El 3% del impuesto sobre la renta ser¨¢ distribuido entre los ayuntamientos
El 3% de la recaudaci¨®n del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas se distribuir¨¢ entre los ayuntamientos, con excepci¨®n de los del Pa¨ªs Vasco y Navarra. As¨ª lo dispone un real decreto de Presidencia del Gobierno que establece los criterios sobre la distribuci¨®n del Fondo Nacional de Cooperaci¨®n Municipal en el ejercicio de 1981.
El mencionado decreto, que fue publicado ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, dispone asimismo que el 80% de la participaci¨®n atribuida a los municipios en el rendimiento de la tasa sobre los juegos de azar se repartir¨¢ entre todos los ayuntamientos, a excepci¨®n de los del Pa¨ªs Vasco, con arreglo a unas normas especiales entre las que figuran una serie de coeficientes multiplicadores estipulados seg¨²n el n¨²mero de habitantes de los municipios.Tambi¨¦n indica el decreto de Presidencia del Gobierno que las dotaciones que recibi¨® el Fondo Nacional de Cooperaci¨®n Municipal por la participaci¨®n a favor de los ayuntamientos en el impuesto especial sobre el petr¨®leo, sus derivados y similares, que grava las gasolinas para la automoci¨®n, as¨ª como lo recaudado en Ceuta y Melilla por la exacci¨®n reguladora de precios, se distribuir¨¢ entre todos los ayuntamientos a excepci¨®n de los del archipi¨¦lago canario.
La participaci¨®n en la recaudaci¨®n de la imposici¨®n indirecta del Estado ser¨¢ distribuida entre todos los ayuntamientos, excepto en los de Navarra. Los ayuntamientos del Pa¨ªs Vasco participar¨¢n en la recaudaci¨®n procedente de los impuestos indirectos no concertados conforme a lo dispuesto en el Concierto Econ¨®mico entre el Estado y la comunidad aut¨®noma vasca. Precisamente esta norma, que regula la cooperaci¨®n econ¨®mica entre el Estado y el Pa¨ªs Vasco, es lo que motiva que los municipios de aquel territorio reciban, en algunos aspectos, un tratamiento diferente en cuanto a la distribuci¨®n del Fondo de Cooperaci¨®n Municipal.
El Fondo de Cooperaci¨®n Municipal fue creado por un real decreto de 2 de junio de 1977 con el objetivo de lograr una mejor interrelaci¨®n entre la Hacienda del Estado y las corporaciones locales y favorecer el equilibrio econ¨®mico de estas ¨²ltimas en base a un incremento de su participaci¨®n en los impuestos estatales.
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