El Estado y la sociedad civil / 1
Padecemos en Espa?a un aluvi¨®n de discursos y declaraciones sobre las bondades de la sociedad civil y los excesos de la intervenci¨®n del Estado, que solamente sirven para generar confusi¨®n. Sin ning¨²n rigor te¨®rico y con bastante ignorancia hist¨®rica circulan por nuestra vida pol¨ªtica individuos que no paran de hablar de ?modelo de sociedad?, de ?burocracias estatales?, de ?libre juego creador? y otras lindezas parecidas, encaminadas a resucitar una confrontaci¨®n entre el Estado y la sociedad civil t¨ªpica del siglo XIX, sin ver claro cu¨¢l es nuestra realidad y sin saber de d¨®nde vienen las cosas.La oposici¨®n dial¨¦ctica entre el Estado y la sociedad civil respond¨ªa a un largo proceso de emancipaci¨®n del individuo frente al poder eclesi¨¢stico y al poder estatal. El mundo moderno trae consigo un incontenible impulso de liberaci¨®n, que se ir¨¢ manifestando en la exigencia de libertad, de tolerancia y de igualdad, como premisas indiscutibles del hombre burgu¨¦s y que, despu¨¦s de muchas luchas y avatares, desemboc¨® en la sociedad liberal. El proceso, no obstante, fue muy desigual en los diferentes pa¨ªses y los distintos elementos de emancipaci¨®n individual corrieron suertes muy varias. En general, puede decirse que el camino para la conquista de la igualdad es m¨¢s complejo y est¨¢ m¨¢s lleno de dificultades que el de la libertad. Inglaterra hizo casi una religi¨®n de la desigualdad y Francia dejar¨¢ al mundo su mensaje de igualdad, al lado de la libertad y la fraternidad. Pero la cuesti¨®n debe abordarse con cuidado, porque el mismo Voltaire estaba en contra de la igualdad econ¨®mica.
La igualdad jur¨ªdica
Ahora bien: ¨¦sta es precisamente la cuesti¨®n. Mientras algunos no ven m¨¢s all¨¢ de la mera igualdad econ¨®mica, la verdad es que la esencia de la lucha inicial por la igualdad no es econ¨®mica, sino jur¨ªdica. La igualdad que la Revoluci¨®n francesa propugna, con excepciones de escaso eco, como el igualitarismo econ¨®mico de Babeuf, es una igualdad jur¨ªdica. Y eso, a veces, no se quiere recordar.
Si examinamos con atenci¨®n el sistema de clases en varios pa¨ªses europeos, podemos ver c¨®mo la desigualdad originaria era, sobre todo, una desigualdad jur¨ªdica, m¨¢s que econ¨®mica. Los derechos civiles y los derechos pol¨ªticos eran muy distintos para los hombres de las diferentes clases y es ah¨ª donde se centraban las reivindicaciones de los reformadores. No se trataba de proclamar la igualdad de capacidades, de talento, de ingresos o de riqueza de todos los hombres, como han desvirtuado con frecuencia los conservadores del m¨¢s variado signo, sino de proclamar la igualdad de la condici¨®n del hombre.
Hace medio siglo, en un luminoso ensayo sobre la igualdad, ya escribi¨® Tawney: ?Criticar la desigualdad y desear la igualdad no es, como a veces se sugiere, abrigar la ilusi¨®n rom¨¢ntica de que los hombres sean iguales en car¨¢cter y en inteligencia. Es sostener que, aunque sus prendas naturales difieran profundamente, es caracter¨ªstico de una sociedad civilizada aspirar a eliminar aquellas desigualdades que tienen su fuente, no en las diferencias individuales, sino en su propia organizaci¨®n, y que es m¨¢s probable que las diferencias individuales, que son fuente de energ¨ªa social, sazonen y encuentren expresi¨®n si las desigualdades sociales disminuyen en todo lo que sea posible ?.
Las doctrinas que culminaron en la Revoluci¨®n francesa partieron, en gran medida, de quienes quer¨ªan acabar con los privilegios y las desigualdades jur¨ªdicas. En el viejo r¨¦gimen, la diferencia b¨¢sica no era entre pobres y ricos, sino entre gentes jur¨ªdicamente privilegiadas y no privilegiadas. De ah¨ª la insistencia de los reformadores en lograr la igualdad jur¨ªdica, que era una igualdad formal y no de hecho, pero esencial para ir hacia adelante. La revoluci¨®n va a asentar muchos principios igualitarios: la educaci¨®n universal, la carrera abierta a los talentos, la ciudadan¨ªa com¨²n, la igualdad ante la ley, la obligatoriedad para todos de pagar impuestos, la igualdad de todos los hombres para emprender toda clase de ocupaciones, la igualdad de derechos para comprar, vender y comerciar y para adquirir cualquier tipo de propiedad. La igualdad no se produc¨ªa en un sentido de nivelaci¨®n econ¨®mica, sino de uniformidad de derechos. Y precisamente ah¨ª se fundamentaban las nuevas justificaciones de la desigualdad econ¨®mica. La igualdad no significaba ausencia de diferencias sociales, sino unas oportunidades iguales para poder ser desigual. Ya se sabe que eso no era cierto en la pr¨¢ctica, pero fue la palanca de sustentaci¨®n del nuevo credo de la burgues¨ªa triunfante, asentada en una nueva concepci¨®n de la propiedad, que da un derecho absoluto a disfrutar, usar y disponer de ella. El C¨®digo Civil de Napole¨®n, aquel c¨®digo del que dijo el emperador en Santa Elena: ?Nada lo podr¨¢ borrar?, era un c¨®digo para propietarios. Los trabajadores y el trabajo apenas aparecen en el c¨®digo y, en todo caso, aparecen subordinados a los patronos, sin poder unirse en sindicatos ni promover huelgas ni otras acciones colectivas de defensa, mientras que a los patronos se les permite sus c¨¢maras de comercio y toda clase de acciones en defensa de su propiedad.
