sin edificar, para estimular su movilizaci¨®n.
- Participar efectivamente en las sociedades mixtas en que el Estado participe para la promoci¨®n del suelo.
- Programar y ejecutar las infraestructuras necesarias de competencia municipal para cumplir el plan de viviendas y constituir en cada municipio ¨®rganos mixtos de seguimiento.
Por ¨²ltimo, los promotores-constructores tiene los siguientes compromisos en materia de urbanismo y suelo:
- Aportar a la comisi¨®n, antes del 31 de diciembre, un inventario de suelo disponible que se actualizar¨¢ anualmente.
- Informar a la comisi¨®n sobre los solares de que dispusiera y en los que no se haya iniciado la edificaci¨®n en el plazo de tres a?os.
- Compromiso a que los recursos financieros se obtengan con arreglo a las disposiciones sobre pr¨¦stamos privilegiados para la construcci¨®n de viviendas.
- Presentar, antes del 31 de diciembre y con actualizaci¨®n anual, estimaci¨®n de los puestos de trabajo que mantienen o crean.
- Negociar con las corporaciones locales la fijaci¨®n de otros contractuales para la ejecuci¨®n del planeamiento urban¨ªstico.
- Favorecer y fomentar la creaci¨®n de sociedades de econom¨ªa mixta para la creaci¨®n de suelo entre las entidades locales, la Administraci¨®n del Estado y sus miembros.
Acuerdos en materia de vivienda
La Administraci¨®n se compromete a informar a la Comisi¨®n sobre sus planes y programas de viviendas de protecci¨®n oficial, a procurar una distribuci¨®n territorial justa y equilibrada supliendo las insuficiencias de la iniciativa privada y de las administraciones p¨²blicas territoriales.Tambi¨¦n, se compromete a negociar con las entidades oficiales de cr¨¦dito, cajas de ahorro y banca privada la financiaci¨®n para ejecutar los programas y planes de vivienda.
Asimismo, el Gobierno procurar¨¢ una cierta revisi¨®n de los esquemas de financiaci¨®n de las viviendas de protecci¨®n oficial y estudiar¨¢ y propondr¨¢ f¨®rmulas de financiaci¨®n para las viviendas libres de hasta 105 metros cuadrados ¨²tiles y con precio m¨¢ximo en determinadas localidades con problemas espec¨ªficos.
En el plazo de tres meses, la Administraci¨®n propondr¨¢ la norma de rango adecuado que permita asumir a las corporaciones locales la competencia en cuanto a expedici¨®n de ?c¨¦dulas de habilitaci¨®n?. Asimismo, celebrar¨¢ convenios con las corporaciones locales para la promoci¨®n p¨²blica de viviendas.
Porsu parte, los ayuntamientos realizar¨¢n y aportar¨¢n a la comisi¨®n, antes del 31 de diciembre de 1981, estimaciones sobre necesidades cuantitativas y cualitativas de vivienda, establecer¨¢n una inspecci¨®n sobre las viviendas de protecci¨®n oficial, propondr¨¢n al Instituto de Promoci¨®n P¨²blica de la Vivienda -IPPV- convenios concretos para la ejecuci¨®n de viviendas de promoci¨®n p¨²blica y establecer¨¢n oficinas de informaci¨®n sobre viviendas de protecci¨®n oficial.
Asimismo, las corporaciones negociar¨¢n con las instituciones financieras la obtenci¨®n de recursos para la ejecuci¨®n de viviendas de promoci¨®n p¨²blica municipal y no demorar¨¢n el otorgamiento de licencias municipales. En las licencias de obras para las viviendas de promoci¨®n p¨²blica aplicar¨¢n la bonificaci¨®n del 90% en las tasas a percibir por los ayuntamientos.
Tambi¨¦n calificar¨¢n y adjudicar¨¢n las viviendas de promoci¨®n p¨²blica municipal, establecer¨¢n los mecanismos municipales pertinentes para asumir, antes del 31 de diciembre de 1981, la funci¨®n de otorgar las c¨¦dulas de habitabilidad y establecer¨¢n los mecanismos municipales para que las concesiones a particulares se unifiquen en un s¨®lo acto.
Los promotores-constructores, por su parte, presentar¨¢n a la comisi¨®n, antes del 30 de septiembre de cada a?o, los programas de construcci¨®n de viviendas de promoci¨®n privada y protecci¨®n oficial y sus estimaciones sobre puestos de trabajo que se mantienen o se crean.
Tambi¨¦n se comprometen a utilizar los recursos financieros con pr¨¦stamos privilegiados para la construcci¨®n de viviendas de protecci¨®n oficial y facilitar a la comisi¨®n mensualmente informaci¨®n sobre los cr¨¦ditos
Los promotores adaptar¨¢n sus estructuras empresariales a las actividades de rehabilitaci¨®n de viviendas o a su edificaci¨®n en el medio rural.
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