El Parlamento deber¨ªa controlar a la empresa p¨²blica
La necesidad de que la empresa p¨²blica est¨¦ sometida al control parlamentario se puso de manifiesto en un coloquio sobre el Instituto Nacional de Industria (INI) y su futuro en la industrializaci¨®n de Espa?a, que se celebr¨® el pasado lunes en Madrid, organizado por Empresa y Democracia.
Aunque quedaron delimitadas dos posturas distintas, la que defend¨ªa que el crecimiento del sector p¨²blico puede ir en detrimento de la libertad de empresa y la que defend¨ªa que el crecimiento de la empresa p¨²blica no se contradice con esa libertad -siempre y cuando la empresa p¨²blica y la privada concurran en el mercado en igualdad de condiciones-, en las intervenciones durante el acto todos los ponentes coincidieron en se?alar que la existencia de un sector p¨²blico empresarial es conveniente para cubrir aquellas necesidades que no est¨¢n atendidas por la empresa privada.Este control de la empresa p¨²blica, seg¨²n Carlos Solchaga, diputado del PSOE, debe producirse a tres niveles: interno -mediante auditor¨ªas-, externo -a trav¨¦s de los tribunales de cuentas- y parlamentario. A su juicio, s¨®lo mediante ese control puede garantizarse la transparencia en la gesti¨®n, que es "una de las cualidades que debe reunir la empresa p¨²blica, junto a la economicidad, productividad y rentabilidad social".
Eugenio Triana, director del Programa Organizaci¨®n y Gesti¨®n (Ogein) de la fundaci¨®n del INI, especific¨®, por su parte, que el control parlamentario debe ser fundamentalmente aprior¨ªstico, desde el momento en que el Parlamento debe marcar las directices por las que tiene que guiarse la empresa p¨²blica en funci¨®n de los intereses sociales a cubrir por ella. V¨ªctor Mendoza Oliv¨¢n, director del Instituto de Estudios Econ¨®micos, y Jaime Montalvo Correa, catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo de la Universidad de Oviedo, coincidieron en subrayar la necesidad de que, previamente al ejercicio de ese control, se establezca un marco jur¨ªdico que ordene a la empresa p¨²blica, sobre todo teniendo en cuenta las posibles contradicciones y desigualdades en el trato legal que originan los distintos preceptos recogidos en la Constituci¨®n, por una parte, y en los diferentes estatutos auton¨®micos, por otra.
Concretamente, V¨ªctor Mendoza se?al¨® que el marco jur¨ªdico que ordene el funcionamiento de la empresa p¨²blica deber¨ªa incluir se dentro de la propia ley general de Ordenaci¨®n de la Econom¨ªa que est¨¢ siendo elaborada. Solchaga y Triana, sin embargo, se mostraron partidarios de una ley aparte, mientras que Pedro L¨®pez Jim¨¦nez, presidente de la Empresa Nacional de Electricidad, y Carlos Bustelo, presidente del INI, no eran favorables a un estatuto regulador para la empresa p¨²blica.
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