El capit¨¢n general de Madrid se pronuncia sobre el consejo de guerra del capit¨¢n Milans y el coronel Grai?o
El capit¨¢n general de la I Regi¨®n Militar (Madrid), teniente general Guillermo Quintana, ha firmado ya su decisi¨®n respecto a las sentencias condenatorias contra el coronel Alvaro Gra¨ª?o y el capit¨¢n Juan Milans del Bosch. Aunque no se ha revelado el contenido de tales resolucio nes, que llevan fechas distintas y que ser¨¢n comunicadas en breve a sus defensores, fuentes jur¨ªdicas solventes citadas por Efe y Europa Press se?alan la posibilidad de que el capit¨¢n general haya declarado la nulidad de ambas sentencias.
De ser as¨ª tendr¨ªan que repetirse algunas actuaciones judiciales, sobre todo las que condujeron a dictar sentencias en los consejos de guerra en los que fueron condenados los dos militares.Fuentes jur¨ªdico-militares han se?alado a EL PAIS que la probable dimisi¨®n del capit¨¢n general de la I Regi¨®n Militar supondr¨ªa, en el caso del capit¨¢n Milans del Bosch, la inhibici¨®n de la jurisdicci¨®n castrense y el inicio de la causa por la que fue procesado ante la jurisdicci¨®n civil.
El coronel Gra¨ª?o y el capit¨¢n Milans del Bosch fueron condenados en consejo de guerra el pasado 28 de octubre; el primero, por denunciar en un peri¨®dico. madrile?o la existencia de elementos de extrema derecha en las Fuerzas Armadas, y el segundo, por injurias al Jefe del Estado (calific¨® de cerdo e in¨²til al Rey en la barra del bar del Club de Campo, de Madrid, el pasado 18 de mayo).
El consejo de guerra conden¨® al coronel Gra¨ª?o a dos meses y un d¨ªa de arresto por una falta grave, y al capit¨¢n Milans del Bosch, a un mes y un d¨ªa, por delito de injurias leves al Jefe del Estado.
Seg¨²n supo EL PAIS de fuentes judiciales, el juez de guardia ante quien el capit¨¢n Aymerich denunci¨® las injurias proferidas contra el Jefe del Estado por el capit¨¢n Milans se inhibi¨® a favor de la jurisdicci¨®n militar, sin dar traslado de la causa. al ministerio fiscal (que no tuvo, por tanto, oportunidad de discrepar con la decisi¨®n final).
El titular del juzgado de guardia en la fecha en que se produjeron los hechos, que era el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 19 de Madrid, dict¨® en la ma?ana del 19 de mayo de 1981 una resoluci¨®n inhibi¨¦ndose a favor de la jurisdicci¨®n militar.
En la madrugada de ese d¨ªa, el capit¨¢n Milans del Bosch y el capit¨¢n Ayi?erich, que denunci¨® en la comisar¨ªa de La Latina las injurias proferidas por el primero contra el Rey, se personaron en el juzgado de guardia, acompa?ados de un capit¨¢n de la Polic¨ªa Nacional. El juzgado recibi¨® el atestado policial e inco¨® las primeras diligencias, y pocas horas despu¨¦s su titular decidi¨® inhibirse a favor de la jurisdicci¨®n militar.
La incoaci¨®n de diligencias y los hechos que las determinan, as¨ª como las consecuencias procesales que se deriven de las mismas, y muy especialmente las cuestiones de competencias entre distintas jurisdicciones, deben ser puestas en conocimiento del ministerio fiscal, seg¨²n determina la ley de Enjuiciamiento Criminal y la ley de Conflictos Jurisdiccionales, de 17 de julio de 1948.
El delito de injurias al Jefe del Estado, tras la reforma del C¨®digo de Justicia Militar por la ley org¨¢nica 9/80, no est¨¢ atribuido expresamente a la jurisdicci¨®n militar. Y en caso de conflicto entre ambas jurisdicciones, porque cada una de ellas considere que el asunto es de su competencia, la decisi¨®n ¨²ltima debe ser adoptada, seg¨²n el procedimiento establecido en la ley de Conflictos Jurisdiccionales, por una sala especial compuesta por el presidente y un magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y por un consejero togado del Consejo Supremo de Justicia Militar.
El tribunal utiliz¨® dos veces la misma atenuante
De otro lado, al anunciarse las sentencias, el Gobierno solicit¨® al fiscal togado del Consejo Supremo de Justicia Militar que presentara un escrito de alegaciones. El disentimiento del fiscal militar estaba motivado por la cuant¨ªa de la pena impuesta en el consejo de guerra. En el. caso del capit¨¢n Milans del Bosch, el escrito del Gobierno estimaba, entre otros supuestos, que el tribunal militar hab¨ªa apreciado dos veces una misma circunstancia atenuante para imponer la pena.
Seg¨²n las estimaciones del Gobierno, tras consultar con expertos juridico-militares, el fiscal del consejo de guerra apreci¨® inicialmente la escasa publicidad de las injurias al Jefe del Estado como circunstancia atenuante para rebajar la pena.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Delitos contra la Corona
- Calumnias
- Juan Carlos I
- Injurias
- Guillermo Quintana Lacaci
- Orden p¨²blico
- Delitos contra la Constituci¨®n
- Intromisi¨®n honor
- Seguridad ciudadana
- Opini¨®n p¨²blica
- Fuerzas armadas
- Justicia militar
- Ultraderecha
- Gobierno
- Ideolog¨ªas
- Delitos
- Administraci¨®n Estado
- Administraci¨®n p¨²blica
- Sucesos
- Pol¨ªtica
- Defensa
- Sociedad
- Justicia