El ex jefe de la Guardia Civil de Almer¨ªa, condenado a 24 a?os por homicidio
La Audiencia Provincial de Almer¨ªa ha condenado al teniente coronel de la Guardia Civil Carlos Castillo Quero, ex jefe de la Guardia Civil de Almer¨ªa, a la pena de veinticuatro a?os de prisi¨®n mayor (tres penas de ocho a?os y un d¨ªa cada una), como autor responsable de tres delitos de homicidio, con la atenuante de cumplimiento del deber como eximente incompleta. La sentencia que pone fin al llamado caso Almer¨ªa fue hecha p¨²blica ayer.
En el fallo se impone asimismo al teniente ayundante Manuel G¨®mez Torres la pena de quince a?os de prisi¨®n menor, y la de doce a?os de privaci¨®n de libertad al conductor-guardia Manuel Fern¨¢ndez Llamas, como autores igualmente de tres delitos de homicidio, con la atenuante de obediencia debida como eximente incompleta.La sentencia fija tambi¨¦n indemnizaciones de cuatro millones de pesetas a favor de cada una de las familias directamente perjudicadas por el fallecimiento de las tres v¨ªctimas: los j¨®venes Luis Cobo Mier, Luis Montero Garc¨ªa y Juan Ma?as Morales, muertos en extra?as circunstancias tras ser detenidos por fuerzas de la comandancia de la Guardia Civil de Almer¨ªa el 10 de mayo de 1981.
En los tres casos, las condenas conllevan las accesorias de suspensi¨®n para todo cargo p¨²blico, profesi¨®n, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de las mismas.
El juicio oral sobre el caso Almer¨ªa se inici¨® el pasado 14 de junio. En sus conclusiones, el fiscal calific¨® los hechos como delito de homicidio, y pidi¨® m¨¢s de 42 a?os de reclusi¨®n para el teniente coronel Castillo Quero, y sendas penas de veintisiete a?os para los otros dos acusados.
Por su parte, los defensores admitieron la existencia de tres delitos de homicidio, pero negaron la responsabilidad penal de los procesados.
El abogado de la acusaci¨®n particular, Dar¨ªo Fern¨¢ndez, pidi¨® penas de 30 a?os de reclusi¨®n mayor para cada uno de los procesados, por tres delitos de ases?nato. En su segundo informe retir¨® la calificaci¨®n de ensai¨ªamiento y a?adi¨® la ¨¢gravante gen¨¦rica de nocturnidad y despoblado, manteniendo las circunstancias de alevos¨ªa y nocturnidad.
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Mes y medio de juicio
Viene de la primera p¨¢gina
El tribunal que ha juzgado el llamado caso Almer¨ªa dio a conocer ayer por la tarde el contenido de la sentencia, aunque la primera noticia sobre la misma fue dada por el presidente del Gobierno en un aparte con los periodistas despu¨¦s de la conferencia de Prensa de ayer.
El juicio contra los tres guardias civiles, que la Audiencia Provincial ha hallado culpables de homicidio y que ha durado mes y medio, pasar¨¢ a la historia de la Justicia espa?ola tanto por la personalidad de los inculpados cuanto por el hecho de que esta ha sido la primera vez que guardias civiles son juzgados ante un tribunal de la jurisdicci¨®n ordinaria por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. La ley de Polic¨ªa de 4 de diciembre de 1978 atribuye a la Guardia Civil, en efecto, la funci¨®n de defender el orden constitucional, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. La instrucci¨®n y enjuiciamiento de los delitos cometidos en el ejercicio de dichas funciones corresponden a las audiencias provinciales.
El 9 de mayo de 1981, las v¨ªctimas de los hechos, Luis Montero Garcia, Luis Cobos Mier y Juan Ma?as Morales -los tres residentes a la saz¨®n en Santander, y el ¨²ltimo natural de Pechina (Almer¨ªa)- se encontraban de vacaciones en la provincia almeriense para asistir a la primera comuni¨®n de un hermano menor de Juan Ma?as, cuando fueron detenidos en Roquetas de Mar por efectivos de la Guardia Civil, que err¨®neamente los consideraron sospechosos de pertenecer a la organizaci¨®n terrorista ETA. Las detenciones se produjeron como consecuencia de denuncias formuladas por personas que creyeron reconocer en las v¨ªctimas a algunos de los presuntos culpables del atentado que acababa de producirse en Madrid contra el general Valenzuela.
En las horas posteriores a.la detenci¨®n de los tres j¨®venes santanderinos se produjeron sus muertes en extra?as circunstancias que no han quedado suficientemente aclaradas durante la larga vista. de la causa. Seg¨²n la versi¨®n oficial, en las primeras horas de la ma?ana del d¨ªa 10 de mayo del pasado a?o, en el punto kilom¨¦trico 8.350 de la carretera de G¨¦rgal, los tres detenidos intentaron agredir al conductor del veh¨ªculo en que las v¨ªctimas eran conducidas a Madrid. En ese momento el conductor y otro guardia, que custodiaba a las v¨ªctimas, se arrojaron fuera del veh¨ªculo, un Ford Fiesta, por las dos ¨²nicas puertas del mismo.
Siempre seg¨²n la versi¨®n oficial previa al juicio y que no ha sido modificada sustancialmente durante la vista, el teniente coronel Castillo Quero, que viajaba en otro veh¨ªculo de la caravana que se hab¨ªa formado para este traslado, orden¨® parar el suyo al tiempo que daba la orden de disparar haci¨¦ndolo tambi¨¦n ¨¦l mismo. La misma versi¨®n oficial, coincidente con el relato de los hechos mantenido por los acusados durante la vista de la causa, refiere c¨®mo, al instante de producirse los disparos, el veh¨ªculo de las v¨ªctimas, envuelto en llamas, cay¨® por un terrapl¨¦n con los detenidos en su interior. Los informes de los m¨¦dicos forenses dejar¨ªan fuera de toda duda que los tres j¨®venes murieron antes de su calcinaci¨®n por las ll¨¢mas, que, al parecer, no pudieron reducir ninguno de los once guardias civiles presentes en el momento de los hechos.
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