Penas leves para los tripulantes de dos barcos apresados por contrabando de tabaco en Galicia
La Audiencia Provincial de Pontevedra dict¨® ayer sentencia en el juicio seguido a un capit¨¢n y 15 tripulantes de los barcos Ceder y Tessa, apresados el 24 de mayo,de 1983 por contrabando de tabaco. El fallo judicial considera probado el delito y acepta la intervenci¨®n del Estado en la captura de barcos contrabandistas fuera de sus aguas jurisdiccionales, por haberse demostrado la existencia de conexiones con tierra. Sin embargo, aplica a los procesados penas inferiores a las solicitadas por el ministerio fiscal. Solamente el capit¨¢n deber¨¢ permanecer en prisi¨®n, mientras los otros 15 tripulantes quedan en libertad, al haber sido condenados a penas inferiores al tiempo ya cumplido en prisi¨®n preventiva.El capit¨¢n del Ceder, buque de bandera paname?a de 300 toneladas de registro apresado a diez millas de las aguas jurisdiccionales de Espa?a, frente a las costas de Pontevedra, ha sido condenado a dos a?os, cuatro meses y un d¨ªa de prisi¨®n menor y al pago de una multa de 1.000 millones de pesetas. Loukas Constantinos Nicolaos -informa nuestra corresponsal, Mar¨ªa Jos¨¦ Porteiro- ha sido considerado culpable de participar en la operaci¨®n, mediante la cual se introduc¨ªa ilegalmente en Espa?a un cargamento de ocho millones de cajetillas de tabaco rubio americano. El barco que capitaneaba Nicolaos serv¨ªa de intermediario entre otro mayor, el Tessa, tambi¨¦n de bandera panaine?a,con 1.000 toneladas de registro bruto, y las lanchas planeadoras que transportaban el tabaco a la r¨ªa de Arosa.
El capit¨¢n del Ceder ha sido declarado insolvente, por lo que deber¨¢ cumplir seis meses de arresto sustitutorio en lugar de pagar la multa impuesta. Seg¨²n fuentes judiciales, ¨¦ste es uno de los puntos d¨¦biles de la nueva legislaci¨®n sobre el contrabando, aprobada hace dos a?os por las Cortes, ya que la pena m¨¢xima de arresto que se puede imponer en casos de insolvencia es solamente de seis meses, como en el caso de Loukas Constantinos.
En la vista, cuya sentencia se hizo p¨²blica ayer, se tuvo por primera vez en cuenta el art¨ªculo 23 de la convenci¨®n de Ginebra, que regula el derecho de persecuci¨®n. En este sentido, tanto el juicio como la sentencia sientan jurisprudencia. Los jueces consideraron probada la, existencia de un delito de contrabando como queda reiflejado en la sentencia.,
Los 15 tripulantes restantes, 5 del Ceder y 10 del Tessa, fueron condenados a pagar una multa conjunta de 700 millones de pesetas y a tres meses de arresto mayor. Tambi¨¦n fueron declarados insolventes, por lo que se les conden¨® asimismo a seis meses de arresto sustitutorio. Dado que todos los procesados se encontraban cumpliendo prisi¨®n preventiva desde finales de mayo de 1983, fueron puestos inmediatamente en libertad al haber cumplido los nueve meses impuestos.
En el momento de la aprehensi¨®n de los buques fueron detenidas dos personas m¨¢s, tripulantes del Ceder, que se dieron a la fuga cuando eran trasladados a la aduana del puerto de Vigo. Durante el juicio, Constantinos Nicolaos declar¨® que estos dos tripulantes hab¨ªan establecido contacto por radio con las autoridades espa?olas cuando el Ceder se encontraba en Leixoes (Portugal), avis¨¢ndoles de la operaci¨®n que se iba a llevar a cabo y dejando entrever que se les hab¨ªa permitido la fuga por esta colaboraci¨®n prestada. Los jueces han ordenado el decomiso del tabaco y de los barcos Tessa y Ceder para que se les d¨¦ el destino legal correspondiente. Ambos barcos se encuentran anclados en el puerto de Vigo desde el momento de su aprehensi¨®n.
El abogado de los tripulantes, del Tessa, Pablo Vioque, y el abogado del capit¨¢n del Ceder y del jefe de m¨¢quinas del Tessa, Eleuterio Cudeiro, anunciaron que piensan recurrir contra la sentencia.
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