Cuatro a?os despu¨¦s de la nueva ley, todav¨ªa no se ha producido ninguna sentencia judicial sobre delitos fiscales
Cuatro a?os despu¨¦s de la instauraci¨®n del delito fiscal en Espa?a, introducido a trav¨¦s de la reforma del C¨®digo Penal contenida en la ley de Medidas Urgentes de 14 de noviembre de 1977, todav¨ªa no se ha producido ninguna sentencia condenatoria de los tribunales. Un total de 351 expedientes, remitidos por el Ministerio de Hacienda en los dos ¨²ltimos a?os a la actuaci¨®n de los fiscales correspondientes, se encuentran en distintos juzgados a la espera de juicio. Otro gran contingente de actas, levantadas por inspectores de Hacienda, y susceptibles de constituir delito fiscal, en una cifra que podr¨ªa sobrepasar el millar de expedientes, se tramita en estos momentos por v¨ªa administrativa previa a su remisi¨®n a los juzgados.
Fuentes de Hacienda aguardan con expectaci¨®n la primera sentencia sobre delito fiscal, por las l¨®gicas repercusiones que tendr¨¢ su divulgaci¨®n sobre los contribuyentes en general y sobre sus niveles de cumplimiento fiscal. La primera sentencia, por otra parte, supondr¨¢ una especie de respaldo moral a la acci¨®n de los inspectores, que desde hace dos a?os vienen afrontando la poco grata labor de denunciar presuntos delitos fiscales sin que hasta el momento los tribunales se hayan pronunciado sobre los mismos."La lucha contra el fraude es un elemento esencial en el desarrollo de la reforma fiscal, no s¨®lo por razones de justicia, sino tambi¨¦n por motivaciones econ¨®micas", declar¨® hace unos meses el ministro de Hacienda en unas jornadas de trabajo en el Instituto de Estudios Fiscales. "El delito fiscal no es negociable", a?adi¨® el ministro. "Cuando se pasa un expediente al fiscal no se est¨¢ procesando a nadie: se est¨¢ cumpliendo con una obligaci¨®n. Han de ser los jueces quienes establezcan si hay o no hay delito, pero nuestra obligaci¨®n es poner en manos de la justicia toda la informaci¨®n que poseamos."
La lenta maquinaria de la Justicia
Pese a las palabras del ministro, la lenta maquinaria de la justicia -los juzgados se encuentran saturados- provoca un cierto des¨¢nimo en algunos inspectores e inutiliza los efectos positivos que sobre la recaudaci¨®n fiscal hubiera tenido una m¨¢s r¨¢pida tramitaci¨®n de esta nueva figura penal. De acuerdo con las modificaciones introducidas en el art¨ªculo 319 del C¨®digo Penal, "cometer¨¢ delito fiscal el que defraudare a la Hacienda estatal o local eludiendo el pago de impuestos o disfrutando il¨ªcitamente de beneficios fiscales por una cantidad igual o mayor de dos millones de pesetas, con ¨¢nimo de defraudar, puesto de manifiesto por falsedades o anomal¨ªas sustanciales de su contabilidad o por la negativa u obstrucci¨®n a la acci¨®n investigadora de la Administraci¨®n tributaria". El delito fiscal puede ser castigado con penas de hasta seis a?os de prisi¨®n.
En 1980 Hacienda remiti¨® a los Fiscales correspondientes, por declaraciones inspeccionadas relativas a 1978 y 1979, un total de 131 expedientes por presunto delito fiscal. El a?o pasado, sobre declaraciones correspondientes a los tres ejercicios precedentes, fueron asimismo otros 220 expedientes. En el Ministerio de Hacienda, sin embargo, no tiene noticias todav¨ªa. sobre resoluci¨®n o sobreseimiento de ninguno de los 351 casos remitidos a los jueces.
Estos casos, no obstante, son s¨®lo una m¨ªnima parte de los varios miles de expedientes susceptibles de delito fiscal elevados por la inspecci¨®n en los dos ¨²ltimos a?os. Se trata de los casos en que el contribuyente inspeccionado, en el plazo legal de un mes para mostrar su conformidad o disconformidad con el acta que le han levantado los inspectores, no ha mostrado disentimiento con el informe de Hacienda, y en el mismo constan las circunstancias requeridas para un posible delito fiscal. Fundamentalmente, se trata de defraudaciones iguales o superiores a los dos millones de pesetas. En cualquier caso, dada la falta de casu¨ªstica, es muy dif¨ªcil concretar en qu¨¦ casos el juez estimar¨¢ que existe o no "¨¢nimo de defraudar", condici¨®n exigida por el art¨ªculo 319 del C¨®digo Penal para la tipificaci¨®n del delito fiscal.
En la mayor parte de los expedientes, como es l¨®gico, el contribuyente ha disentido del acta que le ha levantado la inspecci¨®n. En este punto se inicia una larga tramitaci¨®n administrativa, que puede prolongarse en estos momentos alrededor de dos anos, y que, en el peor de los casos para el contribuyente, conducir¨¢ a la remisi¨®n de su expediente a los tribunales. El expediente en cuesti¨®n deber¨¢ haber pasado previamente por el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Provincial, por el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central y por el Contencioso-Administrativo. No obstante, el Ministerio de Hacienda, que ha dictado al efecto resoluciones ¨²ltimamente, est¨¢ procurando agilizar esta larga tramitaci¨®n administrativa mediante una mejor dotaci¨®n (en n¨²mero y dedicaci¨®n) de los distintos tribunales econ¨®mico-administrativos.
A¨²n no hay lista p¨²blica de defraudadores
Fuentes de Hacienda, sin embargo, resaltan la contradicci¨®n que, a su juicio, se da en la regulaci¨®n del delito fiscal. "Es un delito p¨²blico, pero se tramita como si fuera un delito privado. Se persigue a petici¨®n de parte (la Administraci¨®n) y no de puro oficio por el funcionario de justicia, que en muchos casos puede encontrar en actuaciones de otra ¨ªndole la existencia de delito fiscal".
Hacienda, por otra parte, no ha dado a conocer hasta el momento la lista de defraudadores fiscales que, en sustituci¨®n de la lista de contribuyentes, se comprometi¨® a hacer p¨²blica al prohibirse la publicidad de esta ¨²ltima. Los datos del fraude fiscal en Espa?a pueden ascender, a juicio de los socialistas, a medio bill¨®n de pesetas. Esta cifra nunca ha sido aceptada p¨²blicamente por la Administraci¨®n; pero el propio gobernador del Banco de Espa?a, en unas recientes declaraciones efectuadas en Asturias (V¨¦ase EL PAIS del 19 de enero), habl¨® de la "reaparici¨®n del fen¨®meno de la evasi¨®n fiscal, tras su reducci¨®n en los a?os 1976 y 1977, que ha pasado de emerger t¨ªmidamente a tomar graves caracteres, al disminuir el miedo al fisco". El retraso en la aparici¨®n de condenas por delito fiscal y la no publicaci¨®n de las listas de defraudadores ha podido contribuir, sin duda, a esa "p¨¦rdida de miedo al fisco" apuntada hace unos d¨ªas en Asturias por el gobernador del Banco de Espa?a, Jos¨¦ Ram¨®n Alvarez Rendueles.
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