Las acciones de Fidecaya no est¨¢n embargadas
El Juzgado n¨²mero 1 de Instrucci¨®n de los de Madrid ha enviado oficios a Fidecaya, al Ayuntamiento de Benalm¨¢dena, Direcci¨®n General de Puertos y Direcci¨®n General de Seguros particip¨¢ndoles los embargos causados sobre la concesi¨®n administrativa del puerto y complejo inmobiliario de Benalm¨¢dena (M¨¢laga). De la providencia judicial 1.912/1981, de 30 de julio pasado, no se desprende que las acciones de Fidecaya hayan sido embargadas. En la diligencia de embargo preventivo, la parte demandante, el grupo holand¨¦s Hilders, hab¨ªa solicitado el embargo de las acciones que Cemesa pudiera tener en Fidecaya. El propietario de Fidecaya y de Cemesa, Edmundo Alfaro, ha declarado a EL PAIS que ?Cemesa no es ni ha sido nunca propietaria de acciones de Fidecaya, SA?.
El Ayuntamiento de Benalm¨¢dena (M¨¢laga) adjudic¨® a Cemesa en noviembre de 1978, despu¨¦s de una concesi¨®n fallida y un concurso de construcci¨®n desierto, la construcci¨®n del puerto deportivo y complejo urban¨ªstico de Benalm¨¢dena. De. acuerdo con el pliego de condiciones, Cemesa no percibir¨ªa ninguna cantidad por la ejecuci¨®n de las obras, pero s¨ª el derecho de urbanizar 40.000 metros cuadrados ganados al mar. El contrato estipulaba la construcci¨®n de 60.000 metros cuadrados, 20.000 de los cuales ser¨ªan accesos y el resto explotaci¨®n edificable.Cemesa (Conservaciones Electromec¨¢nicas y Electr¨®nicas, SA) encontr¨® un financiador de las obras en el grupo holand¨¦s Hilders, quien se comprometi¨® a cubrir la inversi¨®n prevista de 2.200 millones de pesetas, en las siguientes condiciones: un 1 %, de inter¨¦s mensual sobre saldos, 250 millones de pesetas de participaci¨®n en la explotaci¨®n del complejo urban¨ªstico y 88 millones de pesetas de comisi¨®n. Las garant¨ªas fijadas fueron el otorgamiento de avales, cumplimiento de los plazos de construcci¨®n, pignoraci¨®n (dar en prenda) de la concesi¨®n y garant¨ªas sobre los terrenos ganados al mar, y construcciones edificadas.
El pasado d¨ªa 21 de julio, el grupo Hilders present¨® contra Cemesa demanda de rescisi¨®n de contrato de financiaci¨®n de las obras del puerto deportivo de Benalm¨¢dena por valor de 1.490 millones de pesetas, aproximadamente, al entender que la otra parte no cumpl¨ªa las condiciones que ligaban a ambas sociedades (plazos de ejecuci¨®n de las obras del puerto, por ejemplo).
El d¨ªa 27 de julio el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de los de Madrid procedi¨® al emplazamiento de la otra parte. Al d¨ªa siguiente, tal y como figura en la diligencia de embargo preventivo, ?el agente judicial y bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora y siempre que sea de la propiedad de la entidad demandada los bienes anteriormente expresados. decreta el embargo preventivo de los mismos?.
Los bienes a que se refiere el mismo documento son ?las acciones y los dep¨®sitos de efectos p¨²blicos, acciones, participaciones y obligaciones de la compa?¨ªa Cemesa en otras (con o sin cotizaci¨®n oficial), y en especial en la Entidad de Ahorro y Capitalizaci¨®n Fidecaya, y Cemesa y L¨ªneas A¨¦reas Andaluzas, Naviera Novamar, Viajes Prestige y Cosol, Artes Gr¨¢ficas.
De la diligencia de embargo preventivo y de la providencia que dicta el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de los de Madrid al d¨ªa siguiente -y env¨ªa a Fidecaya, Ayuntamiento de Benalm¨¢dena, Direcci¨®n General de Puertos y Direcci¨®n General de Seguros- se desprende que la acci¨®n de los demandantes se dirige ¨²nica y exclusivamente a las acciones que Cemesa pudiera poseer en Fidecaya.
El presidente de Cemesa, Edmundo Alfaro, en declaraciones a este diario ha asegurado que ?Cemesa no es ni ha sido nunca propietaria de acciones de Fidecaya, SA, como tampoco lo es de acciones de Novamar, SA, ni de Cosol, SA, por lo que tales entidades dif¨ªcilmente pueden verse implicadas en procedimientos judiciales que le son ajenos?.
La relaci¨®n entre ambas entidades proviene de que Edmundo Alfaro, presidente del Consejo de Administraci¨®n de Cemesa, adquiri¨® el pasado d¨ªa 5 de mayo la propiedad de Fidecaya. No obstante, y seg¨²n sus propias declaraciones, ?Fidecaya, SA no tiene relaci¨®n alguna con Cemesa? y ostentan personalidad jur¨ªdica distinta.
El d¨ªa 31 de julio pasado, ¨²ltima jornada h¨¢bil antes de la vacaci¨®n judicial, que se prolonga durante todo el mes de agosto, Cemesa present¨® ante el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de los de Madrid un incidente en el que solicitaba una sentencia que declarara improcedente el embargo preventivo que pesa sobre la compa?¨ªa y condenara a la parte demandante al pago de los da?os y perjuicios que determinara la ley procesal civil.
El recurso de Cemesa considera que el escrito de demanda no se atiene objetivamente a los hechos y a?ade, entre otros puntos, que el saldo actual de las relaciones mercantiles entre las dos empresas no es favorable al grupo Hillders por un valor de 1.490 millones de pesetas, aproximadamente, porque Cemesa ya ha satisfecho una cantidad pr¨®xima a los cuatrocientos millones de pesetas.
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