Protecci¨®n del Monte de El Pardo
La proposici¨®n de ley de protecci¨®n del Monte de El Pardo y su entorno es el resultado de una iniciativa de verdadera base popular, que arranca de no pocos grupos de estudio y comisiones de ecologistas, bi¨®logos, economistas, soci¨®logos, etc¨¦tera, que de una u otra forma, en el curso de los ¨²ltimos a?os, manifestaron su inquietud por este espacio verdaderamente ¨²nico de Madrid y de Espa?a entera. Sin embargo, las sucesivas preocupaciones expresadas, a pesar de sus muy meritorios prop¨®sitos e indudables aportaciones, no llegaron a plasmarse en ning¨²n documento final con incidencia efectiva en la realidad. Y fue teniendo en cuenta tales experiencias como el 8 de enero de 1980 se form¨®, en el marco del Ayuntamiento de Madrid, un nuevo grupo de trabajo, constituido por multitud de participantes, que, renunciando a cualquier clase de formalismos burocr¨¢ticos, tom¨® en consideraci¨®n los intereses p¨²blicos en presencia y asumi¨® todos los antecedentes. Y, al tiempo de emprender su labor, se fij¨® el firme prop¨®sito de culminarlo en una proposici¨®n de ley de protecci¨®n del Monte de El Pardo y su entorno que, en su d¨ªa, pudieran suscribir los grupos parlamentarios con representaci¨®n por la provincia de Madrid en el Congreso de los Diputados.A lo largo de las numerosas sesiones celebradas por el grupo de trabajo, los representantes de las diversas entidades contribuyeron con su esfuerzo decidido y generoso. Muestra de ello es la documentada memoria, justificativa de la proposici¨®n, de 152 p¨¢ginas, en la que se hace un estudio a fondo del espacio a conservar: la amplia superficie, de 56.530 hect¨¢reas, que desde la Casa de Campo, en Madrid capital, llega, al norte, a la divisoria de aguas (La Cuerda Larga), que separa los valles de los r¨ªos Manzanares y Lozoya, en plena sierra de Guadarrama.
El grupo de trabajo desarroll¨® su actividad sin interrupci¨®n durante nueve meses. Y, finalmente, la proposici¨®n de ley qued¨® lista el 3 de octubre de 1980, tras recogerse casi un centenar de observaciones presentadas por las distintas entidades que participaron en el estudio: leona, Diputaci¨®n Provincial, Coplaco, Patrimonio Nacional, Universidades Complutense y Aut¨®noma de Madrid, Adelpha, Aepden, Fepma, grupos ecologistas del PCE y del PSOE e Instituto de Ingenier¨ªa Civil de Espa?a.
Despu¨¦s, durante un tiempo tambi¨¦n largo -y en medio de los avatares de la vida pol¨ªtica-, el director y el coordinador del estudio (el profesor Fernando Gonz¨¢lez Bern¨¢ldez y quien firma este art¨ªculo, respectivamente) mantuvimos varias reuniones con los portavoces ecol¨®gicos de los Grupos Parlamentarios de UCD, CD, PSOE, PCE y Grupo Mixto. A la postre, no conseguimos que UCD ni CD suscribieran la proposici¨®n, pero es casi seguro que la apoyar¨¢n a la hora de su toma en consideraci¨®n.
Y vayamos al motivo de la proposici¨®n finalmente presentada el 28 de octubre de 1981: asegurar la protecci¨®n, por razones ecol¨®gicas y medioambientales, del territorio del Monte de El Pardo y su ent¨®rno, que fuera de toda duda constituye una unidad natural que, por una serie de razones geogr¨¢ficas e hist¨®ricas, se ha visto escasamente afectada hasta ahora por el proceso de urbanizaci¨®n.
