Justicia y opini¨®n sobre la justicia
Hasta hace bien poco, como se sabe, y en virtud de razones que s¨ª hacen al caso, pero que por conocidas pueden sobreentenderse, no se admit¨ªa otro an¨¢lisis de las resoluciones de los jueces que el propio de las revistas llamadas especializadas y siempre y s¨®lo con supuestos fines; cient¨ªficos (es decir, impl¨ªcitamente coherentes con el sustrato pol¨ªtico cultural presupuesto de fondo de las primeras). Hoy, sin embargo, puede decirse que existe un amplio, ya que no general, consenso a prop¨®sito de que la "literatura judicial" -ahora m¨¢s abierta al pluralismo de las opciones que: conviven en nuestra sociedad-, no est¨¢ (o no deber¨ªa estar) por encima de lo opinable, ni fuera del alcance de la opini¨®n que se ejerce desde la calle. Y se admite (o se piensa que deber¨ªa admitirse sin temor) la posibilidad de una lectura cr¨ªtica de la misma. Esta, se nos recuerda con frecuencia, tendr¨ªa que darse dentro de ciertos l¨ªmites, a los que se alude como si su concreci¨®n fuera ya una cuesti¨®n definitivamente resuelta.Pero cu¨¢les sean tales y donde se encuentra el umbral de lo intolerable, es algo tremendamente aquejado de imprecisi¨®n y, por supuesto, discutible. Y su determinaci¨®n, y no s¨¦ si decir que parad¨®jicamente, est¨¢. encomendada al criterio de los rniembros de la propia corporaci¨®n cuyo trabajo resulta eventualmente contestado. De tal manera, podr¨ªa concluirse tautol¨®gicamente que no hay m¨¢s cr¨ªtica permitida que la que la misma instituci¨®n, quienes la encarnan en el supuesto concreto, est¨¦n dispustos a admitir en cada caso. No caprichosamente, por descontado, pero s¨ª en aplicaci¨®n de preceptos penales y categor¨ªas jurisprudenciales que remiten en ¨²ltimo t¨¦rmino a la integraci¨®n de "conceptos-v¨¢lvula" tan vagos como los de respeto, prestigio y similares. Caracterizados por su permanente inevitable apertura al ejercicio de un amplio margen de discrecionalidad interpretativa.
Es por lo que este terreno constituye un marco privilegiado para el juego y la incidencia de los datos o presupuestos pol¨ªtico-culturales necesaria y con frecuencia acr¨ªticamente presentes en cualquier actitud valorativa. En la judicial por tanto, por m¨¢s que la misma formalmente se ejerza con arreglo a patrones normativos previamente codificados no sin pretensiones de objetividad.
Pues bien, es precisamente cuando en presencia de una decisi¨®n judicial concreta se intenta explicitar sus posibles contenidos ideol¨®gicos latentes, o lo que es lo mismo, indagar acerca de su significaci¨®n pol¨ªtica inmanente, cuando se entra en la zona especialmente peligrosa para el que se aventura. Y ello a pesar de que clarificar esa significaci¨®n (pol¨ªtica, porque todo acto de poder es pol¨ªticamente expresivo) ha de tener un inter¨¦s relevante para lapolis, a la que el poder judicial sirve.
Ello se debe probablemente a que la proposici¨®n constitucional de que "la justicia emana del pueblo" no se ha llevado a¨²n a sus ¨²ltimas consecuencias e incluso encuentra resistencias (tal vez mec¨¢nicas) impresas en la propia estructura del aparato. No puede decirse a¨²n que en ¨¦ste la inercia hist¨®rica haya sido definitivamente desplazada por los nuevos valores, en lo que todav¨ªa es un proceso en curso y, como tal, problem¨¢tico.
El factor extrajur¨ªdico
Pero, ?podr¨ªa negarse que una de las finalidades implicitas en aquella afirmaci¨®n de la Constituci¨®n es la de estimular la actitud vigilante de las diversas articulaciones sociales sobre lo que se act¨²a por el llamado tercer poder? Y siendo esto as¨ª, ?no habr¨ªa que convenir tambi¨¦n que ello obedece a que la independencia que quiere para la justicia es m¨¢s que un metafisico ""a priori" un laborioso resultado del que la asunci¨®n franca de la cr¨ªtica p¨²blica es necesario presupuesto?
Un resultado que desde luego tiene que ver directamente con el sistema de garant¨ªas impl¨ªcito en las leyes de procedimiento y con el control intrainstitucional, pero que ofrece aspectos que s¨®lo pueden concretarse mediante el reconocimiento del m¨¢s amplio espacio a la dial¨¦ctica justicia-opini¨®n p¨²blica. Especialmente en lo que se refiere a aquellos contenidos de las resoluciones, m¨¢s o menos expl¨ªcitos seg¨²n los temas, que remiten a las actitudes, a la conducta y a la preconducta del propio juez, al que incluso podr¨ªan pasar inadvertidos.
Lectura en clave pol¨ªtica
De ah¨ª la importancia de que aquellas puedan leerse tambi¨¦n en clave pol¨ªtica, porque siendo ¨¦sta una dimensi¨®n real de las mismas ha debido permanecer casi siempre peligrosamente soterrada -que no quiere decir inactiva- y tiene ahora que restituirse a la libre valoraci¨®n social. Si los dictados jurisdiccionales traducen como no puede ser de otra manera valoraciones ¨¦ticas, regularidades ideol¨®gicas, opciones culturales, que no ser¨¢n siempre las mismas, puesto que el pluralismo ha accedido ya al palacio de justicia, tales datos deben ser tambi¨¦n objeto de an¨¢lisis, fiscalizaci¨®n y, eventualmente, ?por qu¨¦ no?, contestaci¨®n de parte de la sociedad.
La Administraci¨®n de justicia necesita que se produzca con audacia el esfuerzo de enfrentar a quienes trabajan en ella con su propia imagen, que es no s¨®lo y no tanto la que quisieran proyectar como la que se recibe en cada caso a trav¨¦s de la ¨®ptica plural de los destinatarios.
Al mismo tiempo resulta. obligado cuestionar la viabilidad constitucional de determinados valores establecidos en la materia y su coherencia con lo que debe entenderse por protecci¨®n de las instituciones y de la judicial en concreto, frente a la palabra hablada o escrita, en una sociedad democr¨¢tica. De lo contrario, pudiera correrse el riesgo de interpretar la Constituci¨®n desde los principios informadores de una legislaci¨®n represiva pensada para la defensa (?y frente a qui¨¦n!) de una institucionalidad tan diferente de la actual como diversa era su peculiar fuente de legitimidad.
Hace ya mucho tiempo que Carrara, refiri¨¦ndose al tema que nos preocupa, tuvo ocasi¨®n de escribir que la curia y la Prensa libres, al vigilar la obra de los jueces, aumentaban la fuerza de ¨¦stos. Es obvio que el insigne maestro italiano pensaba en una vigilancia que fuera m¨¢s all¨¢ de lo meramente t¨¦cnico.
Ahora, cuando el juez debe esforzarse por ser ya definitivamente un hombre de la calle, no cabe pretender que el factor extraiur¨ªdico que late siempre en su tarea pueda quedar lejos del alcance de aqu¨¦lla.
Sobre todo cuando se piensa que es precisamente en ¨¦l donde se juega tantas veces lo que constituye el aut¨¦ntico factor humano.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.