Los parados y las familias ya pueden reclamar
Algunos asesores fiscales, as¨ª como varios inspectores de Hacienda consultados, aconsejan impugnar cuanto antes las autoliquidaciones efectuadas al declarar renta, por parte de los parados afectados que sufrieron rentenciones y por las familias que s¨®lo dedujeron 10.000 pesetas por gastos personales no jusficados. En cambio, Hacienda mantiene que la sentencia de la Audiencia de Valencia s¨®lo ser¨¢ aplicable, una vez ventilado el recurso ante el Supremo, al matrimonio que promovi¨® el caso, y ha dado instrucciones a la inspecci¨®n para que no admita otras deducciones. Para los desempleados, ayer qued¨® confirmada la versi¨®n de Gaceta Fiscal.
Aunque el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda asegura que todav¨ªa no ha recibido oficialmente la sentencia del Supremo sobre los subsidios de desempleo, pese a haberla reclamado tres o cuatro veces, el fisco se muestra dispuesto a recibir las reclamaciones oportunas, si bien ¨²nicamente ya las relativas a 1982 (declaraciones efectuadas este a?o) y dentro del plazo m¨¢ximo de un a?o desde que se present¨® la declaraci¨®n.
Por el contrario, para quienes se sientan con derecho a deducir 10.000 pesetas por cada miembro de la unidad familiar -la sentencia de Valencia admite tambi¨¦n la de convivencia-, Hacienda se?ala que no les queda otra v¨ªa que el recurso ante los tribunales. Al mismo tiempo, quiere impedir que en la pr¨®xima declaraci¨®n sobre la renta (1984, sobre los ingresos de 1983) se mantengan las dudas. En la de 1985, relativa a las rentas de 1984, el proyecto de ley de Presupuestos para el pr¨®ximo a?o, pendiente de aprobaci¨®n por el Senado, aclara que no hay derecho a extender la deducci¨®n general a cada miembro de la familia, as¨ª como tampoco a cada uno de los tres conceptos de gastos personales.
Seg¨²n la versi¨®n de asesores y varios inspectores, es indiscutible que para 1985, de acuerdo con el citado proyecto, no habr¨¢ dudas. Pero, si antes no sale otra disposici¨®n con car¨¢cter de ley, la pr¨®xima declaraci¨®n podr¨¢ incluir deducciones por cada familiar, sea c¨®nguye, ascendiente o descendiente. A?aden que la sentencia de la Audiencia valenciana sentar¨¢ jurisprudencia si no es recurrida, y permite afirmar que no hay temeridad al interpretar que se ha registrado desde 1979 un error de derecho.
Por tanto, opinan que los contribuyentes en paro o que no dedujeron las 10.000 pesetas por cada miembro de la familia o las 10.000 por cada uno de los conceptos de gastos personales deben reclamar directamente a Hacienda, si no quieren acudir a los tribunales. El plazo es de seis meses a un a?o desde su autoliquidaci¨®n, es decir, que vencer¨¢ entre marzo y junio pr¨®ximos, seg¨²n los casos.
Para los a?os anteriores, hasta 1979, los inspectores no ven ninguna posibilidad. Los asesores apuntan que puede caber la modificaci¨®n de las declaraciones si se afronta una inspecci¨®n y no se ha prestado la conformidad definitiva a la deuda.
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