Hacienda embarga el piso a un contribuyente por una deuda que liquid¨® hace dos a?os
Pedro Le¨®n Garc¨ªa, de 64 a?os, jubilado, trabajador aut¨®nomo hasta junio de 1978, ha visto su piso embargado por el Ministerio de Hacienda debido a que, seg¨²n la Oficina de Recaudaci¨®n de Contribuciones e Impuestos del Estado de la zona de Hortaleza, de Madrid, adeuda la cantidad de 16.350 pesetas en concepto del impuesto de tr¨¢fico de empresas. Sin embargo, Pedro Le¨®n ha presentado en la Delegaci¨®n Provincial de Hacienda los recibos que demuestran, seg¨²n afirma ¨¦l mismo, que la factura fue pagada el 17 de diciembre de 1981.
Pedro Le¨®n Garc¨ªa no puede disimular su nerviosismo. Afirma que "desde el pasado viernes, que recib¨ª la orden de embargo, m¨ª mujer y yo vivimos en un estado de nervios continuo". Pedro Le¨®n vive actualmente con su esposa, Mar¨ªa Blas de Lucas, en su domicilio familiar, en la puerta n¨²mero 1 del segundo piso de la calle de Totana, 8, al final de L¨®pez de Hoyos. Hasta el 30 de junio de 1978 trabaj¨®, en r¨¦gimen de empresario aut¨®nomo, como pintor. En esa fecha se dio de baja en la Delegaci¨®n Provincial de la Mutualidad Laboral de Trabajadores Aut¨®nomos de Madrid. A principios de 1979 recibi¨® una notificaci¨®n de la Delegaci¨®n Provincial de Hacienda reclam¨¢ndole el pago de 13.500 pesetas en concepto de impuesto de tr¨¢fico de empresas por todo el a?o 1978.El 30 de abril de 1979 el interesado present¨® un recurso ante el administrador de Tributos de la delegaci¨®n, dando cuenta de que le corresponde pagar s¨®lo la mitad del a?o, y pidiendo que se subsanara el error. Efectivamente, en un oficio firmado el 17 de noviembre de 1981 por Emilio Morillo, subinspector de Tributos, se reconoce que ha habido un error humano al practicarle la liquidaci¨®n y que, al reducir el espacio de tributaci¨®n a la mitad, la cantidad que le corresponde pagar es s¨®lo de 6.750 pesetas. El 17 de diciembre de 1981 el contribuyente ingresa dicha cantidad, mediante transferencia bancaria, a favor de Hacienda.
El piso, a p¨²blica subasta
"Nunca me ha gustado tener deudas pendientes. Te causan m¨¢s problemas y preocupaciones que otra cosa", afirma Pedro Le¨®n, quien, arreglado el asunto, continu¨® su vida tranquila de jubilado. El 22 de junio de 1982, sin embargo, la Oficina de Recaudaci¨®n de Contribuciones e Impuestos del Estado de la zona de Hortaleza, situada en la calle de L¨®pez de Hoyos, 103, le remite una "notificaci¨®n de apremio y requerimiento de pago" en la que le advierte que, al no haber pagado las 13.500 pesetas iniciales, se le recarga el 20%, por lo que la cantidad adeudada asciende ya a 16.350 pesetas, y se le urge para que realice el abono.En la nota se le comunica que puede interponer recurso de reposici¨®n ante el tesorero de Hacienda, en el plazo de ocho d¨ªas desde la notificaci¨®n, o ante el Tribunal Econ¨®mico Administrativo, en el plazo de 15 d¨ªas, aunque, "la interposici¨®n de cualquiera de estos recursos no suspende el procedimiento administrativo de apremio, salvo en los t¨¦rminos y condiciones se?alados en el art¨ªculo 190 del mencionado reglamento", seg¨²n la nota.
Pedro Le¨®n no conoce el citado reglamento ni tiene experiencia en interponer recursos. Al recibir la nota de apremio acude a la oficina de recaudaci¨®n con los documentos que prueban que no existe tal deuda. "Me dijeron que no me preocupara de nada, que dar¨ªan aviso para que se anulara la notificaci¨®n".
El pasado d¨ªa 15 la misma oficina de recaudaci¨®n le notifica que su vivienda est¨¢ embargada y le insta para que en el plazo de tres d¨ªas, que vencieron ayer, 18 de marzo, entregue los "t¨ªtulos de propiedad del inmueble embargado, advirti¨¦ndole que, de no efectuarlo, ser¨¢n suplidos a su costa". Como se?ala la misma nota oficial, Hacienda necesita la escritura de propiedad del piso para sacarlo a p¨²blica subasta.
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