El Estado se har¨¢ cargo de las deudas de las corporaciones locales, seg¨²n un proyecto de ley del Ministerio de Econom¨ªa
El Estado se har¨¢ cargo de la totalidad de las cargas financieras que arrastran las corporaciones locales para cubrir los presupuestos extraordinarios de liquidaci¨®n de deudas correspondientes a los ejercicios de los a?os 1975 a 1982, ambos inclusive, seg¨²n el borrador de la ley sobre Medidas Urgentes de Saneamiento y Regulaci¨®n de las entidades locales preparado por el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda. Hasta ahora, la aportaci¨®n estatal s¨®lo cubr¨ªa el 50% de esta deuda y el 50% restante era asumido por los ayuntamientos y diputaciones.El borrador contempla algunas medidas de car¨¢cter urgente que precisan una aplicaci¨®n inmediata en espera de la futura ley de Financiaci¨®n de las Entidades Locales, que ser¨¢ remitida al Congreso de los Diputados en los pr¨®ximos meses y cuya entrada en vigor se prev¨¦ para 1984.
En el articulado de la ley de Medidas Urgentes se replantean globalmente los medios econ¨®micos con que contar¨¢n las haciendas locales, respondiendo a las exigencias de suficiencia y autonom¨ªa financiera local. El borrador establece los tributos propios que tendr¨¢n en el futuro las haciendas locales y el incremento de la participaci¨®n de las corporaciones en los ingresos estatales. Asimismo, se potencia el cr¨¦dito oficial, destinado de manera preferente a la realizaci¨®n de proyectos.
El Gobierno pretende con estas medidas urgentes alcanzar dos objetivos: que los recursos ordinarios que actualmente est¨¢n destinados a atender las cargas financieras queden liberados para atender los gastos ordinarios y, por otra parte, rehabilitar la capacidad de endeudamiento de las corporaciones para sufragar los gastos de inversi¨®n.
En los ¨²ltimos a?os, el Estado se hac¨ªa cargo del 50% de la carga financiera de los presupuestos extraordinarios de liquidaci¨®n de deudas del per¨ªodo comprendido entre 1975 y 1979-, seg¨²n establec¨ªan los decretos-leyes 42/1980 y 40/1981. As¨ª, la aportaci¨®n del Estado ascendi¨® a 10.008 millones de pesetas en 1981 y 11.000 millones en 1982. La previsi¨®n para 1983 se estima en 12.305 millones de pesetas y se prev¨¦ su estabilizaci¨®n desde 1984 y hasta 1988 con 13.500 millones aproximadamente. Esta misma cuant¨ªa es la carga adicional que asumir¨¢ ahora el Estado si se aprueba la ley de Medidas Urgentes, carga que comenzar¨¢ a decrecer a partir de 1988 como consecuencia de la amortizaci¨®n total de algunas operaciones, inicialmente Madrid y Barcelona, correspondientes a los ejercicios de 1975 y 1976, y desaparecer¨¢ totalmente en 1993.
Liquidaci¨®n de la deuda real
Asimismo, se plantean medidas econ¨®mico-financieras para cubrir el d¨¦ficit real de las entidades locales en los ejercicios correspondientes a los a?os 1981-1982 que no contemplaban los RDI- 42/1980 y 40/1981. Entre este nuevo paquete de medidas se propone que el Estado se haga cargo de la financiaci¨®n del d¨¦ficit real existente en los ayuntamientos y diputaciones a 31 de diciembre de 1982, mediante una subvenci¨®n con cargo a los presupuestos generales, cuando aquella cuant¨ªa no exceda del 20% de la suma de las obligaciones reconocidas y liquidadas en 1982. El ministerio establece una serie de condiciones a las corporaciones locales para acogerse a estas medidas, que podr¨ªan significar la restricci¨®n de la autonom¨ªa municipal durante el plazo de cinco a?os. Durante este per¨ªodo, las corporaciones que se acojan a estos beneficios deber¨¢n aceptar la congelaci¨®n de plantilla, de las retribuciones de personal, de los gastos voluntarios (cultura, deportes, etc¨¦tera) que no son de estricta competencia municipal, y de los gastos de funcionamiento normal. Igualmente, se establece un conjunto de medidas que tienden a un control constante y sistem¨¢tico de estas corporaciones.
La cuantificaci¨®n del d¨¦ficit real de los ayuntamientos capitales de provincia, o con m¨¢s de 100.000 habitantes, en 1980, fue de 27.366 millones de pesetas, y en 1982 se estima que el d¨¦ficit se elevar¨¢ a 115.000 millones. Es de se?alar que de esta cifra casi 40.000 millones corresponden al d¨¦ficit correspondiente al transporte p¨²blico municipal. De los 115.000 millones del d¨¦ficit previsto, el 90% del total pertenece a Barcelona (50%), Madrid (23%), Valencia (9%) y Sevilla (5%). El borrador plantea tambi¨¦n un aumento en la participaci¨®n de los impuestos estatales, que pasar¨ªa del 7% al 8%, con la limitaci¨®n de que en ning¨²n caso esta participaci¨®n podr¨¢ superar el 40% del conjunto de los ingresos municipales. Con esta medida se favorece a aquellas corporaciones que apliquen una mayor presi¨®n fiscal. Asimismo, se establecer¨ªa un recargo del 3% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas presentados en las respectivas localidades.
Federaci¨®n de Municipios
En una valoraci¨®n de estas medidas urgentes del borrador del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, la Federaci¨®n de Municipios de Catalu?a indica que gran parte de los d¨¦ficit acumulados por las corporaciones son debidos al menor rendimiento de las nuevas tarifas de la licencia fiscal aplicadas en contradicci¨®n a las previsiones de la propia Delegaci¨®n de Hacienda de Barcelona. Respecto a la futura mayor participaci¨®n de los ingresos estatales por parte de los municipios, se critica la falta de criterios objetivos en la limitaci¨®n del 40% de esta participaci¨®n, ya que el aumento de la participaci¨®n est¨¢ condicionado al incremento de la de la presi¨®n fiscal aplicado por los ayuntamientos. Esta medida podr¨ªa perjudicar a aquellos ayuntamientos que, sin haber abandonado una pol¨ªtica fiscal, no han podido adecuar sus ingresos por dificultades ajenas a ellos.
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