El Pleno del Congreso aprueba la prevalencia de las normas del Estado sobre las de las comunidades aut¨®nomas
El Pleno del Congreso de los Diputados aprob¨® ayer con los votos de UCD y PSOE el art¨ªculo 4 de la LOAPA, pilar sobre el que se sustenta la filosof¨ªa de la propia ley y n¨²cleo principal de las divergencias entre los dos partidos mayoritarios y las minor¨ªas nacionalistas y los comunistas, con respecto a la prevalencia del derecho del Estado sobre el de las comunidades aut¨®nomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias. Casi por unanimidad se aprob¨® una breve modificaci¨®n a este art¨ªculo, que no supone ninguna variaci¨®n sustancial del fondo del mismo.
El texto del art¨ªculo 4 que se somet¨ªa ayer a debate, establec¨ªa que "las normas que el Estado dicte en el ejercicio de las competencias que le reconoce el art¨ªculo 149.1 de la Constituci¨®n, prevalecer¨¢n en todo caso sobre las normas de las comunidades aut¨®nomas". La modificaci¨®n aprobada significa ¨²nicamente la exclusi¨®n de las palabras "en todo caso".Este art¨ªculo, antes y despu¨¦s de su aprobaci¨®n definitiva en el Pleno, defendido por centristas y socialistas como perfectamente respetuoso con las competencias exclusivas de las comunidades aut¨®nomas, era considerado por los grupos nacionalistas, los comunistas y los diputados Juan Mar¨ªa Bandr¨¦s y Josep Pi-Su?er como propiciador de una prevalencia total del derecho del Estado sobre el de las comunidades aut¨®nomas, por cuanto, en su opini¨®n, el apartado primero del art¨ªculo 149 contempla 32 materias tan gen¨¦ricas que dif¨ªcilmente no podr¨ªan afectar las normas dictadas por las comunidades aut¨®nomas en el ejercicio de las competencias que establecen sus estatutos.
El debate en el Pleno se inici¨® con la defensa por Pi-Su?er y Bandr¨¦s de enmiendas de supresi¨®n al art¨ªculo. Les contest¨® Ernest Lluch, en nombre del PSOE, que ayer llev¨® la mayor parte del peso del debate en favor de la LOAPA. Lluch insisti¨® en que el art¨ªculo 4 s¨®lo se refiere a la prevalencia de las normas del Estado cuando sean establecidas a partir de las competencias exclusivas que les reconoce el 149.1 de la Constituci¨®n. Dijo que dicho art¨ªculo hay que entenderlo as¨ª, como un complemento, que no una forma de socavar las competencias exclusivas que la Constituci¨®n y los estatutos confieren a las comunidades aut¨®nomas, que en la ejecuci¨®n de las mismas pueden dictar normas que prevalezcan sobre las del Estado.
Justific¨® luego Lluch el art¨ªculo 4 en la necesidad de que, al igual que los estatutos contemplan la primac¨ªa del derecho de las comunidades en aquello que hace referencia a sus competencias exclusivas, exista un precepto -"y en ello hay una laguna en el ordenamiento jur¨ªdico", dijo que establezca la primac¨ªa del derecho del Estado respecto al de aqu¨¦llas, en el ejercicio de sus competencias exclusivas.
El diputado socialista, en nombre de UCD y PSOE, propuso una enmienda transaccional, redactada por iniciativa de los socialistas vascos y catalanes, en la que se afirma que "las normas que el Estado dicte en el ejercicio de las competencias que le reconoce el art¨ªculo 149.1 de la Constituci¨®n, emanadas dentro de los l¨ªmites que el propio precepto impone, prevalecer¨¢n en caso de conflicto sobre las normas de las comunidades aut¨®nomas".
Miguel Roca, de la Minor¨ªa Catalana, valor¨® esta enmienda como poco v¨¢lida, por considerar que no supon¨ªa una variaci¨®n del fondo del texto, y mantuvo que, en su actual redacci¨®n, el art¨ªculo 4 supone la destrucci¨®n de los poderes normativos de las comunidades aut¨®nomas y la prevalencia total de las normas del Estado sobre las de aqu¨¦llas. Rebati¨® Roca la teor¨ªa mantenida por Lluch de que existe una laguna en la constituci¨®n por la ausencia de un precepto que delimite la prevalencia de las normas del Estado en la ejecuci¨®n de las competencias exclusivas que le reconoce la Constituci¨®n.
