Cerca de 500 tel¨¦fonos se encuentran intervenidos actualmente en Espa?a
El n¨²mero de tel¨¦fonos intervenidos en Espa?a en estos momentos se aproxima a los 500, seg¨²n los ¨²ltimos datos obtenidos en fuentes de la Compa?ia Telef¨®nica y del Ministerio del Interior. Esta cifra representa los que se encuentran bajo responsabilidad de alguna autoridad gubernativa o judicial, aunque es probable la existencia de otras al margen de la ley. Las deficiencias en el control p¨²blico del uso de escuchas y la plena libertad de mercado para aparatos de espionaje de conversaciones, unido a la falta de penalizaci¨®n de usos no legales de estos procedimientos, configura un cuadro inquietante para la seguridad del secreto de las comunicaciones.
A 5 de julio pasado, las estad¨ªsticas en poder de la delegaci¨®n del Gobierno en la Telef¨®nica daban cuenta de 456 l¨ªneas controladas por orden judicial o gubernativa. Con las peque?as variaciones realizadas desde entonces, la cifra actual de tel¨¦fonos intervenidos oficialmente puede situarse entre los 450 y los 500, n¨²mero sensiblemente m¨¢s alto del que ha venido manej¨¢ndose hasta ahora.Aproximadamente la mitad de las l¨ªneas est¨¢n pinchadas con autorizaci¨®n de jueces ordinarios. Parte de dichos mandamientos se refieren a la investigaci¨®n de delitos comunes, principalmente tr¨¢fico de drogas y contrabando de otras mercanc¨ªas, y el resto corresponden a tel¨¦fonos conectados al llamado circuito de llamadas maliciosas -sistema que permite a la compa?¨ªa intervenir l¨ªneas a petici¨®n del abonado, previa denuncia a la polic¨ªa o al juez. Otros 250 tel¨¦fonos m¨¢s son los vigilados al amparo de la ley antiterrorista, bajo la responsabilidad de los jueces de la Audiencia Nacional, aunque el pinchazo suele hacerse por iniciativa del ministro del Interior o del,director de la Seguridad del Estado.
De las escuchas autorizadas, las antiterroristas son las ¨²nicas que cuentan con un procedimiento concreto y en alguna medida trascienden al p¨²blico, puesto que existe la obligaci¨®n legal de dar cuenta de sus resultados a las Cortes. Esto implica que s¨®lo una parte de los tel¨¦fonos intervenidos se encuentran sujetos a alg¨²n tipo de informaci¨®n p¨²blica respecto al uso de tal medio. El resto quedan en el ¨¢mbito interno del ¨®rgano que autoriz¨® la escucha.
Informaci¨®n somera
Medios judiciales se?alan que, en no pocos casos, las cintas grabadas a ciudadanos sospechosos no llegan a ser controladas por el juez que autoriz¨® la escucha, quien, por falta de tiempo o de medios auxiliares, suele recibir s¨®lo una informaci¨®n somera, salvo que muestre expresamente su inter¨¦s por escuchar algo concreto. Ninguna disposici¨®n legal obliga a los jueces a dar cuenta del uso de las escuchas, y no existe regulaci¨®n de las mismas en cuanto a procedimiento. Los ¨²nicos controles son la estad¨ªstica que peri¨®dicamente recibe la delegaci¨®n del Gobierno en la Compa?¨ªa Telef¨®nica y el archivo de mandamientos.La Polic¨ªa o la Guardia Civil, seg¨²n los casos, realizan tambi¨¦n algunas escuchas autorizadas que no recorren todos los tr¨¢mites previstos. Hay intervenciones de corta duraci¨®n, casi siempre relacionadas con el terrorismo en que el pinchazo se efect¨²a a horas en que la mayor¨ªa del personal laboral se encuentra ausente de las centrales. El sistema afecta especialmente al Pa¨ªs Vasco, y la explicaci¨®n ofrecida para ello es que influyen tanto razones de urgencia como de seguridad.
Todo este conjunto de datos lleva a pensar que, aun con autorizaci¨®n judicial o gubernativa, el control minucioso del uso de escuchas es bastante escaso. Y si esta es la situaci¨®n de las legales, queda a la imaginaci¨®n de cada cual como pueden ser las incontroladas.
Todo ello plantea un cuadro inquietante de riesgos para el mantenimiento del secreto de las comunicaciones. Desde algunos. puntos de vista se alega que las escuchas han prestado servicios considerables a la defensa de la democracia, como sucedi¨® en los d¨ªas posteriores a la intentona golpista del 23-F, pero desde otros se contesta que el poder de un Gobierno debe estar perfectamente limitado en el uso de medios tan poderosos para la violaci¨®n de la intimidad de los ciudadanos.
Frente a esta situaci¨®n general, la investigaci¨®n abierta en los casos concretos denunciados hasta ahora es negativa, al menos por el momento. La polic¨ªa efectu¨® un barrido de l¨ªneas correspondientes a la sede de Alianza Popular, y una empresa privada hizo lo propio en domicilios particulares de dirigentes de la oposici¨®n. Ninguna de estas operaciones proporcion¨® algo positivo. Tambi¨¦n fue negativa, en cuanto a datos sobre escuchas ilegales, la inspecci¨®n de un dirigente de AP a uno de los locales policiales de escuchas en Madrid.
Procedimientos de 'espionaje'
Mientras el vac¨ªo legal al respecto siga siendo tan clamoroso como el de los ¨²ltimos a?os, nadie puede estar seguro de no ser escuchado contra su voluntad, y de que, caso de serlo, el responsable ser¨¢ perseguido legalmente. Incluso ciertos tribunales, como los laborales, tienden a admitir la grabaci¨®n de conversaciones como medio normal de prueba judicial (v¨¦ase EL PAIS de 11 de julio pasado).Un prestigioso penalista, miembro de la comisi¨®n asesora del Gobierno para la redacci¨®n del nuevo C¨®digo Penal, considera "un error" no haber incluido las escuchas ilegales entre las medidas urgentes de reforma de las leyes penales, realizadas en la primavera pasada por iniciativa del Gobierno socialista. Cabe anotar que tampoco la oposici¨®n hizo hincapi¨¦ entonces sobre la urgencia de esta cuesti¨®n.
La investigaci¨®n abierta por las denuncias sobre escuchas clandestinas ha permitido, sin embargo, actualizar la informaci¨®n sobre t¨¦cnicas existentes para efectuarlas. Los m¨¦todos factibles se refieren a la vigilancia del domicilio o lugar de trabajo, a trav¨¦s de micr¨®fonos instalados en las cercan¨ªas del edificio en cuesti¨®n, o bien a micr¨®fonos ocultos en el edificio y conectados a equipos de escucha exterior. El primero de los casos no puede ser perseguido seriamente, mientras el segundo exige un previo allanamiento del local investigado, lo cual s¨ª es un delito, con las l¨®gicas dificultades de identificaci¨®n del autor.
Otro sistema es la intervenci¨®n directa de l¨ªneas telef¨®nicas en los tendidos. Los expertos consideran improbable que pueda hacerse en los mazos de cables que discurren por galer¨ªas subterr¨¢neas, por la dificultad de acertar con la l¨ªnea buscada. M¨¢s sencillo es intervenir los cables tendidos a lo largo de fachadas, incluso a plena luz del d¨ªa, puesto que el riesgo de equivocarse de l¨ªnea es m¨¢s reducido y el interventor puede pasar por trabajador que efect¨²a una reparaci¨®n o comprobaci¨®n aparentemente normal.
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