El Supremo rechaza el recurso de la propietaria de un cuadro atribuido a Vel¨¢zquez contra su declaraci¨®n como Bien de Inter¨¦s Cultural
La declaraci¨®n imped¨ªa la exportaci¨®n del cuadro fuera de Espa?a para realizar una subasta internacional
![detalle de 'Retrato de un cl¨¦rigo', atribuido a Diego Vel¨¢zquez](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/T6LMN3W3GVFRXPVGEGHTWZ2QC4.jpg?auth=0c074f0747e178271fb8cb33e4b6957b87f687aa7e86a3fe30ac6ff9d5bdf901&width=414)
![El Pa¨ªs](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0b9a52b8-006a-4382-938a-05e3d58f07cf.png?auth=d7a4bd5f610bf92a4f1d3b8bd39266a940bc685b735267a60e73646c6f66a05c&width=100&height=100&smart=true)
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por una propietaria del cuadro Retrato de un cl¨¦rigo, atribuido a Vel¨¢zquez, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consideraba v¨¢lida la declaraci¨®n del cuadro como Bien de Inter¨¦s Cultural (BIC) que hizo en 2020 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. La propietaria ped¨ªa la nulidad de la prohibici¨®n de exportaci¨®n de la obra que acord¨® el Ministerio de Cultura en marzo de 2016, por haber caducado el plazo legal de quince d¨ªas sin que la Comunidad de Madrid incoase expediente de BIC, ya que no lo hizo hasta abril de 2019, es decir, tres a?os despu¨¦s. Adem¨¢s, alegaba que ni el Ministerio de Cultura ni la Comunidad madrile?a hab¨ªan justificado el valor excepcional del cuadro ni que fuese obra aut¨¦ntica de Vel¨¢zquez.
El Supremo descarta que el plazo de quince d¨ªas resulte de aplicaci¨®n al caso, por ser patrimonio hist¨®rico. Por otro lado, el Supremo a?ade que ello no significa que la decisi¨®n del car¨¢cter inexportable del bien no fuese recurrible, que lo era en el plazo correspondiente, pero que lo que se recurre es la declaraci¨®n posterior de BIC de la pintura por la Comunidad de Madrid. La La sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo admite en cualquier caso que los dos procedimientos conectados (inexportabilidad y declaraci¨®n como BIC) comparten la relevante finalidad de contribuir a la protecci¨®n de un bien cultural que consideran perteneciente al patrimonio hist¨®rico espa?ol, buscando asegurar su protecci¨®n, defensa y conservaci¨®n.
El pulso entre los cinco propietarios del cuadro, pertenecientes a la familia Royo-Villanova, con el Ministerio de Cultura y la Comunidad de Madrid se inici¨® en 2016. En marzo de 2022, el Ejecutivo de Isabel D¨ªaz Ayuso rechaz¨® el ¨²ltimo recurso de los propietarios contra la declaraci¨®n del cuadro como bien de inter¨¦s cultural (BIC), que volv¨ªa irreversible la prohibici¨®n estatal a su exportaci¨®n, y con ello bloque¨® la opci¨®n de una subasta millonaria fuera de Espa?a. El caso pas¨® por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ahora es el Supremo el que ha revisado la negativa del TSJ madrile?o a autorizar la venta en el extranjero de un cuadro.
Respecto al valor de los diferentes informes sobre la autor¨ªa de la pintura, el Supremo recuerda que no puede sustituir al TSJ de Madrid en la valoraci¨®n de la prueba, y que la Sala de Instancia, tras analizar los informes t¨¦cnicos lleg¨® a ¡°una convicci¨®n razonada sobre los elementos de prueba y los hechos, para alcanzar la conclusi¨®n jur¨ªdica sobre la probable autor¨ªa de la pintura, perteneciente al patrimonio hist¨®rico espa?ol, que se atribuye a Diego Vel¨¢zquez¡±.
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