Sobre el jurado
He le¨ªdo en EL PA?S de 11 de mayo en curso la carta firmada por Jos¨¦ Antonio Delgado titulada "Pol¨¦mica sobre el Jurado", en la que se dice ser descabellado afirmar que la ley que instituy¨® el Jurado en nuestro Estado est¨¦ hoy vigente.Dicha ley se promulg¨® en 1888 y fue suspendida su aplicaci¨®n por el directorio militar del general Primo de Rivera, por decreto de 21 de septiembre de 1923. Por decreto de 11 de abril de 1931 se restableci¨® el Jurado, y advenida la rep¨²blica, por decreto de 21 de abril del mismo a?o, se restableci¨® nuevamente y se reform¨® la ley de 1888, funcionando normalmente dichos Jurados.
Por ley de 21 de Julio de 1933 se volvi¨® a modificar dicha ley, excluyendo de su competencia los delitos contra las Cortes y el Gobierno, rebeli¨®n y sedici¨®n y todos los que se perpetrasen por m¨®viles terroristas, perdurando esta ¨²ltima redacci¨®n hasta el decreto n¨²mero 102 de 8 de septiembre de 1936, en que en la zuna sublevada la Junta de Defensa Nacional suspendi¨® en su territorio dicho Jurado, expres¨¢ndose en el mismo que se hac¨ªa de conformidad con lo dispuesto en la disposici¨®n especial primera de la propia ley, y desde tal fecha no se ha vuelto a dictar disposici¨®n legal alguna sobre el Jurado.
La alegaci¨®n que hace el se?or Delgado de que el Jurado por el paso del tiempo y acontecimientos, en cierta manera, ha prescrito, pugna con la disposici¨®n del art¨ªculo 2? 2 del t¨ªtulo preliminar del C¨®digo Civil, que establece: "Las leyes s¨®lo se derogan por otras posteriores"./ Abogado.
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