Hay diferencias importantes, sin embargo, entre los pa¨ªses europeos. En Inglaterra, las desigualdades econ¨®micas y sociales se defienden desde la sociedad organizada y se le pide al Estado que permanezca al margen, vigilando el orden establecido. En Francia, el poder del Estado asienta unas bases formales de igualdad jur¨ªdica y toma unas decisiones que garantizan, de hecho, la desigualdad econ¨®mica y social. Son dos caminos de la burgues¨ªa europea que llevan a una situaci¨®n en el siglo XIX, que obliga a plantearse la confrontaci¨®n entre el Estado y la sociedad civil.
La sociedad civil ha surgido en medio de la tensi¨®n pol¨ªtica generada por las exigencias de libertad e igualdad de la burgues¨ªa frente a los privilegios de la nobleza y el clero. Pero tambi¨¦n frente al Estado absoluto, su antiguo aliado. Pero ese ¨¢mbito de la sociedad civil en el siglo XIX se va a considerar de un modo diferente, seg¨²n las diversas ideolog¨ªas. Mientras el pensamiento burgu¨¦s liberal considera a la sociedad civil como el ¨¢mbito para el libre juego de las fuerzas econ¨®micas y sociales que el Estado deja en libertad, el pensamiento socialista va a ver a la sociedad como un concepto hist¨®rico y concreto, concebido de modo dial¨¦ctico como sociedad de clases que luchan por el poder.
Frente a la concepci¨®n estamental del antiguo r¨¦gimen, la sociedad de clases se asienta en el principio de la igualdad jur¨ªdica y en la realidad de la desigualdad econ¨®mica, constituy¨¦ndose el Estado en el garante formal de la libertad e igualdad jur¨ªdicas y en el instrumento de poder de la clase dominante. Por tanto, la contraposici¨®n cl¨¢sica de sociedad civil y Estado en el siglo XIX venia dada por la configuraci¨®n de un orden social en el que se quer¨ªan conciliar libertad y desigualdad. La desigualdad, caracter¨ªstica de la vida normal en sociedad, encuentra una correcci¨®n en la igualdad jur¨ªdica de los ciudadanos, amparada por el Estado. Y por eso el Estado se configura como Estado de derecho, a partir de los principios de legalidad, legitimidad y divisi¨®n de poderes, capaz de defender los derechos individuales -especialmente la propiedad- y las libertades, a trav¨¦s del ordenamiento jur¨ªdico. Esta es la raz¨®n por la cual Hegel consideraba a la sociedad como el sistema, de necesidades, y al Estado, por el contrario, como la realizaci¨®n de la idea moral y, por tanto, como el aut¨¦ntico lugar de la libertad.
La libertad y la igualdad
Como si nada hubiera ocurrido desde el siglo XIX, aqu¨ª en Espa?a asistimos al espect¨¢culo de algunas personas bien intencionadas que siguen creyendo en la posibilidad de un esquema semejante, imaginando a la sociedad como un orden espont¨¢neo dotado de racionalidad y gobernado por el libre juego de las fuerzas en presencia, mientras al Estado se le debe asignar una funci¨®n ¨¦tica y vigilante, interviniendo lo menos posible en la vida econ¨®mica y social, con sus poderes divididos y contrapesados a la manera de Montesquieu, y en espera de que la bondad de las cosas nos depare la mayor felicidad. Son personas que se sienten muy a gusto con filosof¨ªas como la de Jerem¨ªas Bentham, cuya esencia era creer que, lograda la libertad individual, con el transcurso del tiempo ?se establecer¨ªa por s¨ª sola la igualdad que podr¨ªan desear los hombres prudentes?.
Tawney dio a esta optimista concepci¨®n una respuesta ir¨®nica: ?Como esos fil¨®sofos eran tambi¨¦n prudentes, no dijeron qu¨¦ grado de igualdad pueden desear los hombres prudentes?. Pero otros, menos prudentes, s¨ª plantearon reivindicaciones concretas, desde salarios m¨ªnimos y derechos sindicales a jornadas de trabajo no extenuantes ni inhumanas, que dieron al traste con esa concepci¨®n de la armon¨ªa preestablecida de la sociedad civil.
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