El Gobierno aprueba una importante reforma de la ley de Enjuiciamiento Civil destinada a agilizar la justicia
El Ministerio de Justicia dio un paso importante ayer en su proceso de agilizaci¨®n y reforma del sistema judicial, al enviar a las Cortes un proyecto para modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil y un decreto que aumenta sensiblemente el n¨²mero de salas y plazas en los tribunales de justicia. Con ello, el Gobierno trata de atender a una antigua reivindicaci¨®n en el sentido de que se proceda a la agilizaci¨®n del sistema judicial.
El proyecto de reforma de la Ley de Enjuciamiento Civil, que afecta a 156 art¨ªculos, fue aprobado ayer y enviado a las Cortes por el Consejo de Ministros, aunque no pudo ser presentado a los medios informativos por el titular de Justicia, Fernando Ledesma, quien ayer mismo viaj¨® a Italia. El objetivo fundamental del proyecto de reforma consiste en "ampliar y profundizar el derecho fundamental a la tutela efectiva de jueces y tribunales".La norma ayer aprobada en fase de proyecto permitir¨¢ acelerar notablemente la resoluci¨®n de procesos tan cotidianos como los de arrendamientos de viviendas y locales de negocio, reclamaci¨®n de cantidades (en especial las inferiores a medio mill¨®n de pesetas) y otros menos frecuentes, pero de gran trascendencia por su car¨¢cter personal, como las relativas a afiliaci¨®n, paternidad o maternidad.
Disminuci¨®n de costos
Un aspecto importante de esta reforma es la disminuci¨®n de los costos de los procesos, que hasta ahora resultaban desproporcionados en pleitos de peque?a cuant¨ªa, llegando incluso a superar el valor del bien que se reclama o defiende. Esta disminuci¨®n de los cotos, as¨ª como la aceleraci¨®n del proceso, se obtiene mediante una importante simplificaci¨®n de los tr¨¢mites: de acuerdo con el proyecto, el litigante podr¨¢ comparecer por s¨ª mismo en juicios verbales y de congnici¨®n; tambi¨¦n se podr¨¢ tramitar directamente y sin intermediarios el despacho y las comunicaciones judiciales, se suprimir¨¢ el anuncio en peri¨®dicos oficiales de las subastas de bienes de valor ¨ªnfimo, se suprimir¨¢ la conciliaci¨®n como tr¨¢mite obligatorio, el car¨¢cter improrrogable de los plazos, etc¨¦tera. Otra innovaci¨®n importante ser¨¢ la condena en costas para el litigante cuya petici¨®n fuera denegada, as¨ª como la ejecuci¨®n provisional de las sentencias en primera instancia, mientras se tramitan los recursos contra ellas.De acuerdo con esta reforma de la vetusta Ley de Enjuiciamiento Civil, el juez dispondr¨¢ de mayores potestades, por ejemplo a la hora de acordar la pr¨¢ctica de las pruebas testificales o para poder apreciar de oficio la existencia de defectos o la falta de presupuestos procesales a la hora de entablarse un juicio.
En la actualidad se da la absurda circunstancia de que el juez debe pronunciarse sobre estos defectos en la sentencia, es decir, tras haberse culminado todas las fases del procedimiento, lo que supone un esfuerzo in¨²til. Tambi¨¦n se permitir¨¢, una vez que el proyecto quede aprobado, que el juez examine su propia competencia territorial desde el primer momento, sin necesidad de esperar a que las partes denuncien su falta.
Otro aspecto a destacar es el de la modernizaci¨®n de la ley en aspectos como la comunicaci¨®n, ya que, por ejemplo, se permite la utilizaci¨®n del t¨¦lex y el tel¨¦fono, y la posibilidad de ejecuci¨®n en moneda extranjera, lo que, al no existir hasta ahora en nuestro derecho, hab¨ªa motivado en algunos casos la no admisi¨®n de pleitos de acreedores extranjeros contra empresas espa?olas. Tambi¨¦n a propuesta del ministro de Justicia, el Consejo aprob¨® un real decreto por el que se revisa el n¨²mero de salas y secciones de los tribunales colegiados y las plantillas de personal.
En el marco de la pol¨ªtica de aumento y mejora de los medios que exige el funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia, se crean 53 nuevas plazas: dos nuevas salas de la Audiencia Territorial de Madrid; diez secciones en las audiencias provinciales de Barcelona, Madrid, Valencia, Zaragoza, M¨¢laga, C¨¢diz, C¨®rdoba, Murcia, La Coru?a y Pontevedra, y plazas de magistrados en audiencias y salas de Barcelona, Oviedo, Santander, La Coru?a, Granada, Sevilla, Valencia y Valladolid.
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