El Gobierno fijar¨¢ las tasas, y el Ministerio, la pol¨ªtica de becas
El Gobierno fijar¨¢ las tasas acad¨¦micas de las universidades p¨²blicas, y el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia ser¨¢ quien determine la pol¨ªtica de becas, cr¨¦ditos y ayudas al estudio, seg¨²n se establece en el art¨ªculo 23 del proyecto de ley org¨¢nica de Autonom¨ªa Universitaria, ¨²ltimo de los dictaminados ayer por la comisi¨®n de Educaci¨®n del Congreso, que continuar¨¢ sus trabajos sobre este proyecto el martes.
La redacci¨®n de los cuatro apartados de este art¨ªculo, fruto de enmiendas transaccionales de UCID y PSOE, cont¨® con la oposici¨®n de las minor¨ªas nacionalistas y del grupo comunista, aunque por diferentes motivos. Ignacio Aguirre, del Grupo Parlamentario Vasco, defendi¨® sin ¨¦xito una enmienda que intentaba reservar al gobierno de las comunidades aut¨®nomas la potestad legislativa en materia de tasas y de becas cuando se trate de sus propias universidades. Carles Gas¨®liba, portavoz de la Minor¨ªa Catalana, llev¨® la objeci¨®n del representante del PNV al ¨¢mbito concreto de la ley org¨¢nica de Financiaci¨®n de las Comunidades Aut¨®nomas, recordando que en la misma se les atribuye la potestad de se?alar las tasas de los servicios a ellas transferidos.Por su parte, la diputada comunista Eulalia Vintr¨® propuso un texto que preservase al mismo tiempo la potestad del Estado y de las comunidades aut¨®nomas en esta materia, pero volc¨® todos sus argumentos sobre este art¨ªculo en favor de una redacci¨®n que atribuyese a los legisladores la regulaci¨®n de los criterios para la fijaci¨®n de las tasas, dejando al Gobierno la fijaci¨®n de la cuant¨ªa en cada momento.
En defensa de la posici¨®n de la enmienda transaccional socialista intervino Alfonso Lazo, quien argument¨® a favor de un texto que, en su opini¨®n, es congruente con la defensa del principio de igualdad de oportunidades; supera la primitiva idea del Gobierno de que las tasas deber¨ªan tender a cubrir los costos reales de la ense?anza, y deja suficientemente claro que los incrementos que aqu¨¦llas experimenten en el futuro no van a implicar la reducci¨®n de las subvenciones del Estado a sus universidades, como ha estado sucediendo a lo largo de los ¨²ltimos a?os.
Por su parte, el portavoz centrista G¨®mez Angulo, que calific¨® este art¨ªculo como uno de los m¨¢s importantes de la ley, dej¨® "expresa constancia de que est¨¢ en la ideolog¨ªa de nuestro grupo el que las tasas deben tender a cubrir los costos reales de la ense?anza", y dio a entender la posibilidad de defender en el pleno la incorporaci¨®n de esta idea, que, por otra parte, no debe significar que todos los estudiantes tengan que abonar las mismas tasas, y de ah¨ª que se est¨¦ por una pol¨ªtica de becas, cr¨¦ditos y ayudas que garantice la igualdad de oportunidades.
El art¨ªculo 23 es el cuarto de los que integran el t¨ªtulo tercero de la ley, que regula el r¨¦gimen econ¨®mico de las universidades y cuya redacci¨®n cabr¨ªa calificar como provisional, a tenor de las manifestaciones de los portavoces de los dos grupos mayoritarios coincidentes en valorar la trascendencia de este t¨ªtulo y la perfectibilidad del mismo. Ambos anunciaron, ante la perplejidad del grupo comunista, seg¨²n la textual expresi¨®n de su portavoz, la posibilidad de revisar con detenimiento este t¨ªtulo en el tr¨¢mite del Senado.
El debate sobre el art¨ªculo que regula los departamentos universitarios, reprodujo en parte el mantenido en la sesi¨®n del mi¨¦rcoles sobre si los directores de estas entidades deben ser o no catedr¨¢ticos. Los socialistas no lograron que prevaleciera su propuesta de que este cargo se atribuya a los profesores permanentes. La victoria de la tesis centrista, favorable a los catedr¨¢ticos, estuvo compensada por la promesa de su portavoz, Antonio Font¨¢n en esta ocasi¨®n, de mantener, cuando la comisi¨®n estudie el t¨ªtulo sobre el profesorado, el criterio de exigir la m¨¢xima dedicaci¨®n a la universidad para todos los profesores que hayan de ostentar cargos unipersonales.
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