El diputado catal¨¢n dijo que esa laguna estaba solventada en el art¨ªculo 149.3 de la Constituci¨®n, que establece que "la competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los estatutos de autonom¨ªa corresponder¨¢ al Estado, cuyas normas prevalecer¨¢n en caso de conflicto, sobre las de las comunidades aut¨®nomas en todo lo que no est¨¦ atribuido a la exclusiva competencia de ¨¦stas".
Roca interpel¨® luego al grupo socialista para saber si estar¨ªa dispuesto a incluir una referencia al apartado 149.3 en la enmienda transaccional de UCD y PSOE al art¨ªculo 4, que quedar¨ªa m¨¢s o menos as¨ª: "Las normas que el Estado dicte en el ejercicio de las competencias que le reconoce el art¨ªculo 149.11 de la Constituci¨®n, emanadas dentro de los l¨ªmites que el 149.3 le impone, prevalecer¨¢n, en caso de conflicto, sobre las normas de las comunidades aut¨®nomas". La propuesta de Roca fue inmediatamente apoyada por la Minor¨ªa vasca, los comunistas, Pi-Su?er y Bandr¨¦s.
Respuesta del PSOE
La diputada socialista Mar¨ªa Izquierdo hizo especial hincapi¨¦ en su respuesta a Roca en reafirmar que el art¨ªculo 4 se mueve en y para las competencias exclusivas que al Estado reserva la Constituci¨®n, y no invade ¨¢mbitos de competencia de las comunidades aut¨®nomas previstas en sus estatutos, por lo que no se altera el reparto de competencias. Manifest¨® tambi¨¦n Mar¨ªa Izquierdo que el 149.1 es el m¨ªnimo insuprimible para que el Estado siga siendo Estado.
Manifest¨® la diputada que las minor¨ªas y los comunistas tergiversan el sentido del art¨ªculo 4 con una interpretaci¨®n extensiva del 149.1, precepto que en su opini¨®n no se refiere a las competencias exclusivas del Estado y s¨ª a las de car¨¢cter residual. Mantuvo que la inclusi¨®n de una referencia a este ¨²ltimo apartado en el art¨ªculo 4 lo ¨²nico que har¨ªa ser¨ªa mezclarlo todo y dar al art¨ªculo un nivel de ambig¨¹edad que ahora no tiene.
Mientras se produc¨ªa la intervenci¨®n de Mar¨ªa Izquierdo, el grupo socialista, el m¨¢s receptivo a la oferta de Roca, estudiaba ya la posibilidad de aceptarla. Felipe Gonz¨¢lez pidi¨® la copia de la intervenci¨®n de Roca y las idas y venidas de emisarios de socialistas y centristas se sucedieron en el hemiciclo hasta la conclusi¨®n de la sesi¨®n de la ma?ana. El ministro Arias Salgado manifestaba a EL PAIS entonces su criterio contrario a la aceptaci¨®n de la oferta de Roca.
Finalmente la oposici¨®n del Gobierno y, eventuales diferencias en el seno del PSOE sobre el tema dieron al traste con la posibilidad de un arreglo, y provocaron la negativa posterior de los nacionalistas a aceptar la enmienda transaccional en su texto original. En la sesi¨®n de la tarde, Marcos Vizcaya mantuvo la teor¨ªa de que si aplica la regla de prevalencia del derecho del Estado, que establece el art¨ªculo cuatro, toda la normativa de las comunidades aut¨®nomas en la ejecuci¨®n de sus competencias exclusivas nacer¨¢ con una presunci¨®n inicial de invalidez. El diputado peneuvista defendi¨® la inclusi¨®n en el art¨ªculo 4 de la referencia al 149.3 de la Constituci¨®n como una forma de protecci¨®n y defensa de las comunidades aut¨®nomas de la tentaci¨®n del Estado de invadir sus normativas.
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