El espacio as¨ª delimitado, la villa de Madrid y otros municipios (Colmenar Viejo, Hoyo de Manzanares, Las Rozas, etc¨¦tera), est¨¢n ¨ªntimamente relacionados, al menos desde que, en el siglo XIV, el Monte de El Pardo se convirti¨® en coto de caza real por sus excepcionales condiciones para la actividad cineg¨¦tica.
En este sentido, no es aventurado afirmar que la propia capitafldad de Madrid se debe a la existencia y proximidad del monte.
A¨²n hoy es posible leer en el paisaje de la vertiente sur de la sierra la unidad que desde el Ventisquero de la Condesa y La Pedriza se extiende, primero en forma de riscos y alta monta?a, pasando despu¨¦s a los pastizales, a las dehesas y manchas forestales, hasta llegar a la Casa de Campo. Son tierras situadas a uno y otro lado del Manzanares, verdadero eje vertebrador de todo un corredor verde que constituye la base fisica por la que discurren arroyos y r¨ªos, y por la que sopla el viento del Guadarrama. Por ah¨ª llegan aire limpio y agua potable al denso conglomerado urbano madrile?o, de cinco millones de habitantes, que se ve cada d¨ªa m¨¢s agobiado por contaminaciones de todas clases y por toda suerte de amenazas medioambientales.
Es preciso defender ese gran espacio seminatural de Madrid para evitar los impactos negativos y las amenazas que sobre ¨¦l pesan, que podr¨ªan representar, a no tan largo plazo, su disgregaci¨®n en manchas inconexas y su destrucci¨®n irreversible, con consecuencias de gravedad incalculable. Ello es especialmente cierto si sabemos apreciar c¨®mo en el norte del ¨¢rea urbana madrile?a han surgido nuevos barrios y urbanizaciones, que ahora-m¨¢s que nunca hacen indispensable una gran zona de protecci¨®n como la que se define en la proposici¨®n de ley, que comenzando en la misma trama de la ciudad (la Casa de Campo, El Pardo, el pol¨ªgono de Valverde, etc¨¦tera) permita contener y preservar el amplio espacio antes definido, defender sus valores hist¨®ricos y naturales y garantizar el libre movimiento de aires y aguas limpias entre la sierra y el contorno urbano. Con la importante particularidad adicional de que un corredor verde como ¨¦ste podr¨¢ ser zona de protecci¨®n -y en sus ¨¢reas visitables, de disuasi¨®n-para frenar la dram¨¢tica erosi¨®n humana que padece la ya muy castigada Sierra de Guadarrama.
Por otra parte, al grupo de trabajo nos pareci¨® que, siendo la vocaci¨®n del Monte de El Pardo y su entorno la propia de un espacio de uso y disfrute protegido, debe servir, al tiempo, de marco para la educaci¨®n ambiental de la poblaci¨®n. Ciencia y naturaleza deben ir siempre de la mano. Destaquemos, por ¨²ltimo, lo esencial de la proposici¨®n de ley:
- La clara delimitaci¨®n del ¨¢mbito territorial a proteger, para acabar definitivamente con invasiones destructivas.
- La zonificaci¨®n de su espacio, a fin de dar su funci¨®n espec¨ªfica a las distintas zonas, conservando su riqueza natural, art¨ªstica y rural.
- La fijaci¨®n de restricciones generales, para evitar toda suerte de erosiones que son p¨¦rfectamente controlables antes de quedarnos con el solo recurso del lamento.
- El establecimiento de las bases de un plan director territorial de coordinaci¨®n, as¨ª como la constituci¨®n de un patronato representativo, con las m¨¢ximas competencias, y cuyo presidente de honor ser¨ªa el Rey.
- La clara definici¨®n de previsiones sobre financiaci¨®n, para no caer en la eterna excusa hispana del no hay dinero.
- La determinaci¨®n de las bases para el plan rector de uso y gesti¨®n, garante del buen aprovechamiento de un patrimonio ¨²nico, que por ello mismo debe ser respetado por todos.
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