Econom¨ªa interviene y liquida seis compa?¨ªas de seguros, con m¨¢s de 350.000 p¨®lizas afectadas
La Direcci¨®n General de Seguros, dependiente de la Secretar¨ªa de Estado de Econom¨ªa, ha sancionado con la liquidaci¨®n forzosa e intervenida a la compa?¨ªa de seguros Magerit-Mutualidad de Seguros Generales, y ha nombrado liquidadores para que intervengan en en la Compa?¨ªa General Aseguradora Orleans, SA. Con estas actuaciones son ya cuatro las compa?¨ªas de seguros que se encuentran en liquidaci¨®n forzosa desde primeros de a?o: sendas ¨®rdenes del pasado 11 de enero sancionaron con id¨¦nticas medidas a las compa?¨ªas Filadelfia Seguros, SA, y Cosefisa.
La Direcci¨®n General de Seguros ha decidido la intervenci¨®n administrativa de otras dos compa?¨ªas, Asturica, Compa?¨ªa de Seguros, SA, y Aseguradora Mundial, SA.Estas ¨²ltimas entidades ya hab¨ªan acordado en sendas juntas generales extraordinarias la liquidaci¨®n voluntaria a consecuencia de los expedientes sancionadores incoados tras el descubrimiento de irregularidades y otras infracciones descubiertas en varias inspecciones.
La liquidaci¨®n de estas seis empresas est¨¢ creando un clima de caos e inquietud entre los profesionales del sector, y sobre todo entre los clientes, al comprobarse que son ya m¨¢s de 350.000 el n¨²mero de p¨®lizas que no podr¨ªan cumplir sus compromisos en caso de siniestro. En efecto, s¨®lo las p¨®lizas del seguro obligatorio del autom¨®vil est¨¢n garantizadas en parte por el Consorcio de Compensaci¨®n de Seguros.
Esta entidad, en la que se integr¨® en 1981 el Fondo Nacional de Garant¨ªas de Riesgos de la Circulaci¨®n, garantiza las indemnizaciones a terceros hasta el l¨ªmite de un mill¨®n de pesetas en caso de muerte y de 1,5 millones de pesetas en el supuesto de gran invalidez cuando se desconoce el responsable de los da?os causados en accidente de circulaci¨®n, o el autor carec¨ªa de seguro. La garant¨ªa se extiende especialmente a supuestos como los presentes, en que las compa?¨ªas se encuentran en fase de liquidaci¨®n al no poder atender sus compromisos financieros por insolvencia.
Legislaci¨®n caduca
El resto de p¨®lizas, como las complementarias del seguro de autom¨®vil, (voluntario, ocupantes, da?os propios) seguros de vida, de incendio, robo y dem¨¢s especialidades carecen de la m¨¢s m¨ªnima garant¨ªa por parte del Estado en el caso de que se produzca la liquidaci¨®n de la compa?¨ªa.Fuentes de la Direcci¨®n General de Seguros han se?alado que la liquidaci¨®n de estas seis compa?¨ªas constituye el primer resultado de las actuaciones y control que se viene ejercitando, mediante numerosas inspecciones realizadas en los ¨²ltimos a?os, sobre las m¨¢s de 650 aseguradoras espa?olas.
El volumen de actas levantadas evidencia la existencia de un segundo paquete integrado probablemente por m¨¢s de un centenar de empresas en las que se han detectado irregularidades contables y patrimoniales de menor entidad.
En estos supuestos la Administraci¨®n ha intervenido numerosas compa?¨ªas con el objeto de comprobar el cumplimiento de las directrices tendentes a equilibrar los desajustes patrimoniales existentes en la actualidad o a efectuar los balances con un mayor rigor contable. La Administraci¨®n conf¨ªa en que la mayor¨ªa de estas empresas consigan recuperarse.
Entre las compa?¨ªas que fueron intervenidas y que han conseguido reequilibrar su situaci¨®n, destacan La Constancia y El Porvenir de los Hijos. Ambas firmas han nombrado nuevos equipos de gesti¨®n.
Las mismas fuentes se?alan que la causa fundamental de estos percances es la existencia de una legislaci¨®n caduca como la Ley del Seguro de 1954 y el anterior reglamento, que fue dictado en 1912. Esta antigua normativa permit¨ªa la creaci¨®n de entidades aseguradoras con un capital suscrito de 25 millones de pesetas del que s¨®lo se precisaba desembolsar la mitad. Adem¨¢s, las cautelas para la cobertura de riesgos eran m¨ªnimas y el control sobre los ¨®rganos de gesti¨®n, escaso e ineficaz.
Ante la lentitud con que se desarrollaba la nueva legislaci¨®n sobre seguros, actualmente en el Congreso de los Diputados, la Direcci¨®n General de Seguros elabor¨® dos ¨®rdenes en septiembre de 1982 y julio de 1983 en las que se recog¨ªan los criterios de la Comunidad Econ¨®mica Europea sobre m¨¢rgenes de solvencia y garant¨ªas de las entidades aseguradoras.
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