El defensor del pueblo
El mayor obst¨¢culo que va a tener el defensor del pueblo es, parad¨®jicamente, la expectaci¨®n que ha creado. El mesianismo caracter¨ªstico de nuestro pa¨ªs, y no lo decimos como alabanza, porque es uno de nuestros grandes defectos nacionales, ha depositado en la instituci¨®n una cantidad tal de esperanzas que va a descargar sobre ella -podemos vaticinarlo- aut¨¦nticas monta?as de papel en las que puede quedar enterrada la eficacia de la instituci¨®n, por mucha capacidad que atribuyamos a quienes la sirven y muchos medios materiales con que se les doten. La ignorancia de los medios legales para hacer valer el propio derecho y el recelo ante dichos medios, que lleva a reiteraciones viciosas o a la simultaneidad de las v¨ªas utilizadas, tal como se ha experimentado en el derecho de petici¨®n, que cuenta con m¨¢s de veinte a?os de experiencia, podr¨ªa, repetimos, hacer ineficaz una instituci¨®n tan simp¨¢tica como la que motiva este comentario. ( ... )El defensor del pueblo no se puede reducir a ser un buz¨®n de quejas ni un consultor; con ser eso en parte, su techo debe estar mucho m¨¢s alto. Pero sin salir del campo jur¨ªdico que le compete. Lo que pasa es que ese campo esta lindando con el pol¨ªtico y habr¨¢ que correr el riesgo de que se confunda a veces con ¨¦l.
Pero s¨®lo aparentemente. Ah¨ª es donde les har¨¢ falta al defensor y a sus colaboradores la m¨¢xima independencia de juicio. Tambi¨¦n la comprensi¨®n de los pol¨ªticos, tanto del Gobierno como de la oposici¨®n. Escribimos esto pensando en la suspicacia que ya han mostrado algunos con motivo del nombre de uno de los futuros adjuntos del defensor del pueblo. Nosotros creemos que el sentido de responsabilidad va a prevalecer, naturalmente, sobre cualquier otra consideraci¨®n, y que defensor y colaboradores sabr¨¢n dejar a la puerta sus anteriores adscripciones o simpat¨ªas pol¨ªticas. Pero por esto mismo no es con recelos como se les debe acoger, sino con la plena confianza que merece la gravedad de su misi¨®n.
Por lo que toca a las cualidades personales del se?or Ruiz-Gim¨¦nez, no queremos m¨¢s que subrayar aquello en que es notoria la unanimidad: su competencia de jurista, su arraigado sentido cristiano y humano, su sensibilidad para la justicia y su honestidad personal. El cargo va a requerir cualidades excepcionales de dedicaci¨®n y de firmeza. Nosotros manifestamos a su titular nuestra simpat¨ªa y le deseamos el m¨¢ximo acierto en su dif¨ªcil gesti¨®n.
29 de diciembre
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